Cómo se reparte una herencia en España

cómo se reparte una herencia en España

Las herencias y su reparto son un tema que puede generar muchas dudas (incluso conflictos) entre los herederos. En nuestro país hay leyes específicas que ayudan a regular estas situaciones y establecen cómo se reparte una herencia. Te invitamos a descubrir las claves de esta distribución.

¿De qué depende el reparto de una herencia?

En España, el sistema legal que regula las herencias se basa, principalmente, en el Código Civil. La manera en la que se hace el reparto de una herencia va a depender de si existe o no testamento de por medio.

El testamento es aquel documento en el que una persona establece cómo quiere que sus bienes, derechos y obligaciones queden repartidos tras su defunción. Para saber con certeza si una persona fallecida dispone de testamento, se puede acudir al Registro General de Actos de Última Voluntad.

Eso sí, aunque un testamento es la forma legal de repartir la herencia según las prioridades del testador, esta tiene límites. Dichos límites vienen pautados en el capítulo II de nuestro Código Civil, el cual determina cómo dividir nuestros bienes.

Por su parte, en una herencia en la que no hay testamento, será el Estado quien se encargue de adjudicar y decretar cómo se reparten los bienes y el dinero dejado por el fallecido.

División de la herencia

En primer lugar es esencial conocer de cuántas partes se compone la misma y quiénes son los herederos forzosos, a los que se les reserva, por ley, una parte de la masa hereditaria.

En el Derecho Civil español, queda determinado que los herederos forzosos son, por orden:

  • Hijos y descendientes, respecto de sus padres y ascendientes.
  • Padres y ascendientes, respecto de sus hijos y descendientes.
  • Viuda o viudo, o pareja de hecho del fallecido en ciertos derechos forales.

Dicho esto, cabe aclarar que la división de una herencia se establece en tres partes:

  • El tercio de legítima.
  • El tercio de mejora.
  • El tercio de libre disposición.

Sin embargo, también habría que tener en cuenta las diferentes excepciones que aparecen dentro de los derechos de cada comunidad autónoma.

A continuación, analicemos cada una de estas partes de la herencia.

Partes de una herencia en España

Lo esencial para comprender el reparto de los bienes de una persona fallecida en España, hay que conocer las tres partes de las que se compone la misma.

La legítima

Esta porción de la herencia, correspondiente a un tercio de la misma, se tiene que repartir entre los herederos legítimos a partes iguales. Estos son los hijos, o bien, los descendientes de los mismos si los hijos han fallecido. En caso de que el cónyuge sobreviva, tendrá los bienes en usufructo.

A pesar de estar establecido por ley, un padre podría desheredar a uno de sus hijos y dejarle sin este tercio que le corresponde. No obstante, para ello se tienen que dar algunos de los motivos legales para hacerlo. De no existir, el hijo podría reclamar su herencia legítima.

La mejora

El tercio de mejora, como su propio nombre indica, sirve para mejorar la legítima. Es decir, mejorar lo que recibirá de la herencia alguno de los herederos legítimos.

Por ejemplo, se puede emplear para transferir más bienes a un hijo que a otro, de manera legal. Eso sí, se podrá beneficiar a unos hijos frente a otros, pero no se puede atribuir esta parte a personas que no sean descendientes.

En caso de que no hubiese testamento o que este no dijese nada al respecto de este tercio, se sumará a la legítima y se repartirá a partes iguales entre hijos y descendientes. (También recibirá esta parte el cónyuge en usufructo).

El tercio de libre disposición

Además, de los dos tercios mencionados, la ley establece que es posible destinar hasta un tercio de una herencia a quien se desee. Puede ser o no familiar y/o heredero legítimo. 

Sin embargo, quien no sea familiar del fallecido al recibir esa parte de la herencia, tendrá que pagar más impuestos por la misma que si fuese familiar.

Como sucede con el tercio de mejora, si no hubiese testamento o en el mismo no se especificase a quién se cederá el tercio de libre disposición, este pasará a los herederos de la legítima.

El beneficiario de un seguro de vida podrá ser la persona que tú decidas, ya que estas pólizas no forman parte de la herencia.

Reparto de la herencia cuando fallece uno de los padres

Cuando se da el fallecimiento de uno de los cónyuges y hay hijos de por medio, corresponderán dos tercios de la legítima a los hijos en propiedad. Sin embargo, una parte de los bienes serán para el cónyuge en usufructo de la herencia de los hijos.

Es decir, los bienes serán de los hijos, pero el cónyuge podrá usar y disfrutar una parte hasta su fallecimiento. El ejemplo más habitual es el de la vivienda. En porcentajes: 

  • Un 66,6% de la herencia para los descendientes en propiedad.
  • Un 33,3% de usufructo para la viuda o viudo. Aun así, ese usufructo es conmutable, por lo que se puede cambiar por la propiedad de algunos bienes.

Además de esto, también está ese tercio de libre disposición que podrá ir a parar a cualquier persona. Cuando no hay testamento, en el caso de viudos e hijos, se elimina la parte de libre disposición que pasa a los herederos legítimos por orden.

Reparto entre hermanos cuando hay testamento

En primer lugar, veamos cómo es el reparto entre hermanos con testamento, dentro de un matrimonio con hijos, y son esos hijos los herederos. Como hemos visto, si fallece uno de los padres, los hijos se reparten normalmente dos tercios de la herencia entre ellos.

En estos casos, cuando el testamento es exhaustivo, no suelen darse problemas al dividir los bienes, ya que con el tercio de la legítima el reparto debe ser equitativo entre todos los hermanos. Además, de haber tercio de mejora y de libre disposición, será el fallecido quien haya dispuesto su voluntad en el testamento y los hermanos tendrán que acatarla.

¿División cuando no hay testamento?

En este caso suele haber problemas, puesto que, aunque todos deberían percibir la misma cantidad de dinero y bienes, puede no haber un acuerdo. Algunos problemas que pueden surgir:

  • Todos quieren los mismos bienes o que no coincidan en qué hacer con ellos.
  • Uno de los herederos ni acepta ni renuncia a la herencia.
  • Alguno se opone al reparto propuesto.

En esas circunstancias, será necesaria la intervención de un notario.

¿Qué ocurre con los bienes de mi hermano si fallece?

En ese aspecto, lo primero que habría que aclarar es que esos hermanos no son herederos forzosos. 

Por ello, la repartición de la herencia entre hermanos se aplica si se trata de un intestado soltero y sin descendientes ni ascendientes. En ese caso, los hermanos serán los beneficiarios ante cualquier colateral y la herencia se repartirá entre ellos a partes iguales.

Si hay sobrinos que sobreviven a su progenitor, el cual era hermano del fallecido, también pueden optar a una fracción de la herencia subdivida entre ellos.

División de los bienes heredados si hay usufructo

El usufructo posibilita el uso y disfrute de un bien sin ser el propietario del mismo.

Dentro de una herencia, el usufructo puede ser voluntario, legal, temporal o vitalicio.

  • Voluntario. En el reparto de herencia con usufructo voluntario, el testador dispone ese usufructo voluntariamente en su testamento a favor de una persona. Al finalizar el mismo, el usufructuario tendrá que entregar el bien al nudo propietario en buen estado.

  • Legal. Se trata del usufructo establecido por ley. En nuestro derecho solo existe el usufructo legal del cónyuge viudo, no separado legalmente o de hecho, en el momento del fallecimiento. Este tiene derecho a recibir como legítima:

  • Del tercio de mejora, cuando hay hijos o descendientes.

  • De la mitad de la herencia, cuando no hay hijos, pero sí ascendientes.

  • Dos tercios de la masa hereditaria, si no hay descendientes ni ascendientes.

Según tiempo:

  • Temporal. Se establece para un tiempo concreto.
  • Vitalicio. Dura toda la vida del usufructuario.

¿Cómo se reparte una herencia sin testamento?

Aunque al explicar cómo se reparte una herencia con testamento, ya se han aclarado en algunos puntos qué pasaría si no lo hubiese, veamos más claramente quiénes heredarían sin ese documento de por medio.

Según las leyes hereditarias de nuestro país, estos son los grupos de personas que pueden heredar y el orden en el que lo harían.

  • Grupo primero: hijos y nietos si el padre ha fallecido.
  • Grupo segundo: padres y abuelos (los segundos solo si los padres han fallecido).
  • El grupo tercero: compuesto por el cónyuge. Solo hereda la propiedad cuando no hay herederos en el primer y segundo grupo, pero tiene derecho de usufructo en la herencia.
  • Grupo cuarto: hermanos y sobrinos de la persona que ha fallecido. Para este caso, los hermanos son herederos directos y los sobrinos heredan cuando los hermanos han fallecido también.
  • Por último, si no hubiese ningún heredero de los mencionados, los siguientes serían los tíos carnales o el resto de familiares de cuarto grado.

En caso de no haber familiares y tampoco testamento, la herencia pasará al Estado.

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