Cómo son las deducciones de los seguros de vida con plan de ahorro
Las deducciones de los productos de vida-ahorro van a depender del tipo de producto del que se trate. Los seguros de vida ahorro, como los PIAS (Plan Individual de Ahorro Sistemático) tributan por el rendimiento de capital mobiliario, solo tributan los intereses generados, y los PPA (Plan de Pensiones Asegurado) por el rendimiento neto del trabajo, lo que te permite poder desgravarte.
PPA (Plan de Pensiones Asegurado)
Con los PPA podrás desgravarte de las aportaciones que hayas hecho durante todo el año. El límite en este caso es de 8.000 € al año, estando limitado al 30% de los Rendimientos Netos del Trabajo y Actividades Profesionales. También son permitidas aportaciones adicionales, de 2.5000 € si el cónyuge tienen ingresos menores a 8.000 € y de hasta 10.000 € por un familiar con discapacidad a su cargo.
Los límites pueden variar según la Comunidad Autónoma. Por ejemplo, el límite deducible en el País Vasco es de 5.000 € y en Navarra se encuentra entre 3.500 € y 6.500 € según la edad.
PIAS (Plan Individual de Ahorro Sistemático)
El caso de los PIAS es bastante diferente al anterior. No puedes desgravarte con las aportaciones realizadas, sino que lo harás al momento de realizar el rescate. Este puede ser realizado mediante pensión vitalicia o de golpe.
Cuando los PIAS son rescatados en forma de renta, y han pasado más de 5 años desde que se comenzó con la inversión, tienen bastantes beneficios. Se tributa dependiendo de la edad a la que comience el rescate.
- Menos de 40 años un 40%.
- Entre 40 a 49 años el 35%.
- De 50 y 59 años un 28%.
- Desde 60 hasta los 65 años el 24%.
- De 66 a 69 años el 20%.
- Los mayores de 70 años un 8%.
En el caso de que el rescate se haga todo de una vez, en forma de capital, tributan como ganancias y pérdidas patrimoniales en la base de ahorro. Se hace por los beneficios que se han obtenido en función de tres escalas de tributación:
- Hasta 6.000 € al 19%.
- Entre 6.000 € y 50.000 € al 21%.
- Más de 50.000 € al 23%.
Tributación de un seguro de vida
El impuesto de los seguros de vida dependerá de quién es el beneficiario. En el caso de que el beneficiario sea la misma persona que el tomador del seguro, se refleja como IRPF.
Si el beneficiario es una persona distinta al tomador, como suele ocurrir en los seguros de vida riesgo que cubren el fallecimiento, tributan por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
También es importante tener en cuenta la forma de cobro de la cantidad asegurada:
Cobro en forma de capital
Lo que se tributa es la diferencia que existe entre el importe que se recibe y las primas que se han pagado. Dependerá de la cantidad:
- Si es menor a 6.000 € se tributa el 21%.
- Para cantidades de 6.000 € a 24.000 € será un 25%.
- Si la cantidad es superior a 24.000 € tributa al 27%.
Recuerda que, salvo cambio, en algunas comunidades autónomas este impuesto está bonificado hasta en un 99%.
Recibir el dinero como renta
Lo primero que se diferencia es si se trata de una renta vitalicia o una temporal. Para las vitalicias, la renta se reparte en los primeros 10 años de su cobro. En el caso de la renta temporal los porcentajes varían según los años de cobro.
- 12% si la renta es de 5 o menos años.
- 16% si dura de 5 a 10 años.
- 20% si es de 10 a 15 años.
- 25% si la renta tiene una duración mayor de 15 años.
Debes saber que todos los seguros, incluidos los seguros de vida están exentos de pagar IVA. Y que los impuestos pueden variar según la Comunidad Autónoma en la que te encuentres.
Dónde se pone el seguro de vida en la declaración de la renta
Si cumples con los requisitos para desgravarte de tu seguro de vida, debes tener en cuenta cuál es la casilla del seguro de vida en la renta que debes marcar para poder desgravarte.
- En el caso de un seguro de vida vinculado a la hipoteca, deberás dirigirte al apartado de Régimen de estimación directa y marcar la casilla 200 de la prima de seguro.
- Para los seguros de vida con plan de ahorro, la casilla que se deberá señalar será la 35, como cualquier plan de ahorro a largo plazo que se tenga contratado.
También debes tener en cuenta otras casillas sobre el seguro de vida en la renta:
- La casilla 32 sobre los rendimientos de contratos de seguro de vida/invalidez y de operaciones de capitalización
- La 44 del Importe de los capitales diferidos de seguros de vida
- Casilla 114 sobre las primas de contratos de seguros.
- Si la contratación del seguro de vida fue obligatoria, revisa las casillas 547 y 548 de deducción por inversión en vivienda habitual. En este caso el seguro de vida forma parte de la base de deducción.
Recuerda revisar bien todos tus datos a la hora de hacer tu declaración de la renta.