Ayudas al autoconsumo de energía

Las facturas de los suministros eléctricos cada vez son más elevadas. Por ello, muchas personas investigan todas las maneras posibles de ahorro para evitar que sus bolsillos sufran al recibirlas. Una de las opciones que más fuerza cobra es la de producir en casa nuestra propia energía. Además, existen diversas ayudas al autoconsumo que hacen que esta idea cada vez sea más atractiva.

Ayudas para el autoconsumo: todo lo que debes saber

Plantearse ahora el autoconsumo no es lo mismo que hacerlo hace un par de años. Con el tiempo, la tecnología vinculada a esta manera de producir energía, como son los diferentes tipos de baterías para placas solares, ha ido mejorando su rendimiento. Y no solo eso, sino que a día de hoy puedes acogerte a varias subvenciones y bonificaciones fiscales para y por la instalación de las mismas. Veamos todo esto con más detalle.

Autoconsumo: ¿qué es?

Se conoce como autoconsumo a la capacidad de producir nuestra propia energía eléctrica gracias a la instalación en casa o negocio de paneles solares u otros dispositivos destinados al mismo fin. Es decir, la energía que vamos a consumir en esos lugares, proviene de nuestra propia instalación de generación de energía.

Se puede hablar dos tipos de autoconsumo:

  • Por un lado estaría el que no se conecta a la red. El inmueble en cuestión se autoabastece, en su totalidad, desde el punto de vista eléctrico.
  • Por otra parte, estaría el autoconsumo que se conecta a la red. En estos supuestos, el inmueble obtiene parte de su energía eléctrica de manera autónoma y otra parte mediante la red de distribución.

Tipos de ayudas al autoconsumo: RD 477/2021

Al hablar de ayudas al autoconsumo es esencial mencionar el RD 477/2021.

El 29 de junio de 2021 era aprobado este Real Decreto por parte del Consejo de Ministros, tras ser propuesto por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

El RD 477/2021 aprueba la concesión, de forma directa a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, de ayudas para ejecutar varios programas incentivadores vinculados al autoconsumo y al almacenamiento. Todo esto gracias al uso de fuentes de energías renovables y a la implantación de sistemas térmicos renovables dentro del sector residencial.

El objetivo de este Real Decreto es establecer unas bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones, determinando para ello 6 programas de incentivos diferentes.

Programas de incentivos para el autoconsumo de energía y el almacenamiento

Estos son los 6 tipos de programas incentivadores del autoconsumo existentes en España.
  • Programa de incentivos 1. Para instalaciones de autoconsumo usando fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, dentro del sector servicios.
  • Programa de incentivos 2. Su objetivo es la realización de instalaciones de autoconsumo, gracias a fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en otros sectores de la economía.
  • Programa de incentivos 3. Este programa se destina a la incorporación de almacenamiento dentro de las instalaciones de autoconsumo que ya existen en el sector servicios y otros sectores productivos, con fuentes de energías renovables.
  • Programa de incentivos 4. Programa destinado al sector residencial, administraciones públicas y tercer sector, para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivo 5. Este programa se enfoca en incorporar el almacenamiento en las instalaciones de autoconsumo ya existentes en el sector residencial, tercer sector y administraciones públicas, con fuentes de energía renovable.
  • Programa de incentivos 6. Destinado a instalaciones de energías renovables térmicas dentro del sector residencial.
Más adelante, el 18 de mayo de 2022, se publicó en el BOE el Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, por el que la tipología de beneficiarios de las ayudas al autoconsumo del RD 477/2021 se ampliaba.

Por ejemplo, una de las principales modificaciones incluidas fue incluir a las personas físicas que ejecuten una actividad económica, es decir, los autónomos, en los programas de incentivos números 1, 2 y 3.

Explicado lo anterior, veamos con mayor exactitud cuáles son las ayudas al autoconsumo recogidas en el RD 477/2021.

¿Cuáles son las ayudas para obtener energía renovable?

El presupuesto inicial para este tipo de subvención fue de 660 millones de euros que procedían del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Sin embargo, dicho presupuesto podría ser ampliado, por categoría o en su totalidad, si existiera disponibilidad presupuestaria para este objetivo y si no había expirado el plazo de vigencia de programas. Esta ampliación fue aprobada en mayo de 2022.

Centrándonos en lo que se subvenciona con las ayudas para energía renovable, esto sería:

  • Para la energía eólica, la subvención para particulares es del 50%.
  • Para la energía solar fotovoltaica, las ayudas a los particulares van del 40-50%, para un autoconsumo colectivo.
  • En el caso del almacenamiento, las ayudas alcanzan el 70%.
  • Además, las ayudas al autoconsumo se incrementan un 5% en los municipios que cuenten con menos de 5.000 habitantes o en los que tengan menos de 20.000 habitantes en entornos rurales, cuyos núcleos de población conformantes tengan menos de 5.000 habitantes.
En el caso de los programas de incentivos 1, 2 y 3, las ayudas se calculan como un porcentaje sobre el total de los costes subvencionables. Por su parte, en los programas de incentivos 4, 5 y 6, las ayudas se concederán como módulos o importes fijos unitarios, que cubrirán parcialmente los costes subvencionables.

Los valores de costes subvencionables unitarios máximos o módulos a aplicar en los programas serían los que siguen:

Programas de incentivos 1 y 2

  • Instalación eólica para autoconsumo: 1.070-4.723 €/kWh (20-50% de ayuda sobre el coste subvencionable).
  • Instalación fotovoltaica de autoconsumo: 460-1.188 €/kWp (15-45% de subvención sobre el coste subvencionable).
  • Incorporación almacenamiento autoconsumo: 200-700 €/kWh (45-65% de ayuda sobre el coste subvencionable).

Programas de incentivos 3

Para incorporar almacenamiento de autoconsumo en las instalaciones que ya existen, la subvención será de 200-700 €/kWh. Esto supone un 45-65% de ayuda sobre el coste subvencionable.

Programas de incentivos 4

En este apartado se pueden hacer varias diferenciaciones:

Para las administraciones públicas y el tercer sector:

  • Instalación eólica de autoconsumo: 1.150-4.100 €/kW.
  • Instalación fotovoltaica de autoconsumo: 500-1.000 €/kWp.
  • Incorporación de almacenamiento para el autoconsumo: 140-490 €/kWh.
Para el sector residencial:
  • Instalación eólica de autoconsumo: 650-2.900 €/kW.
  • Instalación fotovoltaica de autoconsumo: 300-600 €/kWp.
  • Incorporación de almacenamiento para el autoconsumo: 140-490 €/kWh.

Programas de incentivos 5

La ayuda para la incorporación de almacenamiento de autoconsumo en las instalaciones existentes es de 140-490 €/kWh.

Programas de incentivos 6

En este caso también hay que hacer varias diferenciaciones.

Para viviendas de propiedad pública y tercer sector:

  • Para una instalación solar térmica: 650 – 950 €/kW (820 - 1.850 €/vivienda).
  • Instalaciones aerotérmicas: 650 €/kW (3.900 €/vivienda).
  • Para instalaciones geotérmicas o hidrotérmicas: 1.700 – 2.250 €/kW (9.550 – 13.500 €/vivienda).
  • Biomasa: 350 €/kW (3.500 – 4.200 €/vivienda).
Para el sector residencial:
  • Instalación solar térmica: 450 – 900 €/kW (550 - 1.800 €/vivienda).
  • Instalaciones aerotérmicas: 500 €/kW (3.000 €/vivienda).
  • Para instalaciones geotérmicas o hidrotérmicas: 1.600 – 2.250 €/kW (9.000 – 13.500 €/vivienda).
  • Biomasa: 250 €/kW (2.500 – 3.000 €/vivienda).

¿Hasta cuándo están vigentes las ayudas para el autoconsumo?

Las ayudas para la obtención propia de energía renovable son otorgadas mediante concurrencia simple. Eso supone que las solicitudes se van atendiendo por orden de presentación hasta que se agoten los fondos.

Dichas solicitudes se pueden presentar en todas las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, desde la fecha que se estableció en cada una de sus convocatorias y hasta el 31 de diciembre de 2023.

Deducciones fiscales para la mejora energética

Si tu inmueble requiere mejoras de eficiencia energética, es cierto que vas a tener que hacer una inversión considerable.

Por ejemplo, a la hora de instalar paneles solares, debes saber que existen diferentes tipos de baterías para placas solares en función de la tecnología empleada para su fabricación.

Esos tipos de baterías para placas solares son:

  • Baterías de litio.
  • De plomo ácido abierto.
  • Baterías GEL.
  • Baterías AGM.
  • Las baterías estacionarias.
El precio de cada una de estas baterías varía según su naturaleza, al igual que la cuantía a pagar por el tipo o la magnitud de la obra a realizar para lograr un autoconsumo energético.

No obstante, debes saber que te puedes beneficiar de algunas deducciones fiscales bastante considerables. Por ejemplo, hasta un 60% en el IRPF y un 50% en el IBI.

Esto es así desde que entrase en vigor el Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria, en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Deducciones en el IRPF por la mejora en la eficiencia energética

Dentro del IRPF podrás deducir entre un 20-60% de los costes derivados de las obras destinadas a la mejora energética en viviendas y edificios. Las actuaciones que dan derecho a esta deducción son varias.
  • Deducción del 20% por reducir un 7% el consumo de climatización, en obras efectuadas para rebajar las demandas de calefacción y refrigeración, ejecutadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2023. La reducción de esta demanda se comprobará gracias a la comparación entre el certificado de eficiencia energética del inmueble anterior a las obras y el posterior.
  • 40% de deducción en el IRPF por reducir el consumo de energía primaria no renovable (por ejemplo, el gas natural o gasóleo de calefacción). Al cambiar el sistema de calefacción en tu vivienda por otro de aerotermia, podrás deducirte el 40% de la inversión. En este sentido, la base máxima de esta deducción anual será de 7.500 euros y el certificado energético tras la obra debe ser emitido antes del 1 de enero de 2024.
  • 60% de deducción por la mejora en edificios de viviendas, etiqueta B. La deducción en el IRPF puede ser del 60% de lo que se invierta cuando se trate de obras para mejorar la eficiencia energética de un edificio completo, con uso predominantemente residencial.
Cabe destacar que los gastos a incluir en la reducción son varios:
  • De proyectos técnicos.
  • Ejecución de las obras o instalaciones.
  • Por equipos y materiales.
  • Los honorarios profesionales.
  • La emisión de los certificados de eficiencia energética.
  • La dirección de las obras.
Además de las deducciones en el IRPF, debes saber que hay algunos municipios españoles en los que también ofrecen bonificaciones para en el IBI para la instalación de autoconsumo y, en otros casos, se le suman bonificaciones sobre el Impuesto sobre Instalaciones, Construcciones y Obras (ICIO).