Tipos de testamento que existen en España

Tipos testamento

Un testamento es el documento jurídico mediante el cual una persona decide la disposición que desea que tengan sus bienes después de su fallecimiento. El testamento está regulado por el Código Civil y, además de regular quienes van a ser los herederos, también se puede establecer otros puntos no materiales.

Hay diferentes tipos de testamentos en España según la forma y la persona que lo autorice. Cualquier persona mayor de 14 años, si estar incapacitada, tiene derecho a establecer un testamento. Es importante conocer las diferencias entre los testamentos para que en un futuro no haya problemas con la ley y siempre se elija el mejor en cada caso.

Testamento ológrafo

Un testamento ológrafo es aquel que es escrito por el testador, el cual debe ser mayor de edad, de su propio puño y letra. Para que sea válido debe incluir la fecha en la que el documento toma validez, la firma del testador y estar escrito por él.

Los herederos tienen cinco años para presentar este testamento ante un juez de primera instancia del domicilio donde residía el fallecido. En caso de que el testador haya delegado el testamento en una persona en concreto, este tiene la obligación de presentarlo ante las autoridades en un plazo de días desde el fallecimiento.

Este tipo de testamento tiene que ser validado también por un juez o notario pero tras el fallecimeinto, el cual podrá citar a testigo que autentifiquen la letra del fallecido.

Testamento abierto

Entre los tipos de testamentos que existen en España está el testamento abierto, uno de los más comunes. Recibe este nombre porque el testador expresas sus últimas voluntades ante el notario y es conocedor de lo que el testamento dicta.

Hay dos situaciones en las que el testamento abierto se puede realizar sin que esté un notario delante:

  • Cuando haya peligro de fallecimiento inminente, necesita 5 testigos.
  • Cuando haya peligro de epidemia, se necesita 3 testigos mayores de 16 años.

Si la muerte no se produce pasado dos meses, este testamento deja de tener validez. No pueden ser testigos de un testamento abierto las personas ciegas, tampoco las personas sordomudas, los menores edad, personas que no conozcan el idioma en el que se redacta el testamento, los herederos, personas que no se encuentren en posesión de sus facultades mentales ni legatarios.

¿Qué debe incluir un testamento abierto?

Además, Un testamento abierto debe incluir todas estas características para que sea válido:

  • Lugar, día, mes y año del otorgamiento.
  • El notario tiene que leer el testamento en voz alta para que el testador confirme su voluntad.
  • Firmar el testamento.
  • El notario debe identificar al testador y hacer constar que el testador tiene la capacidad legal necesaria para otorgar el testamento.

Tienen que acudir dos testigos en caso de que el testador sea una persona ciega, no sepa o no pueda firmar el testamento, no supiese leer, fuese una persona sorda o si el testador o el notario lo solicitan.

Testamento cerrado

El testamento cerrado es el tipo de testamento en España más común. Es aquel en el que el testador informa a sus herederos que su última voluntad se encuentra en un pliego que ha entregado ante un notario. Cuando fallezca el testador, los herederos acudirán ante el notario para leerlo. Para que este testamento sea válido tendrá que:

  • Estar escrito del puño y letra del testador y firmado.
  • O estar mecanografiado, firmado en todas sus hojas y al final del pie del testamento.
  • Si no puede firmar lo hará otra persona y expresará la causa de la imposibilidad.

La entrega del testamento ante el notario debe realizarse en un sobre cerrado, del que no se pueda sacar el contenido a menos que se rompa. Al producirse el fallecimiento, el notario o persona que posea el testamento tendrá que ponerlo en conocimiento de un juez en un plazo de 10 días.

Testamentos especiales

Existen otro tipo de testamentos en España denominados testamentos especiales, que se otorgan en situaciones extraordinarias. Estos serían el testamento militar, el testamento marítimo y el testamento hecho en un país extranjero.

  • El testamento militar lo pueden efectuar aquellas personas empleadas en el ejército y este lo podrán entregar ante un oficial que tenga al menos la categoría de capitán. Será necesaria la presencia de dos testigos, caducará a los 4 meses después de que el militar haya dejado de estar en campaña. Si el testador estuviese enfermo o herido, podrá entregar el testamento ante el capellán o facultativo que le esté asistiendo.
  • El testamento marítimo tiene unas condiciones similares al militar y se podrá hacer cuando se vaya a bordo de un buque de guerra o mercante ante el Contador o el Capitán.
  • El testamento efectuado en un país extranjero, si el testador se encuentra de vacaciones o residiendo fuera, podrá realizar un testamento conforme a las normas del lugar donde esté. Sin embargo, para que el testamento sea válido en España tendrá que tener un único heredero.

¿Cuál es el mejor tipo de testamento?

Cada persona que vaya a hacer testamento podrá elegir el que desee según sus circunstancias, aunque los expertos recomiendan el testamento abierto, ya que el testador podrá expresarse de forma abierta ante el notario y este podrá asesorarlo de forma legal en el momento como profesional.

Aunque si no quieres entrar en detalles ante tus decisiones personales al realizar tu testamento, puede que el testamento cerrado sea la mejor opción.

Sea cual sea la opción, lo importante es que redactes tu testamento ante un notario y que se cumplan todos los requisitos necesarios para que sea válido.

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