Ser albacea y heredero al mismo tiempo: ¿Es posible?
Como venimos diciendo, el difunto puede elegir, en vida, a cualquier persona para ser albacea. Normalmente, se eligen a personas de la familia o amigos cercanos, pero lo más frecuente es que uno de los herederos legales sea nombrado albacea. Y no hay ningún problema si se da este caso.
Si el testamentario no elige albacea, será una entidad financiera quien tendrá que encargarse de las labores de este y sus honorarios vendrán de los fondos patrimoniales.
Que uno de los herederos sea albacea evita dichos costes, haciendo que el importe de la herencia será mayor para cada uno de los herederos.
¿Puede un albacea cambiar el testamento?
La respuesta es no, el albacea no puede hacer ningún cambio de testamento. La única función que tiene un albacea es encargarse de que se cumpla la última voluntad del testamentario, por lo que en ninguna situación podrá cambiar lo indicado en el testamento.
¿Tiene el albacea que firmar el testamento?
Este punto es curioso y mucha gente lo desconoce. Si bien es cierto que el albacea tiene que aparecer en el testamento, para que este sea válido no tiene que firmar el testamento.
En cambio, si el albacea es uno de los herederos, este tendrá que firmar el testamento, pero solo por su posición como heredero, no de albacea.
¿Se puede denunciar a un albacea testamentario?
La respuesta es que sí. Hay muchos casos, normalmente cuando el albacea es una figura ajena a la familia, en los que, por incumplimiento de sus deberes o por conductas inadecuadas, los herederos desean demandarlo. Hacerlo es sencillo, pues el proceso a seguir es muy similar al que habría que seguir para interponer cualquier tipo de demanda.
Los pasos a seguir serían los siguientes:
- Encontrar evidencias. Para denunciar, es necesario presentar un motivo, por lo que no sirve con decirlo de palabra. Será necesario tener evidencias que demuestren que el albacea ha llevado a cabo algún acto que sea motivo de denuncia.
- Consultar un abogado. Siempre es muy recomendable buscar asesoramiento legal antes de denunciar a un albacea. En caso de presentar denuncia, el abogado se encargará de guiar a lo largo del procedimiento.
- Presentar denuncia. Finalmente, hay que reunir todos los documentos necesarios y presentarlos ante el tribunal competente.
Hay casos en los que presentar una denuncia no soluciona el problema, por lo que se puede recurrir a otros procedimientos legales. Una demanda civil o la búsqueda de mediación legal pueden ser soluciones. Sin embargo, si nada funciona y todos los herederos están de acuerdo, se puede tramitar la remoción del albacea.
¿Es posible quitar a un albacea de un testamento?
Sí, es posible. Si todos los herederos están de acuerdo con quitar el poder al albacea, pueden iniciar un procedimiento judicial para revocarlo de su puesto. A partir de este momento, el segundo albacea sería quien se encargaría de hacer cumplir la voluntad del testamentario.
Diferencia entre albacea y administrador de la herencia
Tanto el albacea como el administrador de la herencia son figuras clave a la hora de leer y repartir una herencia, pero sus funciones principales difieren.
Por un lado, el administrador de la herencia se encargará de hacer un inventario de todos los bienes del testamentario, así como de todas sus deudas y de notificar a los bancos, y a cualquier otra entidad, sobre el fallecimiento de dicha persona. El cargo del administrador de la herencia debe ser aprobado por un tribunal.
Cuando se haya hecho el recuento de todo, el administrador lo repartirá entre los diferentes herederos y hará un informe en el que se explique, de forma detallada, el procedimiento seguido para hacer la repartición.
Por el otro lado, y como venimos diciendo, el albacea es la figura encargada de que se cumpla la voluntad del difunto. Es el propio testamentario quien elige la persona que se encargará de hacer de mediador entre los herederos para que se cumpla todo lo indicado en el testamento.
La principal diferencia entre estas dos figuras es que el administrador de la herencia debe ser aceptado en un tribunal y el albacea es elegido por el testamentario.
Como hemos comentado, el albacea puede ser cualquier persona, normalmente un heredero, que pueda actuar como mediador. Sin embargo, también puede ser una entidad si el testamentario no ha elegido a nadie en el testamento. En cambio, el administrador debe ser una persona preparada y con conocimiento para poder gestionar los bienes y deudas de la persona fallecida.