Impuesto de Sucesiones en Andalucía: cuánto se paga en 2026

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Por Equipo editorial de Life5Revisado por Ana Geis, Responsable de distribución (DGSFP J3945)Actualizado el 3 de agosto de 2026

El Impuesto de Sucesiones es un tributo que hay que liquidar cuando recibimos una donación y herencia. En España, cada comunidad tiene unas leyes y normas diferentes en torno a cuánto hay que pagar, cómo y cuáles son las reducciones.

¿Cuánto se paga por una herencia en Andalucía en 2026? En la mayoría de los casos entre familiares directos, 0 €. Desde 2022, cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos (Grupos I y II) restan 1.000.000 € por heredero de la base imponible (Ley 5/2021, art. 28) y, sobre la cuota que quede, aplican una bonificación del 99 %. El capital de un seguro de vida se suma a la herencia con una reducción adicional de hasta 9.195,49 € y la misma bonificación. Hermanos, tíos y sobrinos (Grupo III) tienen menos ventajas: 10.000 € de reducción, tarifa del 7 % al 26 % y coeficiente 1,5, sin bonificación. El impuesto se autoliquida con el modelo 650 en un plazo de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable otros 6.

Así pues, en este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Andalucía.

¿Quiénes son las personas más beneficiadas del Impuesto de Sucesiones en Andalucía?

A modo de resumen, las personas más beneficiadas del Impuesto de Sucesiones en la región de Andalucía son las siguientes:

  • Descendientes directos del donante o persona fallecida.
  • Cónyuge del donante o persona fallecida.
  • Ascendientes del donante o persona fallecida.

La norma estatal establece una clasificación por grupos y supuestos de equiparaciones, que en el caso de Andalucía son:

  • Grupo I. Descendientes o adoptados, menores de 21 años.
  • Grupo II. Descendientes o adoptados, a partir de 21 años. Cónyuges, ascendientes o adoptantes.
  • Grupo III. Colaterales de 2º y 3º grado por consanguinidad o afinidad. Ascendientes o descendientes por afinidad.
  • Grupo IV. Grados de parentesco más distantes y extraños.

Las equiparaciones se aplican para establecer las reducciones a la base imponible, coeficientes multiplicadores y bonificaciones que se desglosan más adelante.

  • Parejas de hecho inscritas en el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía se equipararán a los cónyuges.
  • Personas en acogida familiar permanente y guarda con fines de adopción se equipararán a los adoptados.
  • Personas en acogimiento familiar permanente y guarda con fines de adopción se equipararán a los adoptantes.

Plazos para liquidar el Impuesto de Sucesiones en Andalucía

Si quieres evitar problemas con Hacienda, te recomendamos que prestes atención a los plazos que debes de seguir dependiendo de tu situación para presentar toda la documentación necesaria para liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Andalucía:

  • Para donaciones: 30 días hábiles desde el día siguiente a la firma de acta, contrato o recibo.
  • Para herencias y seguros de vida: 6 meses desde el fallecimiento. Se puede solicitar una prórroga de otros 6 meses dentro de los primeros 5 meses tras el fallecimiento (es una solución a casos donde se requiere de tiempo para aclarar distintas situaciones o recaudar dinero para liquidar el impuesto). La prórroga devenga intereses de demora desde el fin del sexto mes.

Cómo presentar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Andalucía

Para herencias y seguros de vida se presenta el modelo 650; el 651 es solo para donaciones. Para liquidarlo tienes dos formas disponibles:

  • De forma electrónica. Mediante certificado digital.
  • De manera presencial. Deberás de acudir a una oficina de atención al contribuyente pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Dónde se realiza el ingreso del ISD en Andalucía

Puedes realizar el ingreso de la cantidad que tengas que liquidar en los siguientes lugares:

  • Entidades colaboradoras.
  • Plataforma Telemática de Pago y Presentación.
  • Por tarjeta VISA o cargo en cuenta en las sedes de las Gerencias Provinciales o en la Unidad Tributaria de Jerez de la Frontera.
  • Con cargo a cuenta en las oficinas de Información y Asistencia a cargo de los Registradores de la Propiedad.

Respecto a la documentación que necesitarás para liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones no puedes olvidar:

  • Escritura pública o acto del contrato: primera copia y copia simple. Puede que el notario haya registrado a la Agencia Tributaria una copia simple electrónica, por lo que no haría falta (la recomendación es que la prepares independientemente, por lo que pueda pasar).
  • En caso de herencia o donación, si se trata de un bien inmueble, habrá que llevar la copia del último recibo de IBI o certificado del valor catastral.

Reducciones en el Impuesto de Sucesiones en Andalucía

Existen numerosas reducciones aplicadas al Impuesto de Sucesiones en Andalucía. Cada caso es diferente y para cada persona hay una clase de deducciones u otras.

Reducciones para los herederos del ISD en Andalucía

A rasgos generales, las principales reducciones en Andalucía son:

Reducciones vigentes desde el 01-01-2022 (Ley 5/2021):

  • Grupos I y II (hijos, cónyuge, ascendientes): 1.000.000 € por heredero, sin importar su patrimonio previo (art. 28).
  • Grupo III (hermanos, tíos, sobrinos): 10.000 € (antes 7.993,46 €).
  • Grupo IV: sin reducción por parentesco.
  • Por discapacidad (art. 29, acumulable a la de parentesco): 250.000 € si el grado es ≥33 % y <65 %; 500.000 € si es ≥65 % — un hijo con discapacidad puede restar hasta 1,5 M€ de la base.

Otras reducciones:

  • Beneficiarios de seguros de vida: reducción en la base imponible del 100%. Límite de 9.195,49 euros.
  • Vivienda habitual: reducción del 99 % de su valor si el adquirente es cónyuge, ascendiente, descendiente o colateral mayor de 65 años que conviviera los 2 años previos, con obligación de mantenerla solo 3 años (art. 27 Ley 5/2021).

Más reducciones ‘mortis causa’:

  • Reducción del 99% por la adquisición «mortis causa» de empresas individuales, negocios profesionales y participaciones en entidades. El único requisito es permanecer al menos 5 años.

Reducciones para las personas que reciben Donaciones en vida en Andalucía

Si Andalucía es tu residencia habitual y recibes una donación, tendrás una serie de reducciones orientadas a las Donaciones en Andalucía:

  • Del 99% sobre la base imponible si se dona dinero a descendientes menores de 35 años o con discapacidad si se trata de la adquisición de una vivienda habitual.
  • Del 99% en adquisiciones de empresa individual, negocio profesional o participaciones en entidades

Existen otro tipo de reducciones más específicas según el patrimonio que se vaya a adquirir o la persona que lo reciba. En la mayoría de casos de estas reducciones hay límites que suelen estar entre los 120.000 y 180.000 euros. Y no debemos de olvidar que se trata de un impuesto progresivo que no tiene porcentaje fijo de gravamen y se tendrán que aplicar las tarifas y coeficientes multiplicadores que veremos en el siguiente apartado.

La bonificación del 99 % en Andalucía

Desde el 11 de abril de 2019, los contribuyentes de los Grupos I y II aplican una bonificación del 99 % de la cuota en adquisiciones mortis causa (art. 39 de la Ley 5/2021) y también en donaciones (art. 40), siempre que estas se formalicen en documento público y, si se dona dinero, se justifique el origen de los fondos.

Combinada con el millón de euros exento por heredero, el resultado es que una herencia típica entre padres e hijos en Andalucía sale a 0 € de cuota.

Calcular el Impuesto de Sucesiones en Andalucía

Para calcular el Impuesto de Sucesiones en Andalucía, el proceso desde 2022 es este:

  1. A la base liquidable se aplica la tarifa andaluza propia: 11 tramos, del 7 % en el primer tramo al 26 % de marginal máximo (la estatal llega al 34 %) — art. 37 Ley 5/2021.
  2. La cuota se multiplica por un coeficiente fijo según parentesco: 1,0 (Grupos I y II), 1,5 (Grupo III) o 1,9 (Grupo IV). Desde 2022, el patrimonio preexistente del heredero ya no influye en el cálculo (art. 38).
  3. Si eres Grupo I o II, sobre esa cuota aplicas la bonificación del 99 %.

Preguntas frecuentes sobre el impuesto de sucesiones en Andalucía

¿Cuánto paga un hijo por heredar de sus padres en Andalucía?

¿Cuánto pagan los hermanos o sobrinos (Grupo III)?

¿Cómo tributa un seguro de vida en una herencia andaluza?

¿Las donaciones en Andalucía también tienen la bonificación del 99 %?

Una de las estrategias más inteligentes para evitar que tus herederos tengan que renunciar a la herencia por no poder pagar los impuestos es contar con un seguro de vida. El capital garantizado servirá para liquidar este impuesto de forma inmediata. Si te preguntas cuánto cuesta un seguro de vida, la realidad es que por unos pocos euros al mes puedes dejar su futuro fiscal totalmente resuelto.

Si te interesa profundizar, tenemos una guía específica sobre tributación del seguro de vida por fallecimiento, con el árbol de decisión entre Impuesto de Sucesiones e IRPF paso a paso.

Para que un imprevisto no desmonte lo anterior, existe el seguro de vida claro y sin letra pequeña.