¿Cómo influye la situación familiar en el IRPF?

Situaciones familiares en el IRPF
Por Equipo editorial de Life5Revisado por Ana Geis, Responsable de distribución (DGSFP J3945)Actualizado el 4 de julio de 2026

Al momento de calcular el IRPF de cada trabajador, Hacienda tiene en cuenta la situación personal y familiar del contribuyente para aplicar ciertas deducciones. Por lo que, dependiendo de tu situación familiar, el IRPF a pagar puede variar enormemente.

En este artículo analizamos cuáles son las situaciones familiares que contempla la Agencia Tributaria y las principales deducciones en IRPF en cada tipología.

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3 tipos de situaciones familiares en el IRPF

En el IRPF, la situación familiar y personal determina las reducciones que puedes percibir en la declaración de la renta. Y esta situación se determina por las uniones matrimoniales y los hijos, en lo que se conoce como unidad familiar.

Conformar la unidad familiar es el primer paso para acceder a las ventajas fiscales de Hacienda. En base a esta declaración, se clasifica las familias en 3 tipos de situación familiar: situación 1, 2 y 3 para IRPF.

Según la Agencia Tributaria, existen 2 tipologías de unidad familiar, dependiendo de si existe matrimonio o no. Destacar que la pareja de hecho no conforma una unidad familiar según la Agencia Tributaria, ya que no pueden presentar una declaración de la renta conjunta.

En caso de matrimonio con hijos, la unidad familiar se conforma con los cónyuges y los hijos menores de edad no emancipados y los hijos mayores incapacitados judicialmente.

Si no hay unión matrimonial o en casos de separación, la unidad familiar con hijos sólo puede ser conformada por 1 de los padres. Y aquí la unidad familiar incluye a los hijos menores no emancipados y los hijos mayores incapacitados judicialmente.

Situación familiar 1 en IRPF

En el primer grupo se encuentran las familias monoparentales (viudos, divorciados o solteros), con hijos menores de edad o mayores de 18 años con discapacidad, siempre que los hijos convivan exclusivamente con el contribuyente. Ojo: con custodia compartida no se cumple la convivencia exclusiva, y corresponde la situación 3 — es uno de los errores más frecuentes al rellenar el modelo 145.

Situación familiar 2 en IRPF

La situación familiar 2 está conformada por parejas casadas, con o sin hijos, en donde uno de los cónyuges obtenga rentas menores a 1.500 euros al año.

Situación familiar 3 en IRPF

En esta se encuentran el resto de unidades familiares que no se contemplan en los otros 2 grupos.

Parejas de hecho con hijos o matrimonios (con hijos o sin), en donde la renta de ambos cónyuges supere los 1.500 euros anuales.

¿Y para qué sirve esta clasificación? Principalmente para calcular la retención de tu nómina: cada situación tiene su umbral por debajo del cual no se practica retención (artículo 81 del Reglamento del IRPF). En 2026, sin hijos: 17.197 euros en la situación 2 frente a 15.876 en la situación 3; con dos o más hijos, el umbral sube hasta 19.262 euros (situación 2) o 18.694 (situación 1), según el algoritmo oficial de retenciones de la AEAT.

¿Qué es el “mínimo por contribuyente”?

Ahora que ya sabes cómo se clasifica la situación familiar en el IRPF, ha llegado el momento de entender cómo esta situación influye en el pago de este impuesto.

Lo primero que debes saber es que existe el “mínimo por contribuyente”, que es una cantidad de dinero que se resta a la base imponible de forma automática. Sin importar la unidad familiar o el régimen de tributación elegido (declaración individual o conjunta), el “mínimo por contribuyente” es de 5.550 € al año (artículo 57 de la Ley del IRPF).


En los contribuyentes mayores a 65 años, esta cantidad se incrementa de 1.150 a 6.700 € anuales. Y para los contribuyentes mayores a 75 años, aumenta de 1.400 a 8.100 € anuales.

Y, por otro lado, existe el “mínimo personal y familiar”, que es la parte de la renta que se destina a satisfacer las necesidades básicas personales y familiares del contribuyente, y que no se somete a tributación de IRPF.

Para conformar el “mínimo personal y familiar” se deben tener en cuenta las distintas deducciones a la base imponible a las que se pueden acceder según tu unidad familiar y otras situaciones, que veremos a continuación.

Principales deducciones según tu situación familiar en IRPF

Como te hemos mencionado antes, conocer tu situación familiar es muy importante a la hora de pagar IRPF. Dependiendo de si estás casado, tienes hijos o personas a cargo con discapacidad podrás solicitar deducciones sobre la base imponible del IRPF.

A continuación te contamos cuáles son las deducciones estatales más habituales y cuál es la cuantía de cada una de ellas. Es fundamental recordar que también existen deducciones a nivel autonómico, que te recomendamos consultar en tu Comunidad Autónoma.

Deducciones por hijos

En matrimonios o familias monoparentales es posible aplicar una reducción de la base imponible por cada hijo. Según el número de descendientes, las cuantías a desgravar son:

  • 2.400 € anuales por 1 hijo.
  • 2.700 € anuales por 2 hijos.
  • 4.000 € anuales por 3 hijos.
  • 4.500 € anuales por 4 hijos o más.

Si el hijo fuera menor de 3 años, se aumentará la cuantía en 2.800 € anuales. Y si ha fallecido un descendiente, la cantidad a percibir es de 2.400 € anuales.

Deducción por ascendiente con dos hijos

En parejas separadas legalmente o sin vínculo matrimonial que tengan 2 hijos y no perciban anualidades por alimentos de otro progenitor, es posible percibir una cuantía de 1.200 € anuales. Pero es importante notar que esta deducción no es compatible con la condición de familia numerosa.

Deducción por familia numerosa

Se contempla una deducción de 1.200 € anuales por ser familia numerosa (categoría general). Para la categoría especial (5 hijos o más, entre otros supuestos) la deducción es de 2.400 € anuales, y se incrementa en 600 € anuales por cada hijo que exceda del mínimo exigido para cada categoría. Puede cobrarse de forma anticipada (100 o 200 € al mes) con el modelo 143.

En el caso de padres separados legalmente con custodia compartida, esta deducción se prorratea entre ambos. Y también se puede obtener esta ventaja fiscal si eres un ascendiente o un hermano huérfano de padre y madre que fueran parte de una familia numerosa.

Deducciones por maternidad

La deducción por maternidad es de 1.200 € anuales (100 € al mes) por cada hijo menor de 3 años. Desde 2023 ya no exige estar trabajando: basta con que la madre esté de alta en la Seguridad Social o mutualidad al nacer el hijo, cobre una prestación de desempleo (contributiva o asistencial), o se dé de alta después con al menos 30 días cotizados. Puede cobrarse de forma anticipada con el modelo 140.

Además, hay un incremento de hasta 1.000 € anuales por gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados — este extra no se anticipa: se aplica al presentar la declaración. Si ha fallecido la madre, la deducción corresponde al padre o tutor con custodia exclusiva; en hijos adoptados, los 3 años cuentan desde la inscripción en el Registro Civil.

Deducciones por personas a tu cargo con discapacidad

Y también es posible obtener esta ventaja fiscal si tienes personas con discapacidad a tu cargo como cónyuge, hijos y ascendientes. Para acceder a estas deducciones, la discapacidad debe ser igual o mayor al 33%.

En el caso del cónyuge del contribuyente se puede obtener una deducción de 1.200 € anuales. Para los hijos (o el propio contribuyente, o ascendientes) con discapacidad, el mínimo adicional (artículo 60 de la Ley del IRPF) es de:

  • 3.000 € anuales con un grado de discapacidad entre el 33% y el 65%.
  • 9.000 € anuales con un grado igual o superior al 65%.
  • +3.000 € anuales por gastos de asistencia, si se acredita necesitar ayuda de terceros, movilidad reducida o un grado ≥65% (máximo, por tanto, 12.000 €).

Y en el caso de ascendientes (padres, abuelos y bisabuelos) con discapacidad es posible obtener desde 1.150 € anuales (mayores a 65 años) y desde 2.550 € anuales (mayores a 75 años). Pero estas personas deben convivir en el mismo domicilio que el contribuyente e ingresar menos de 8.000 € anuales.

¿Qué documento se necesita para declarar la situación familiar en el IRPF?

Para la correcta adecuación del impuesto a las circunstancias personales y familiares, es necesario declarar como está conformada la unidad familiar ante la Agencia Tributaria. Y esto se realiza mediante el Modelo 145, un documento en donde se define la unidad familiar y se determina la situación familiar en el IRPF, para que se puedan aplicar correctamente las deducciones en la renta.

Ante cualquier cambio (casamiento, divorcios, nacimientos, discapacidad, etc.) es necesario volver a presentar un Modelo 145 para cambiar la situación familiar en la renta.

El modelo 145 lo rellena y firma el trabajador y se entrega a la empresa — no se presenta ante la Agencia Tributaria: el pagador lo conserva y lo usa para calcular la retención. Por lo general, las empresas solicitan esta información a sus trabajadores cada año o ante cualquier cambio para ajustar el IRPF de la nómina.

Y para los autónomos, sólo es obligatorio presentar el Modelo 145 en ciertas situaciones como: al solicitar prestaciones por cese de actividad o cuando tienen empleos a cargo.

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Preguntas frecuentes sobre la situación familiar en el IRPF

¿Qué son las situaciones 1, 2 y 3 del modelo 145?

¿Qué situación pongo si tengo custodia compartida?

¿Cuánto es el mínimo por hijos en 2026?

¿A partir de qué sueldo te retienen IRPF en 2026?

¿Tengo que volver a presentar el modelo 145 si cambia mi situación?