Cuánto te quitan de IRPF en el paro

cuánto te quitan de irpf en el paro

Quizás tenías una idea de cuánto dinero recibirías por tu prestación de desempleo y al llegarte el primer ingreso compruebas que es menos de lo que esperabas. ¿Tuviste en cuenta cuánto te quitan de IRPF en el paro? Porque sí, hay un porcentaje de retención destinado al IRPF que deberás deducir.

El paro es un rendimiento de trabajo y, por tanto, está sujeto a la retención de IRPF. Veamos esta cuestión con más detalle.

¿Se retiene IRPF en la prestación por desempleo?

Sí, lo cierto es que la prestación por desempleo, más conocida como paro, tiene retención del IRPF. Dicha retención la calcula el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), en función del importe anual a cobrar.

Normalmente, esta retención es muy baja, aplicándose habitualmente la mínima, que es del 2%. No obstante, saber cómo calcular el IRPF del paro es importante para no llevarte demasiadas sorpresas.

¿Por qué te retienen IRPF en el paro?

La retención del IRPF se lleva a cabo en la prestación por desempleo porque esta es considerada como una renta sujeta a tributación, con base en lo expuesto en nuestra legislación fiscal.

Esto significa que el paro tributa en este impuesto como un rendimiento de trabajo, es decir, como si se tratase de un sueldo más. La excepción es cuando se solicita un pago único del paro. En este caso no tributaría.

Esta situación afecta en dos momentos diferentes a la persona que está en situación de desempleo cobrando esta prestación. Por un lado, en el cobro del paro cada mes y, por otro, puede tener dos pagadores en la declaración de la Renta anual.

Sin embargo, que la retención de IRPF afecte a la Renta no significa que estés obligado a presentarla, ya que esto siempre dependerá de aquellos ingresos y pagadores que hayas tenido a lo largo del año.

¿Cuánto te quitan de IRPF en el paro?

Cuando una persona se queda sin empleo, puede cobrar una prestación contributiva o subsidios de desempleo. Estas ayudas se consideran, como hemos dicho, rendimientos del trabajo, así que deben tributar en Hacienda. Sucede lo mismo con la prestación del ERTE.

El IRPF retenido de la prestación por desempleo por parte del SEPE no tiene un porcentaje fijo. Va a depender de las circunstancias propias de cada persona, así como de la normativa fiscal que sea aplicable en cada momento.

Cuánto te retienen de IRPF en el cobro del paro mensual

Dado que esta prestación es como una renta del trabajo más, el SEPE procederá a quitar un porcentaje en referencia el IRPF, que posteriormente se ajustará en la declaración de la Renta.

Como sucede en cualquier salario, en caso de que se retenga poco, cuando se presente la Renta, hay posibilidades de que se tenga que pagar bastante a Hacienda. Por el contrario, si las retenciones han sido altas, es posible que en la declaración anual salga un resultado a devolver.

Pero, ¿qué cantidad de IRPF retiene el SEPE por desempleo?

No se puede responder con un porcentaje fijo, ya que para cada persona va a ser diferente. El punto en común para todos es la normativa fiscal que esté vigente en el momento de recibir la prestación. Lo diferente serán las circunstancias personales de quien cobre el paro, ya que el porcentaje a retener se obtiene en función de:

  • El importe total que la persona desempleada vaya a cobrar por las prestaciones a lo largo de un periodo anual.
  • Las circunstancias, tanto familiares como personales, que la persona declaró al solicitar la prestación, como pueden ser el número de hijos, las rentas, etc.

Existen diferentes situaciones familiares para la declaración de la renta, de ellas dependerá, como decimos , el IRPF y el resultado el ejercicio de la renta.


Cómo calcular el IRPF del paro

Para calcular el IRPF del paro, es posible solicitar un certificado de retenciones de este impuesto al SEPE, bien por vía telefónica o por Internet a través de su sede electrónica. Además, no es necesario contar con el certificado digital para ello.

Sin embargo, también hay otra opción a considerar. La Agencia Tributaria pone a nuestra disposición un simulador online de retenciones de IRPF.

En este simulador se pueden ir completando los datos personales y circunstanciales de cada persona, recibiendo así un resultado sobre lo que debería ser la retención usual en función de la normativa fiscal vigente para este momento.

Ese debería ser el porcentaje aplicable por el SEPE, de igual manera que haría cualquier empresa que pagase a un empleado.

Programa de autocálculo de prestación por desempleo

Además de lo mencionado, también se puede recurrir al programa de autocálculo de la prestación que proporciona el SEPE.

Esta herramienta posibilita a los ciudadanos simular, en función a los datos que ellos mismos introducen, la posible prestación a la que se supone que tendrían derecho, así como su duración.

Este programa permite hacer los cálculos para:

  • La prestación correspondiente por finalización de un contrato (subsidio por desempleo por cotización insuficiente o prestación contributiva).
  • Subsidio por desempleo por el agotamiento de la prestación contributiva.

Documentos importantes que podrás necesitar

Para poder hacer el cálculo, vas a necesitar tener cerca:

  • Una nómina en la que esté indicada la base de cotización de contingencias profesionales.
  • Tu certificado de vida laboral. En él debe indicarse si alguna vez ya cobraste esta prestación con anterioridad y cuántos días cotizaste desde entonces.
  • Si hubieses tenido un contrato a tiempo parcial en los últimos 6 meses, debes tener claro el porcentaje de esa parcialidad.

Cuando tengas todos los puntos completados que solicita el programa de autocálculo, podrás comprobar cuál es el importe que vas a cobrar mensualmente, durante cuántos meses, cuánto te quitan de IRPF en el paro y la deducción por cotización a la Seguridad Social.

Aun así, es cierto que esto no tiene ningún carácter vinculante para el SEPE, puesto que en este cálculo no realiza comprobaciones sobre coincidencia o veracidad de los datos que constan en su base de datos.

¿Puedo pedir que me retengan más IRPF en la prestación por desempleo?

Dado que este tipo de retención suele ser bajo, a riesgo de tener que enfrentarte a un pago tras la declaración de la Renta, es posible y aconsejable que solicites al SEPE un incremento sobre el IRPF que te retienen en la nómina del paro.

Para hacer esta petición hay que entregar al Servicio Público de Empleo un formulario del modelo 145 de Hacienda correctamente cumplimentado, en el cual solicitas la nueva retención.


Este ejemplar debe ser entregado 5 días antes del mes anterior al pago de la nómina. Es decir, antes del día 25 de cada mes, con el fin de que el cambio entre en la nómina que se abona el día 10 del mes posterior.

La nueva retención será aplicable hasta final de año, a no ser que se renuncie a ella o se solicite una modificación más alta.

Cabe destacar que a lo largo del cobro de la prestación por desempleo, el INEM puede ajustar el tipo de IRPF si hubiera cambios en las circunstancias personales de la persona demandante que impliquen una retención más alta.

La declaración de la Renta en el paro

Lo primero que hay que aclarar en este punto sería: Si he estado cobrando el paro, ¿tengo que hacer la declaración de la Renta?

Lo cierto es que tendrás que hacer la declaración si con el dinero obtenido de la prestación por desempleo se cumplen las condiciones para realizar la declaración de manera obligatoria.

Concretamente, en lo relacionado a los rendimientos del trabajo, tendrías que cobrar más de 22.000 euros de un único pagador o 14.000 euros si hay dos pagadores y si has cobrado más de 1.500 euros del segundo pagador.

Ahora bien, ten en cuenta una cosa: el SEPE, que es quien te abona el paro, cuenta como pagador. Eso significa que en un mismo año puedes coincidir con dos pagadores: la empresa en la que estabas trabajando antes del paro y el SEPE. Si se da esa circunstancia, entonces tendrás que presentar la declaración de la renta obligatoriamente si has percibido más de 14.000 euros.

Pago único o capitalización del paro

Solo si capitalizas el paro, es decir, si cobras la prestación en un pago único, esa cuantía estará exenta de tributar en el IRPF. Sin embargo, para ello es necesario que la actividad se mantenga al menos durante 5 años. Si se dejase la actividad antes de ese periodo, sí tributará.

Como se ha mencionado, aquellos ingresos que procedan del paro se tendrán que incluir como rendimientos del trabajo dentro de la declaración de la Renta.

A estos ingresos del trabajo, en la declaración, habrá que restarles las reducciones especiales y los gastos que sean deducibles, con el fin de obtener el rendimiento neto. Luego, a ese rendimiento neto se le aplicarán las reducciones generales para obtener el rendimiento íntegro del trabajo.

Retenciones de Seguridad Social en el paro

La retención del IRPF en la prestación de desempleo no es la única que existe. En una prestación contributiva también se descuenta una cuota por Seguridad Social. No es el caso de los subsidios y las ayudas extraordinarias.

Las cotizaciones a la Seguridad Social, a pesar de estar desocupado, tienen relación con la jubilación, la invalidez permanente, la incapacidad temporal, la asistencia sanitaria y la protección a la familia.

Al contrario de lo que se ha explicado para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que implica calcular el IRPF del paro para cada persona en concreto, la cuantía a retener por cotización a la Seguridad Social es fija, del 4,7%.

Este porcentaje es menor al habitual porque estando en el paro ya no se cotiza por accidente de trabajo, enfermedad profesional, desempleo, formación profesional y fondo de garantía salarial.

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