Calendario para autónomos 2024: plantilla

calendario de autónomos: plantilla declaraciones trimestrales

Según datos recientes de la Seguridad Social, en abril de este año han habido 3.364.938 autónomos afiliados en España, una cifra que supone un aumento de 29.743 personas (0,9%) con respecto al mismo mes del año anterior.

Como todo contribuyente español, la declaración de impuestos y tributos es obligatoria, pero estas obligaciones fiscales no son las mismas para un trabajador asalariado que para un autónomo o pyme. Y es que, en el caso de los trabajadores por cuenta propia, tienen que pagar el IRPF, el IVA y, si ejercen como empresa, también el Impuesto de Sociedades.

Debido a las obligaciones tributarias de estos, que no son pocas, el calendario fiscal se reparte a lo largo de todo el año. Concretamente, los autónomos hacen la declaración por trimestres, marcando el mes de enero el inicio del año fiscal, seguido de abril, julio y octubre:

  • Primer trimestre: del 1 de enero al 31 de marzo.
  • Segundo trimestre: del 1 de abril al 30 de junio.
  • Tercer trimestre: del 1 de julio al 30 de septiembre.
  • Cuarto trimestre: del 1 de octubre al 31 de diciembre.

Asimismo, entre el día 1 y 20 del inicio de cada trimestre se suele tener que presentar el mayor volumen de documentación ante Hacienda, que servirá para declarar los impuestos del trimestre anterior.

perfil del autónomo español en 2024

Declaración trimestral de autónomos: enero - marzo

El primer mes del año es el que mayores obligaciones fiscales acarrea para los autónomos, pues se junta el trimestre anterior con otras declaraciones anuales. Esto implica que cada trabajador por cuenta propia debe presentar diferentes documentos, como el modelo 130, el modelo 303 o el modelo 390.

Asimismo, es en el mes de enero cuando se paga el IVA del cuarto trimestre, pudiéndolo hacer del 1 al 22 de enero (en el caso de este año).

Enero

El 20 de enero (este año hasta el día 22, porque el preestablecido cae en sábado) es la fecha límite para presentar:

  • Modelo 039: para declarar las incorporaciones de diciembre, régimen especial del grupo de entidades del IVA.
  • Modelo 111: para hacer la declaración trimestral de retenciones e ingresos del IRPF.
  • Modelo 115: para declarar las retenciones procedentes del alquiler de inmuebles (oficina, local, etc.)
  • Modelo 123: para pagar los intereses de préstamos, acciones, bonos, depósitos a plazo y cualquier rendimiento de capital mobiliario.

En caso de tener que declarar aportaciones recibidas para iniciar un proyecto, hay que presentar también el Modelo 161.

Hasta el 30 de enero se tienen que presentar:

  • Modelo 130: pago fraccionado del IRPF, ingresos a cuenta de la Renta.
  • Modelo 131: último pago fraccionado de la Renta del año anterior en estimación objetiva.
  • Modelo 303: declaración trimestral del IVA (de octubre a diciembre del año pasado).
  • Modelo 349: para declarar, de manera informativa y recapitulativa, operaciones intracomunitarias.
  • Modelo 390: resumen anual de la declaración del IVA del último año.

Para terminar el mes, el 31 de enero es el último día para presentar:

  • Modelo 165: declaración informativa de las certificaciones individuales emitidas a socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación.
  • Modelo 179: declaración trimestral de carácter informativo de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
  • Modelo 180: resumen del año anterior de las declaraciones trimestrales de retenciones de alquileres (se pueden consultar en el modelo 115).
  • Modelo 182: para declarar donaciones, donativos o aportaciones, tanto las recibidas como las realizadas.
  • Modelo 184: declaración anual y resumida de los ingresos, gastos y beneficios obtenidos por algunas sociedades no mercantiles.
  • Modelo 188: para declarar rentas o rendimientos de capital mobiliario que proceden de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.
  • Modelo 190: resumen anual de las declaraciones trimestrales de los ingresos y retenciones del IRPF (se pueden consultar en el modelo 111).
  • Modelo 233: declaración informativa por gastos de guardería.
  • Modelo 270: declaración de premios ganados en la lotería.
  • Modelo 345: declaración anual de fondos y planes de pensiones, PPA o de previsión social empresarial, etc.

Si se ofrecen servicios digitales o se realizan ventas a través de un e-commerce y en países europeos, habrá que presentar el Modelo 369 para declarar el IVA.

Febrero

A diferencia del mes anterior, febrero supone cierto descanso a las obligaciones fiscales de los autónomos.

Hasta el 20 de febrero deben presentar los modelos 111 y el 115, correspondientes a enero, y el Modelo 592 para presentar, por primera vez, el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables.

Hasta finales de mes, hay que entregar el Modelo 036 para inscribirse en el Censo de Empresarios y alta en Hacienda. Este es solo obligatorio para pequeñas y grandes sociedades y que su ejercicio coincida con el año natural.

También, el Modelo 280 para la declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo, el Modelo 303 para la autoliquidación del IVA del mes anterior, y el Modelo 347 para declarar, con carácter informativo, las operaciones anuales con terceros al año anterior.

Marzo

Previo al mes de la renta, hasta mediados de marzo se presentan los modelos 111, 115 y 592, correspondientes a febrero, así como el modelo 349.

calendario fiscal para autónomos primer trimestre

Declaración trimestral de autónomos: abril - junio

Como es sabido, en el mes de abril inicia la campaña de la renta, siendo obligatorio presentar el Modelo 100 para todos los contribuyentes. Concretamente, este año se puede hacer la declaración de la renta desde el 3 de abril al 1 de julio.

Además de esta, el segundo trimestre de los autónomos y pymes viene cargado de otras obligaciones fiscales que pasamos a detallar en los próximos apartados.

Abril

Hasta el día 1 hay que presentar:

  • Modelo 189: declaración informativa de valores, seguros y rentas del año 2023.
  • Modelo 303: autoliquidación del IVA correspondiente a febrero.
  • Modelo 720: para declarar con carácter informativo los bienes y derechos en el extranjero.

Hasta el 22 de abril las obligaciones fiscales de los autónomos están en la presentación de:

  • Modelo 111: hay que presentarlo dos veces, tanto para declarar el IRPF sobre trabajadores, profesionales o empresarios, correspondiente a marzo, como para hacer la declaración del primer trimestre de este año.
  • Modelo 115: para declarar las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos pertenecientes a marzo.
  • Modelo 130 y 131: para hacer el pago fraccionado de la renta correspondiente al primer trimestre de este año, tanto estimación directa como objetiva.
  • Modelo 202: primer periodo del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades.
  • Modelo 349: declaración recapitulativa sobre operaciones intracomunitarias de marzo.
  • Modelo 592: declaración de marzo del impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables y declaración del primer trimestre.

Hasta el 30 de abril solo es necesario presentar el modelo 303 correspondiente a la autoliquidación del IVA del mes de marzo.

Mayo

En mayo vuelven a relajarse las obligaciones tributarias de los autónomos, pues hasta el 20 de mayo se presentan los modelos 111, 115, 303, 349 y 592 correspondientes al mes de abril.

Junio

Hasta el 20 de junio solo hay que presentar los modelos 111, 115, 303, 349 y 592 correspondientes al mes de mayo.

calendario fiscal para autónomos segundo trimestre

Declaración trimestral de autónomos: julio - septiembre

En julio se abre un nuevo trimestre para los trabajadores por cuenta propia, estando obligados a presentar bastantes modelos para declarar la actividad económica realizada.

Julio

Este año, el 1 de julio finaliza la campaña de la renta para todos los contribuyentes. Asimismo, los autónomos y pymes que quieran domiciliar en su cuenta bancaria el pago de la liquidación, pueden presentar, hasta el día 17, los siguientes documentos:

  • Modelo 111: para declarar el IRPF sobre trabajadores, profesionales o empresarios, correspondiente a junio, como para hacer la declaración del segundo trimestre de este año.
  • Modelo 115: para declarar las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos pertenecientes a junio.
  • Modelo 130 y 131: para hacer el pago fraccionado de la renta correspondiente al segundo trimestre de este año, tanto estimación directa como objetiva.
  • Modelo 303: para declarar la autoliquidación del IVA del segundo trimestre de este año.
  • Modelo 309: declaración-liquidación no periódica sobre el segundo trimestre.
  • Modelo 349: para hacer la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias de junio y del segundo trimestre del presente año.
  • Modelo 592: para declarar el impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizables, correspondiente a junio y al segundo trimestre.

Asimismo, hasta el 25 de julio se tienen que enviar:

  • Modelos 200, 206 o 220: solo deben presentarlo aquellas sociedades que les coincida el periodo impositivo con el año natural. El resto, deberán hacerlo en los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores, al finalizar el periodo impositivo.
  • Modelo 282: para la declaración informativa anual de ayudas recibidas.

Finalmente, hasta el 30 de julio hay tiempo para presentar el modelo 303 para la autoliquidación del IVA de junio.

Agosto

Al igual que en meses anteriores, hasta el 20 de agosto es necesario presentar los modelos 111, 115 y 592. Y, hasta el día 30, el modelo 303. Todos ellos pertenecientes al mes anterior.

Septiembre

Llegando al final del penúltimo trimestre, hasta el día 20 de septiembre hay que presentar los modelos 111, 115, 349 y 592 correspondientes al mes de agosto.

Además, hasta el día 30 hay que presentar el modelo 303 para la autoliquidación del IVA de agosto, así como la solicitud de devolución del IVA igual o superior a 400 euros y correspondiente al ejercicio 2023. Para ello es necesario entregar los modelos 360 y 361.

calendario para autónomos tercer trimestre

Declaración trimestral de autónomos: octubre - diciembre

Llegando al último trimestre del calendario fiscal de los autónomos y pymes, las gestiones y las cargas tributarias tampoco cesan.

Octubre

Hasta el 21 de octubre de este año, los autónomos tienen que presentar dos modelos 111, uno para declarar el IRPF de septiembre y otro para hacer la declaración del tercer trimestre.

También el modelo 115 para declarar el IRPF de septiembre sobre los alquileres urbanos, así como el modelo 130 para el pago fraccionado de la renta del tercer trimestre (estimación directa) y el modelo 131 para la estimación objetiva.

Asimismo, es imprescindible entregar a Hacienda:

  • Modelo 202: pago trimestral de los autónomos sobre el Impuesto de Sociedades, si se fracciona.
  • Modelo 303: para la autoliquidación del IVA del tercer trimestre.
  • Modelo 309: para la declaración-liquidación no periódica sobre el tercer trimestre.
  • Modelo 349: para declarar las operaciones intracomunitarias, tanto de septiembre como del tercer trimestre.
  • Modelo 592: para presentar el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, tanto la declaración de septiembre como la del tercer trimestre.

Por otro lado, hasta el 30 de octubre hay tiempo para presentar el modelo 303, correspondiente a septiembre. Y hasta el día 31, el modelo 235 y la solicitud de inclusión para el 2025 CCT (Cuenta Corriente Tributaria).

Noviembre

Para todos aquellos que han fraccionado el pago de la renta, tienen hasta el día 5 de noviembre de este año para abonar la segunda y última cuota.

Asimismo, para los autónomos no se terminan las obligaciones fiscales, pues hasta el 20 de noviembre deben presentar, otra vez, el modelo 111, 115, 349 y 592 correspondientes a octubre.

Diciembre

Finalmente, el día 2 de diciembre es la fecha de presentación del modelo 303, que corresponde a la autoliquidación del IVA de octubre.

Asimismo, hasta el 20 de diciembre se tienen que presentar los modelos 111, 115, 349, 592 y el 202, que corresponde al pago fraccionado a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades.

calendario fiscal para autónomos cuarto trimestre

Descargar el calendario fiscal para autónomos - PDF

Como ves, el calendario de los autónomos está lleno de obligaciones fiscales y gestiones que, de pasarse por alto, suelen conllevar amonestaciones económicas.

Es por ello que desde Life5 hemos creado el calendario fiscal 2024 en PDF y que te puedes descargar totalmente gratis. En él hemos indicado todas las fechas para presentar los diferentes modelos, así como los plazos para realizar el pago del IRPF, del IVA y más. De esta manera, no te perderás ninguna entrega.

Descárgate ahora nuestro calendario fiscal para autónomos de este año.

Calcular mi seguro de vidaCalcular mi seguro de vida