Coberturas seguro vida

Qué cubre (y qué no)

el seguro de vida de Life5

Resumen: el seguro de vida de Life5, asegurado por AXA Aurora Vida, cubre el fallecimiento por cualquier causa (natural, enfermedad o accidente) y puedes añadir Invalidez Permanente Absoluta y enfermedades graves. Incluye un anticipo para gastos de sepelio y otro para el impuesto de sucesiones. No cubre las enfermedades o accidentes anteriores a la contratación que no declares, el suicidio durante el primer año ni los riesgos excluidos que detallamos abajo. Sin permanencia: cancelas cuando quieras.

Garantías del seguro de vida Life5

Garantía¿Incluida?Qué esQuién cobra
Fallecimiento por cualquier causaSí, siempreTus beneficiarios reciben el capital asegurado si falleces por causa natural, enfermedad o accidente.Los beneficiarios que designes (por defecto, tus herederos legales)
Invalidez Permanente Absoluta (IPA)OpcionalSi una enfermedad o un accidente te impide de forma definitiva realizar cualquier trabajo, cobras tú el capital.
Enfermedades gravesOpcionalAnticipo de hasta 100.000 € si te diagnostican cáncer, infarto de miocardio, accidente cerebrovascular, insuficiencia renal, Alzheimer o Parkinson, entre otras. Carencia de 90 días para el cáncer.
Anticipo para gastos de sepelioSí, siemprePago a cuenta de hasta el 10 % del capital de fallecimiento, con un máximo de 9.000 €, disponible tras comunicar el siniestro y presentar la factura del entierro.Tu familia
Anticipo para el impuesto de sucesionesSí, siempreParte del capital para pagar el impuesto de sucesiones. Se abona directamente a Hacienda con el certificado del importe a ingresar.Hacienda, en nombre de tus beneficiarios

La póliza es a primer riesgo: cuando se paga una garantía (fallecimiento o invalidez), el contrato termina, salvo la de enfermedades graves, que es un anticipo y deja el resto en vigor.

Si te interesa la garantía de enfermedades graves, tienes el detalle de qué cubre y cómo funciona en el seguro de enfermedades graves de Life5.

Capital, edad y duración

  • Capital: desde 10.000 € hasta 500.000 €, constante durante toda la póliza. Puedes reducirlo cuando quieras; ampliarlo o añadir garantías pasa una nueva valoración.
  • Edad: contratas hasta los 74 años sin reconocimiento médico. La garantía de fallecimiento se renueva hasta la anualidad en que cumples 80 años. La Invalidez Permanente Absoluta se contrata hasta los 64 años y se renueva hasta los 70.
  • Duración: anual renovable. Cada año la prima se actualiza solo por tu nueva edad y el capital: AXA renuncia a revaluar tu riesgo individual, así que un cambio de salud, de profesión o de deportes no te sube la prima.
  • Ámbito: cobertura mundial para residentes en España. Quedan fuera los siniestros en estancias de más de 30 días en países que Exteriores desaconseja visitar.

Carencias: cuándo empieza a cubrir

  • La cobertura está en vigor desde que firmas la póliza y pagas el primer recibo, en la fecha de efecto que figura en tus condiciones particulares.
  • Suicidio: carencia de un año desde la fecha de efecto. Pasado ese año, está cubierto.
  • Enfermedades graves: carencia de 90 días para el cáncer diagnosticado tras la fecha de efecto.
  • No hay carencia para el fallecimiento por enfermedad o accidente ocurridos después de la fecha de efecto.

Exclusiones: lo que el seguro no cubre

Son las situaciones que la póliza deja fuera bajo cualquier circunstancia. Están en tus condiciones generales, y aquí te las explicamos en claro:

  1. Enfermedades o accidentes anteriores a la póliza que no declaraste en el cuestionario de salud. Si los declaraste y AXA los aceptó, estás cubierto.
  2. Suicidio durante el primer año de la póliza.
  3. Aviación: volar como tripulación profesional, viajar en aparatos no autorizados para el transporte público o en helicóptero, y los saltos en paracaídas no forzados por la situación del aparato. Volar como pasajero en líneas comerciales, chárter o aviación civil sí está cubierto.
  4. Reacción o radiación nuclear y contaminación radiactiva; navegación submarina y viajes de exploración.
  5. Conflictos armados, haya o no declaración de guerra.
  6. Actos delictivos del asegurado.
  7. Riesgos extraordinarios que cubre el Consorcio de Compensación de Seguros (terremotos, inundaciones extraordinarias, terrorismo, motines): los paga el Consorcio, no la póliza. Una parte de tu recibo va a ese fondo público.
  8. Deporte profesional, y los siguientes deportes en competición o por apuesta salvo que los declares y AXA los acepte por escrito: motociclismo y automovilismo, montañismo o escalada por encima de 3.000 metros, aviación deportiva (ultraligero, paracaidismo, parapente, globo, ala delta, salto al vacío), tauromaquia y encierros, esquí o snowboard fuera de pista o con saltos, caza mayor fuera de Europa, inmersiones sin escafandra a más de 6 metros o con escafandra a más de 45 metros o en solitario, y piragüismo o barranquismo en aguas bravas.

Si practicas alguno de estos deportes de forma habitual, decláralo en el cuestionario: en muchos casos se puede cubrir con una valoración previa.

Salud, profesión y deportes

  • Sin reconocimiento médico. Respondes un cuestionario de salud online sobre los últimos cinco años (diagnósticos, hospitalizaciones, tratamientos), tabaco, peso y altura. Con él se calcula tu precio definitivo.
  • Problemas de salud. Se estudia cada caso: la mayoría de las patologías no impiden contratar. Lo importante es declararlo todo, porque una respuesta inexacta puede dejar sin efecto la cobertura.
  • Profesiones de riesgo. Se declaran en el cuestionario. Algunas actividades (manejo de explosivos, buceo profesional, trabajos subterráneos o en montaña, servicio aéreo, tauromaquia, circo) quedan excluidas salvo aceptación expresa.
  • Deportes de riesgo. Puedes contratar aunque los practiques, pero un siniestro durante un deporte excluido no está cubierto. Decláralos y te diremos si se cubren y con qué prima.

Cómo se cobra un siniestro

  1. Avisa cuanto antes. Tus beneficiarios lo comunican por escrito en un plazo de siete días desde que lo conocen: en Notifica un siniestro, llamando a Life5 al 911 984 986 o al servicio de siniestros de AXA en el 900 90 90 14.
  2. Documentación. Certificado de defunción del Registro Civil y DNI del asegurado; certificado de últimas voluntades y, si lo hay, testamento o declaración de herederos; documento que acredite la condición de beneficiario; informes médicos si el fallecimiento es por enfermedad, o atestado y diligencias si es por accidente; carta de pago o exención del impuesto de sucesiones; y número de cuenta del beneficiario.
  3. Plazos. Por ley, la aseguradora paga el importe mínimo conocido en un máximo de 40 días desde la declaración, y devenga intereses de demora si pasan más de tres meses sin pagar por causas que le sean imputables (artículos 18 y 20 de la Ley de Contrato de Seguro).
  4. El anticipo de sepelio (hasta 9.000 €) se pide con el certificado de defunción y la factura del entierro, sin esperar al resto de documentos.

Para la invalidez, el propio asegurado aporta además la resolución de incapacidad del INSS y los informes médicos.

Cancelar, cambiar y qué pasa si no pagas un mes

  • Cancelar: sin permanencia. Lo haces desde tu área de cliente («Mi póliza → cancelar»), por teléfono (911 984 986) o por email. Además, tienes 30 días desde que recibes la póliza para desistir sin coste.
  • Cambiar: desde el área de cliente puedes cambiar la periodicidad de pago, reducir el capital, cambiar beneficiarios o añadir y quitar garantías. Solo al añadir garantías se evalúa de nuevo la salud, y solo para esa garantía.
  • Pagos: mensual o anual, con tarjeta o domiciliación, sin recargo por fraccionar. El primer recibo se paga al contratar.
  • Si no pagas un recibo: tienes un mes de margen con la cobertura activa. Pasado ese mes la póliza queda en suspenso; si pagas, la cobertura vuelve a las 24 horas. Puedes rehabilitarla durante cinco meses; si nadie reclama el pago en seis meses, el contrato se extingue.

Seguro de vida y seguro de decesos no son lo mismo

El seguro de vida paga un capital a las personas que elijas para que mantengan su nivel de vida, paguen la hipoteca o los estudios. El seguro de decesos paga el entierro y los trámites. Son compatibles: puedes tener los dos, y el anticipo de sepelio del seguro de vida de Life5 cubre esa primera urgencia aunque no tengas decesos. Te lo contamos en detalle en seguro de vida frente a seguro de decesos.

Preguntas frecuentes sobre las coberturas

¿El seguro de vida cubre el suicidio?

¿Cubre una enfermedad diagnosticada después de contratar?

¿Y una enfermedad que ya tenía antes?

¿Cubre un accidente de tráfico?

¿Qué es la Invalidez Permanente Absoluta?

¿Qué enfermedades graves cubre?

¿Puedo tener seguro de vida y seguro de decesos?

¿Cuánto tarda en pagarse un siniestro?

¿Puedo cancelar cuando quiera?

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