¿Cuándo se hace un testamento vital?
El testamento vital puede hacerse en cualquier momento, siempre y cuando se cumplan los requisitos nombrados anteriormente.
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Cómo hacer un testamento vital
Cuando hablamos de hacer el testamento vital, debemos tener en cuenta que hay que diferenciar entre el otorgamiento, la solicitud y la inscripción del testamento vital.
Otorgamiento o formalización del documento
La forma en la que se otorga o formaliza el documento va a depender de la Comunidad Autónoma en la que se vaya a registrar el documento. Sin embargo, se pueden señalar tres formas generales de hacerlo que suelen coincidir en los territorios:
- Ante notario: Ten en cuenta que el precio de la realización de este documento son 60 €.
- Con tres testigos: Estas personas deberán firmar el escrito y al menos dos de ellos no podrán tener una relación familiar (ni padres, ni hijos, ni tíos o sobrinos…). Así como tampoco podrán tener una relación económica con la persona que redacta su testamento vital.
- Podrá realizarse también ante el personal del Registro de su comunidad.
Solicitud e inscripción
Cuando hablamos de la solicitud nos referimos al envío del documento formal cumplimentado que se entregará junto al documento formalizado al Registro de Instrucciones Previas. Para este envío se deberán adjuntar diferentes documentos adjuntos, como puede ser la copia del DNI.
Con todo esto, enviado y cumplimentado, se procederá al** inscripción del Testamento Vital en el Registro** correspondiente de la comunidad autónoma.
¿Cómo está regulado?
El Testamento Vital es un documento formal que se encuentra regulado legalmente;
- En primer lugar, fue la Ley 14 de 2002, reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones (de los pacientes, los profesionales y los servicios sanitarios -públicos y privados-) en materia de Información y Documentación Clínica.
- En 2007 se publicó el Real Decreto 124, en el cual se regula el Registro Nacional de Instrucciones Previas y el fichero automatizado de datos de carácter personal, que se reguló de forma posterior por la Orden 2823 de 2007.
Además, es importante tener en cuenta que cada Comunidad Autónoma ha redactado sus propias normativas (leyes o decretos). Las comunidades suelen otorgar a los ciudadanos toda la información y formularios modelo para ayudarlos.
¿Dónde se registra el documento?
Para inscribir tu Testamento Vital, deberás acudir al Registro de Instrucciones Previas de tu Comunidad Autónoma. Este registro depende siempre de la Consejería de Sanidad.
Debes saber que existe además un Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP) en el que quedarán guardados todos los documentos de las diferentes comunidades autónomas. Esto es así para que cualquier profesional médico del país pueda acceder a este documento cuando sea necesario.
¿Puedo cambiarlo o anularlo?
Si tienes tu testamento vital ya registrado, debes saber que puedes tanto modificar su contenido como anularlo por completo. Para ello deberás realizar diferentes procedimientos según lo que desees hacer:
- Para cambiar el contenido: Si quieres modificar tu testamento vital, necesitarás entregar un nuevo documento de la misma manera que lo hiciste la vez anterior. Así, el primero quedará sin efecto.
- Para anular el documento: Si quieres que este documento deje de tener validez, pero sin entregar uno nuevo, necesitarás recuperar y destruir el documento original, así como las copias (si las hay) que hayas entregado al representante. Cuando se realizó con testigos, es necesario informarles también de ello.