Excedencia por cuidado de hijos

excedencia por cuidado de hijos

La crianza de los hijos implica responsabilidad y tiempo. Mucho tiempo. Por ello, además de la baja por maternidad y paternidad, en España existen otros derechos a los que se pueden acoger los trabajadores progenitores, con el fin de dar prioridad a la atención de sus hijos. Es el caso de la excedencia por cuidado de hijos. ¿Te estás planteando solicitarla? Te contamos los detalles.

Excedencia por cuidado de hijos: condiciones

La excedencia por cuidado de hijos es una excedencia voluntaria que se presenta como un derecho del trabajador. Esta permite a los trabajadores suspender su contrato de forma temporal con el fin de atender a su hijo, bien sea por nacimiento, adopción o por acogimiento.

La excedencia por cuidado de hijos puede solicitarse por ambos progenitores, presentándose como una opción flexible ante las necesidades de la familia, tras la llegada del nuevo integrante.

Al tratarse de una excedencia voluntaria, como lo es en general la excedencia por el cuidado de familiares, el artículo 46 del Estatuto de Trabajadores es el que recoge las condiciones principales para solicitarla. Dichas condiciones son:

  • Contar con, al menos, 1 año de antigüedad en la empresa.
  • Si se había solicitado una excedencia voluntaria anteriormente, haber transcurrido, al menos, 4 años desde la finalización de la misma.

El artículo 46.3 del Estatuto de Trabajadores es el que señala los detalles concretos sobre la excedencia por cuidado de hijos.


Excedencia por cuidado de hijos menores de 3 años

Según el artículo 46.3 del Estatuto de Trabajadores, las madres y padres tienen derecho a un periodo de excedencia de 3 años de duración máxima, el cual se inicia en el momento del nacimiento. Esto indica que solo es posible la excedencia por cuidado de hijos menores de 3 años.

Además de esto, otras características importantes sobre la excedencia para el cuidado de hijas o hijos son:

  • No existe un periodo mínimo en este tipo de suspensión laboral.
  • La excedencia comienza a contar en la fecha de nacimiento, pero también puede darse a raíz de una resolución judicial o administrativa.
  • La excedencia por cuidado de hijos menores de 3 años puede solicitarse por cada hijo. No obstante, no se puede pedir por dos hijos o más a la vez. Eso significa que si estás en medio de una excedencia por cuidado de tu primer hijo y solicitas la misma para el segundo, el inicio de la segunda excedencia supondrá el fin de la primera.
  • La excedencia para cuidar a tus hijos se puede disfrutar en periodos fraccionados.
  • Cuando dos trabajadores de una misma empresa tienen derecho a la excedencia por el mismo hijo, el empresario puede limitar el ejercicio de este derecho simultáneo, siempre que haya razones justificadas relacionadas con el funcionamiento del negocio.
  • La excedencia por cuidado de hijos puede ser solicitada por funcionarios y trabajadores por cuenta ajena.

Excedencia por cuidado de hijos mayores de tres años

Como se ha indicado, la excedencia por cuidado de hijos solo se da hasta que el menor cumple los tres años de edad. Por lo tanto, una excedencia por cuidado de hijos mayores de tres años no es posible como tal.

En caso de necesitar atender las necesidades de este hijo, lo que sí se puede solicitar es una reducción de la jornada laboral.

Además de esta reducción de jornada, con la entrada en vigor del Real Decreto Ley 5/2023, se han concedido nuevos permisos para favorecer la conciliación familiar y laboral. Entre ellos destaca el permiso parental para el cuidado de hijos o menores acogidos durante mínimo un año, pudiendo solicitarlo hasta que el menor cumpla 8 años.

Este permiso tiene una duración máxima de ocho semanas, que pueden ser continuas o discontinuas. Es un derecho intransferible, puede disfrutarse de manera flexible, pero de momento no tiene remuneración.

Excedencia por cuidado de hijos hasta 12 años

De nuevo, cabe recalcar que la excedencia por cuidados de hijos como tal no es posible para aquellas personas cuyos hijos ya superen los 3 años de edad.

Sin embargo, sí existen permisos para cuidar a los menores hasta que estos cumplen los 12 años, como el de reducción laboral y teletrabajo.

Tanto un permiso como otro ya estaban vigentes antes del Real Decreto Ley 5/2023. Sin embargo, en este RD se determina que las personas trabajadoras tienen derecho a pedir adaptaciones de duración y distribución de su jornada laboral, incluyendo la opción de trabajo a distancia, destacando que, en el caso de que tengan hijos o hijas, pueden efectuar esa solicitud hasta que cumplan 12 años.

Además, el RD incluye a más colectivos que los mencionados en el Estatuto de Trabajadores para favorecer su conciliación.

Excedencia por cuidado de hijos con discapacidad

En el caso de los hijos con discapacidad, se aplica la misma normativa que la excedencia por cuidado de hijos. Es decir, será posible pedirla hasta que el menor cumpla los 3 años. No obstante, si las necesidades del menor surgen después de dicha edad, el padre o madre podría acogerse a la excedencia por cuidado de familiares.

Esto es así porque uno de los requisitos que se deben cumplir para ello es que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad, el familiar no pueda valerse por sí mismo. En este caso, la duración de la excedencia es de dos años.

Como vemos, el cuidado de los hijos es una cuestión del presente, pero también debería serlo del futuro, siendo el seguro de vida familiar una garantía de protección financiera para ellos.

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Excedencia por cuidado de hijos: reserva del puesto

La excedencia por cuidado de hijos supone la reserva del puesto de trabajo durante los 12 primeros meses. Pasado este tiempo, la reserva queda referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o una categoría equivalente

Sin embargo, en el caso de las familias numerosas reconocidas, la reserva de puesto de trabajo se extiende hasta 15 meses en familias numerosas de categoría general y 18 meses en categoría especial.

Cabe destacar que el periodo que dure la excedencia será computable a efectos de antigüedad.

¿Se cobra la excedencia por cuidado de hijos?

Una de las preguntas más habituales que surgen cuando se solicita la excedencia por cuidado de hijos es si se cobra. La respuesta es negativa.

  • Esta excedencia es un derecho del trabajador, pero no un permiso retribuido. Por tanto, el tiempo que se desarrolla la excedencia no implica el cobro de un salario.
  • Además, tampoco se tiene derecho a vacaciones, pero sí a recibir la compensación económica correspondiente por los días de vacaciones no disfrutados hasta la fecha del comienzo de la excedencia, así como el sueldo pendiente del mes en que se haga efectiva y los pluses.
  • se tiene derecho es a acudir a cursos formativos para los cuales debe ser convocado por el empresario. Esto es especialmente relevante de cara a la reincorporación al puesto de trabajo.

Solicitud de la excedencia

Si quieres solicitar una excedencia por cuidado de hijos, debes hacerlo antes de que el menor cumpla los 3 años de edad. El preaviso para pedir una excedencia por cuidado de hijos suele ser de 15 días. No obstante, puede haber convenios en los cuales el preaviso deba ser mayor.

Para pedir la excedencia por cuidado de hijo y que esta sea efectiva, además del preaviso, lo más probable es que se te pida que redactes una solicitud o carta de excedencia en la que se indique la fecha del nacimiento del hijo, su nombre y fecha prevista de reincorporación. Además, se puede solicitar cierta documentación, como un certificado de nacimiento del menor, de adopción o acogimiento.

¿Puedo trabajar estando de excedencia para cuidar a mis hijos?

Sí, se puede trabajar estando de excedencia por cuidado de los hijos. Aunque parezca contradictorio, una excedencia por el cuidado de tus hijos no supone la imposibilidad de trabajar para otra empresa.

Sin embargo, ese nuevo trabajo debe facilitar la atención del hijo causante de la excedencia, desde un punto de vista objetivo y razonable. Eso significa que se puede compaginar otro trabajo y el cuidado del menor, si esa actividad posee ciertas características (por ejemplo, un horario laboral reducido) que lo permiten.

Despido tras excedencia por cuidado de hijos

Se considerará despido nulo aquel que se haya declarado para quien haya solicitado o esté disfrutando de una excedencia por cuidado de hijos. Es decir, dicha solicitud y disfrute no puede generar el despido del trabajador o trabajadora.

Finalizada dicha situación, no existe ejercicio de este derecho. Por tanto, sí se podría dar un despido tras excedencia por cuidado de hijos. Sin embargo, para que ese despido fuese efectivo, la empresa debe acreditar causas concretas y probadas.

Ayudas por excedencia por cuidado de hijos

Las instituciones cada vez son más conscientes de lo difícil que es compaginar el trabajo con el cuidado de los niños. Por ello, muchas comunidades autónomas españolas han impulsado sus propias ayudas para conciliación familiar y laboral.

Entre dichas ayudas, algunas en concreto están relacionadas con la excedencia por cuidado de hijos. Es el caso, por ejemplo, de la Comunidad Autónoma de La Rioja. En esta comunidad, se ofrece una ayuda de 350 euros al mes, por cada mes en excedencia y un importe máximo de 12.800 euros por persona, para los trabajadores y trabajadoras que ejerciten su derecho de excedencia por cuidado de hijos.

Por su parte, en Asturias se ofrece una ayuda para las familias que no hayan obtenido plaza en alguna de las Escuelas Infantiles de Primer Ciclo (0 a 3 años) de su red pública y cuya renta no sea superior a los 45.000 euros. Uno de los requisitos para acceder a dicha ayuda es haber sufrido una disminución de los ingresos derivada de una reducción de jornada o excedencia por cuidado de hijos.

Recordemos que esta excedencia es un permiso no retribuido. Además, al ser voluntario, no es compatible con el paro o subsidio de desempleo.

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