¿Un padre puede disponer de los bienes de sus hijos?

Un padre puede disponer de los bienes de sus hijos

Un menor de edad puede heredar, pero es necesario que otra persona actúe en su nombre para administrar los bienes de una herencia hasta la mayoría de edad. Y aunque la madre o el padre puede disponer de los bienes de sus hijos, hay otras situaciones en las que se designa a otras personas para representar al menor.

En este artículo te contaremos qué significa disponer de los bienes hereditarios, quién administra los bienes de los menores de edad y cuáles son las figuras legales que los protegen. ¡Comenzamos!

¿Qué significa disponer de los bienes?

Cuando un menor de edad es heredero, debe existir una figura legal que lo represente para disponer y administrar sus bienes.

Pero disponer de los bienes hereditarios no significa tratarlos como si fueran propios. Y esto principalmente determina que no se pueden vender los bienes de menores, si no se cuenta con una autorización judicial para ello.

Dentro de la Ley de Jurisdicción Voluntaria se establece que se debe realizar una presentación formal determinando los motivos para la venta. El Juez determinará si la venta tiene los intereses del menor por delante y si autoriza esta operación.

En casos de herencias de padre a hijos, la madre o el padre puede disponer de los bienes de sus hijos y también cuenta con el usufructo legal de estos bienes, que permite gozar de los bienes o sus frutos.

3 restricciones para disponer de los bienes de los hijos

Aunque lo más habitual es que una madre o un padre pueda disponer de los bienes de sus hijos, hay algunas situaciones en las que esto no es posible:

  1. Hijos emancipados: Un hijo puede emanciparse de los padres a partir de los 16 años, pudiendo disponer y administrar de los bienes heredados como si fuera mayor de edad. Cuando los hijos están emancipados no se ejerce la patria potestad ni se designa un representante legal.
  2. Hijos menores de edad casados: En el caso de un hijo menor de edad y casado, siempre que el cónyuge sea mayor de edad, puede disponer y administrar sus bienes heredados. Si ambos cónyuges son menores, se necesitará el consentimiento de los padres de ambos.
  3. Cuando se designa a un tutor, administrador o albacea Es importante saber que la madre o el padre puede disponer de los bienes de sus hijos sólo cuando estos son menores y cuentan con la patria potestad. En otros casos serán los tutores, el administrador o el albacea quién se encargue de la administración de estos bienes.

4 figuras que pueden disponer de los bienes de un menor

Muchas veces los menores de edad reciben una herencia por ser herederos forzosos, pero necesitan de un representante legal para disponer y administrar esta herencia. El objetivo de esta figura es velar por los derechos del menor hasta la mayoría de edad.

Como veremos a continuación, no siempre la madre o el padre puede disponer de los bienes de sus hijos. A continuación te contamos sobre las 4 figuras legales que velan por los intereses de los menores en una herencia.

1. Patria Potestad

Una de las obligaciones de los padres con los hijos es la patria potestad, definida en el Código Civil como un conjunto de derechos sobre el cuidado y la representación legal de los hijos menores, incapacitados y no emancipados.

En una herencia si fallece uno de los padres, lo más habitual es ejercer la patria potestad y que el progenitor sobreviviente sea el representante legal del menor y administrador de los bienes hereditarios.

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2. Tutela: tutor legal

Dentro de la legislación española también se define la tutela legal, mediante la cual se pone a una persona (menor de edad o incapacitada) bajo la guardia y potestad de otra.

En las herencias, la figura del tutor suele corresponder con el progenitor sobreviviente. Sin embargo, la madre o el padre puede disponer de los bienes de sus hijos únicamente si cuenta con la patria potestad.

Para los casos en que la patria potestad se le haya quitado a los progenitores o hayan fallecido ambos padres, se debe designar a un tutor legal.

¿Cómo se designa a un tutor legal?

En el caso de herencias de padres a hijos con testamento, en este documento se define quién será el tutor legal de los hijos. Habitualmente se elige a un miembro de la familia o a un amigo muy cercano que vele por los derechos de los menores.

3. Administrador

En la mayoría de los casos de herencia si fallece uno de los padres, la madre o el padre puede disponer de los bienes de sus hijos, cumpliendo así con el rol de administrador.

Pero la Ley también permite designar a un administrador de bienes hereditarios, que nada tiene que ver con los padres o el tutor legal.

Esto es muy habitual en divorcios, para evitar que los bienes sean administrados por la ex pareja y sólo puede aplicarse en herencias de padres a hijos con testamento.


¿Hay diferencias entre tutor y administrador de bienes?

En el caso de que existiera un tutor legal, esta es la figura encargada de la administración de los bienes. Pero también se puede designar a una persona como tutor y a otra como administrador dentro del testamento.

Un administrador de bienes hereditarios sólo se encarga de la correcta administración de esos bienes y no tienen potestad sobre la educación o el estilo de vida de los herederos.

4. Albacea

Y por último debemos conocer la figura de albacea de un niño, que también protege a los menores de edad. Esta figura sólo está presente en las herencias de padres a hijos con testamento, ya que el progenitor debe nombrar un albacea en este documento.

El albacea de un niño se encargará de velar por el patrimonio que el menor recibe y cuidar que no pierda valor. También es el encargado de procurar la educación de los menores y así lo será hasta la mayoría de edad.

¿A quién corresponde la gestión de los actos administrativos en una herencia?

Cuando los herederos son menores de edad, deben ser representados legalmente por un progenitor, un tutor, un defensor judicial o un albacea. Además de disponer y administrar los bienes, estas figuras también son las responsables de los actos de administración de una herencia.

Aceptar la herencia

Un representante legal puede aceptar la herencia en nombre de un menor de edad sin autorización judicial, siempre que lo haga a beneficio de inventario. Esto significa que no es posible la aceptación herencia a menor con deudas, para evitar que queden desprotegidos en un futuro.

Renunciar a la herencia

Renunciar a una herencia implica una pérdida de derechos, por lo que le Ley protege a los menores en este supuesto. Si el heredero es menor de 16 años, se exige una autorización judicial con intervención del Ministerio Fiscal. Aquí la edad para aceptar herencia se reduce, para proteger los intereses del menor.

Sólo se podrá renunciar a una herencia en nombre de un menor con causas justificadas de utilidad o necesidad, o en caso de herencias con deudas.


¿Cuándo es necesario el nombramiento de defensor judicial ?

Un defensor judicial es una figura que sólo participa en la partición de la herencia y que vela por los derechos del menor.

La madre o el padre puede disponer de los bienes de sus hijos, pero es necesario el nombramiento de defensor judicial si existen conflictos de intereses en cómo se reparte una herencia. Esto sucede cuando el padre o madre también es heredero y se adjudican bienes concretos, o cuando se perjudica el derecho a la legítima de los hijos menores.

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