
Una baja laboral se da cuando una persona no puede ejercer su trabajo por una Incapacidad Temporal (IT) producida por un accidente o una enfermedad. Según la causa y la cantidad de días de baja se realizan cambios en la nómina, lo que afecta la retención en el IRPF.
En este artículo analizaremos qué ocurre con las retenciones del IRPF estando de baja, cómo se debe presentar en la declaración de la renta y cuál es la cantidad de dinero que un trabajador recibe durante este período.
Respuesta rápida: sí, se paga IRPF estando de baja — la prestación por incapacidad temporal tributa como rendimiento del trabajo y no está exenta (la exención del artículo 7 de la Ley del IRPF es solo para la incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez). En una baja por enfermedad común o accidente no laboral cobras el 60% de tu base reguladora del día 4 al 20 inclusive y el 75% desde el día 21 (en accidente de trabajo o enfermedad profesional, el 75% desde el día siguiente al de la baja). Lo que más te conviene mirar es quién te paga: si es tu empresa en pago delegado, te retiene como siempre; si te paga directamente el INSS o la mutua, la retención puede ser mínima o cero y aparecer un susto en la declaración.
Índice
¿Se paga IRPF estando de baja?
En teoría, la retención en el IRPF cuando se está de baja laboral debería ser la misma que para cualquier trabajador activo. Y es que la ley establece que sí se paga IRPF estando de baja, aunque normalmente sobre unos ingresos menores: lo que cobras ya no es tu salario, sino un porcentaje de tu base reguladora, que la Seguridad Social calcula dividiendo la base de cotización del mes anterior al inicio de la baja entre el número de días de ese mes.
El trabajador que no pueda cumplir con sus obligaciones laborales por accidente o enfermedad cuenta con una Incapacidad Temporal (IT). En este tiempo, el empleado sigue recibiendo una nómina, aunque en muchos casos se percibe con reducciones.
Por este cambio en la base de cotización, las retenciones IRPF estando de baja se ven afectadas. Si los ingresos del trabajador son menores a lo habitual, también será menor la cantidad de impuestos a pagar.
Pero es importante considerar que todas las prestaciones recibidas durante una incapacidad temporal siguen clasificándose como rendimientos del trabajo, por lo que deben aparecer en la declaración de la renta y pagar sus impuestos correspondientes. Aquí está la confusión más habitual: el artículo 7 de la Ley 35/2006 del IRPF solo declara exentas las prestaciones por incapacidad permanente absoluta y gran invalidez. La incapacidad temporal no aparece en esa lista, así que una baja médica normal tributa siempre.
Durante el período de baja en pago delegado, el empleador sigue abonando la prestación en nómina (con su reducción, si corresponde) y practicando las retenciones del IRPF. Ojo a la mezcla de conceptos: lo que se calcula con la base de cotización del mes anterior al inicio de la baja es la base reguladora de la prestación, no el porcentaje de retención. El tipo de retención lo mantiene la empresa según tu situación personal y familiar y tu retribución anual prevista, y solo lo regulariza cuando esa previsión cambia — por eso en bajas largas es frecuente que durante unos meses te retengan por encima o por debajo de lo que te tocaría.
¿Cómo declarar la baja en la renta?
Para declarar la baja en el IRPF hay que solicitar a la empresa el Modelo 190, donde se reflejan los ingresos y retenciones durante el año fiscal. Con esta información se incluyen correctamente, y en la declaración de la renta, los ingresos recibidos durante la baja.
¿Tengo que declarar dos pagadores estando de baja?
Depende de quién te pague. En la mayoría de bajas, la empresa sigue abonando la nómina (pago delegado) y luego se resarce ante la Seguridad Social: en ese caso sigue siendo un único pagador. Pero si la prestación te la abona directamente la mutua o el INSS (pago directo, habitual a partir de los 365 días de baja o tras extinguirse el contrato), ese organismo sí cuenta como segundo pagador a efectos de la Renta: el límite de obligación de declarar baja entonces de 22.000 a 15.876 euros si cobras más de 1.500 euros del segundo.
Y aquí está el susto. El propio impreso de solicitud de pago directo del INSS (modelo IT-1) advierte de que, si no pides un tipo de retención voluntario, "la correspondiente retención sobre el subsidio se practicará a partir del momento en que se le abone una cantidad acumulada que exceda de la cuantía mínima anual exenta de retención". Traducido: puedes pasar meses cobrando con un 0% de retención y luego encontrarte con que la declaración te sale a pagar.
Cómo evitarlo: al presentar la solicitud de pago directo puedes pedir un tipo de retención voluntario y entregar el modelo 145 de la Agencia Tributaria con tus datos personales y familiares. El porcentaje que pidas nunca puede ser inferior al que te corresponda por normativa.
¿Hay bajas que no pagan IRPF?
Aunque en la mayoría de los casos sí se paga IRPF estando de baja, las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor (las antiguas maternidad y paternidad) están exentas del IRPF por el artículo 7.h) de la Ley 35/2006, tras la sentencia del Tribunal Supremo 1462/2018. No confundas estos permisos con una baja médica: la incapacidad temporal por enfermedad o accidente no está exenta.
Base de cotización estando de baja: cómo se calcula
Durante una incapacidad temporal, el trabajador percibe una nómina menor a la habitual y esto puede afectar las retenciones del IRPF. Esto sucede porque la prestación que cobras es un porcentaje de tu base reguladora, no de tu salario bruto, y sobre ese importe menor se aplica después la retención de IRPF.
En una baja laboral, la causa de la incapacidad temporal es la que determina el porcentaje de nómina que percibe un trabajador. Los distintos tipos de baja que se recogen en la Ley española son:
- Accidente de trabajo
- Enfermedad profesional
- Accidente no laboral
- Enfermedad común
Pero es importante mencionar que sí se paga IRPF estando de baja, solo que sobre una base menor en el caso de que los trabajadores reciban reducciones a su nómina. En algunos casos, dependiendo de los convenios colectivos y convenios de la empresa, los trabajadores pueden ver su nómina intacta durante su período de baja.
Retención del IRPF en caso de accidente laboral o enfermedad profesional
Un accidente de trabajo es cualquier lesión recibida durante la jornada laboral o como consecuencia de un trabajo por cuenta ajena. Y la enfermedad profesional se refiere esas contraídas como consecuencia de un trabajo por cuenta ajena. Entonces, cuando una IT se genera por cualquiera de estos 2 supuestos, el trabajador recibe una mayor parte de su salario.
En estos casos, el trabajador recibirá el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja: el día del accidente lo paga la empresa con el salario íntegro, según el artículo 173 de la Ley General de la Seguridad Social. Pero el número real de cuánto te descuentan por estar de baja dependerá de los diferentes convenios, que pueden aumentar este porcentaje.
Y, como hemos mencionado anteriormente, al calcular la retención en el IRPF estando de baja, la empresa tomará como referencia la nómina del mes anterior. Esto significa que los trabajadores con nóminas variables pueden tener diferencias en las retenciones con respecto a sus ingresos reales.
Cuánto retienen del IRPF en caso de accidente no laboral o enfermedad común
Una baja también se puede generar un accidente no laboral o una enfermedad común. En estas situaciones, el trabajador recibirá un porcentaje distinto de su nómina dependiendo de los días de baja:
- En los 3 primeros días, el empleado no recibe prestación (salvo que su convenio la complemente).
- Del día 4 al día 20 inclusive, se recibe el 60% de la base reguladora.
- Desde el día 21 en adelante, el empleado recibe el 75% de la base reguladora.
Dependiendo de cuánto te descuenten por estar de baja, cambian los ingresos percibidos. Y esto es importante para calcular correctamente la retención en el IRPF. Aunque estos ingresos pueden ser menores al salario habitual, no dejan de ser rendimientos del trabajo y deben aparecer en la declaración de la renta.
¿Qué es el complemento IT y cuándo se aplica en una baja?
Una reducción en el salario, y más estando de baja, supone un problema, y por ello algunas empresas o convenios colectivos implementan el “Complemento de Incapacidad Temporal (IT)”. Se trata de un dinero extra que se paga durante la baja laboral para que el trabajador reciba una mayor nómina que la establecida por Ley.
Por ejemplo, es habitual que el complemento IT sirva para pagar los 3 días de purga al trabajador cuando se produce una incapacidad por contingencias comunes.
También existen muchos convenios que complementan el salario de un trabajador de baja por accidente laboral o enfermedad profesional hasta llegar al 100% de la nómina. En estos casos, la retención en el IRPF es igual a la del período activo, ya que no cambia la base de cotización.
¿Hasta cuándo se cobra el complemento IT? Depende de lo que diga tu convenio, no de una regla única: lo habitual es que lo limite a la duración de la baja. Lo que sí marca la ley es la duración de la incapacidad temporal, 365 días prorrogables otros 180 (545 días en total). Además, a partir de los 365 días el pago deja de ser delegado: el INSS pasa a abonarte la prestación directamente hasta que te den el alta o se resuelva el reconocimiento de una Incapacidad Permanente Absoluta (IPA) — y esa incapacidad permanente absoluta, esa sí, estaría exenta de IRPF.
Desde Life5 te recomendamos que, si eres el miembro que mayor sueldo aporta al hogar, contar con un seguro de vida que te cubra económicamente en caso de quedar totalmente incapacitado y no poder trabajar más.
Y si estás reorganizando tu economía durante la baja, te puede interesar saber cuánto cuesta un seguro de vida para proteger tus ingresos familiares.