Declaración trimestral de autónomos: enero - marzo
El primer mes del año es el que mayores obligaciones fiscales acarrea para los autónomos, pues se junta el trimestre anterior con otras declaraciones anuales. Esto implica que cada trabajador por cuenta propia debe presentar diferentes documentos, como el modelo 130, el modelo 303 o el modelo 390.
Asimismo, es en el mes de enero cuando se paga el IVA del cuarto trimestre, pudiéndolo hacer del 1 al 22 de enero (en el caso de este año).
Enero
El 20 de enero (este año hasta el día 22, porque el preestablecido cae en sábado) es la fecha límite para presentar:
- Modelo 039: para declarar las incorporaciones de diciembre, régimen especial del grupo de entidades del IVA.
- Modelo 111: para hacer la declaración trimestral de retenciones e ingresos del IRPF.
- Modelo 115: para declarar las retenciones procedentes del alquiler de inmuebles (oficina, local, etc.)
- Modelo 123: para pagar los intereses de préstamos, acciones, bonos, depósitos a plazo y cualquier rendimiento de capital mobiliario.
En caso de tener que declarar aportaciones recibidas para iniciar un proyecto, hay que presentar también el Modelo 161.
Hasta el 30 de enero se tienen que presentar:
- Modelo 130: pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta.
- Modelo 131: último pago fraccionado de la Renta del año anterior en estimación objetiva.
- Modelo 303: declaración trimestral del IVA (de octubre a diciembre del año pasado).
- Modelo 349: para declarar, de manera informativa y recapitulativa, operaciones intracomunitarias.
- Modelo 390: resumen anual de la declaración del IVA del último año.
Para terminar el mes, el 31 de enero es el último día para presentar:
- Modelo 165: declaración informativa de las certificaciones individuales emitidas a socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación.
- Modelo 179: declaración trimestral de carácter informativo de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
- Modelo 180: resumen del año anterior de las declaraciones trimestrales de retenciones de alquileres (se pueden consultar en el modelo 115).
- Modelo 182: para declarar donaciones, donativos o aportaciones, tanto las recibidas como las realizadas.
- Modelo 184: declaración anual y resumida de los ingresos, gastos y beneficios obtenidos por algunas sociedades no mercantiles.
- Modelo 188: para declarar rentas o rendimientos de capital mobiliario que proceden de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.
- Modelo 190: resumen anual de las declaraciones trimestrales de los ingresos y retenciones del IRPF (se pueden consultar en el modelo 111).
- Modelo 233: declaración informativa por gastos de guardería.
- Modelo 270: declaración de premios ganados en la lotería.
- Modelo 345: declaración anual de fondos y planes de pensiones, PPA o de previsión social empresarial, etc.
Si se ofrecen servicios digitales o se realizan ventas a través de un e-commerce y en países europeos, habrá que presentar el Modelo 369 para declarar el IVA.
Febrero
A diferencia del mes anterior, febrero supone cierto descanso a las obligaciones fiscales de los autónomos.
Hasta el 20 de febrero deben presentar los modelos 111 y el 115, correspondientes a enero, y el Modelo 592 para presentar, por primera vez, el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables.
Hasta finales de mes, hay que entregar el Modelo 036 para inscribirse en el Censo de Empresarios y alta en Hacienda. Este es solo obligatorio para pequeñas y grandes sociedades y que su ejercicio coincida con el año natural.
También, el Modelo 280 para la declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo, el Modelo 303 para la autoliquidación del IVA del mes anterior, y el Modelo 347 para declarar, con carácter informativo, las operaciones anuales con terceros al año anterior.
Marzo
Previo al mes de la renta, hasta mediados de marzo se presentan los modelos 111, 115 y 592, correspondientes a febrero, así como el modelo 349.