¿Es delito sacar dinero de la cuenta de un fallecido?

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Cuando una persona cercana fallece, además de enfrentarnos a un momento emocional bastante complicado, nos encontramos ante cuestiones legales que pueden ser algo confusas. Uno de los temas que suele generar más preguntas es si es delito sacar dinero de una cuenta de un fallecido y qué hacer con sus cuentas bancarias. Esta es una situación delicada, y es mejor conocer las regulaciones específicas para evitar problemas legales.

Sacar dinero de la cuenta de un fallecido ¿es posible?

En España, retirar dinero de la cuenta de una persona fallecida sin tener la autorización adecuada puede ser considerado un acto ilícito y sujeto a sanciones legales.

La razón detrás de esto es que el dinero en la cuenta bancaria forma parte de la herencia del fallecido y debe ser distribuido entre los herederos de acuerdo con la voluntad del difunto o las leyes de sucesión vigentes.

Por tanto, en caso de sacar dinero de una cuenta bancaria de una persona fallecida sin autorización o sin haber procedido a la aceptación de herencia, puedes estar incurriendo en un delito por apropiación indebida.

Si hay dos titulares y uno fallece, ¿el cotitular puede sacar dinero?

Como sabemos, es posible que una cuenta bancaria tenga varios titulares. Cada cotitular puede actuar en su propio nombre para efectuar gestiones, pagos, o retiradas de dinero en vida de los otros titulares, ya que se trata de una cotitularidad administrativa.

No obstante, en caso de fallecer uno de los titulares, los demás pueden tener acceso al dinero, pero solo a la parte que le corresponde y no en su totalidad.

Eso quiere decir que si hay dos titulares en una cuenta y uno fallece, el otro puede sacar dinero, pero solo el 50% que le corresponde. Si saca más, estará cometiendo un delito.

¿Un autorizado puede sacar dinero de un fallecido?

Para saber si un autorizado puede sacar dinero de un fallecido, primero hay que entender quién es esta figura.

Un autorizado es una persona designada por el titular de la cuenta que puede tener acceso a la misma y actuar en su nombre, como si del propio titular se tratara, pero solo hasta su deceso.


  • Cuando fallece el titular de la cuenta, el autorizado pierde todos los derechos de acceso y de gestión de la cuenta. Por lo tanto, no podrá acceder a los fondos de la misma.
  • Otra cuestión es que el fallecido haya designado a una persona autorizada para retirar su dinero cuando ya no estuviese. La autorización, en este caso, es exclusiva para tal fin.

El albacea

La figura autorizada por el falllecido para retirar dinero tras su deceso es la única que tiene potestad para retirar los fondos de una cuenta de banco del fallecido.

Esta persona es el albacea o ejecutor testamentario, pero siempre y cuando haya sido escogido por la persona fallecida y esto esté descrito en su testamento. En caso de no existir un ejecutor designado, los herederos tendrán que aceptar la herencia y nombrar a una persona que actúe en nombre de todos como autorizado.

Apropiación indebida de herencia

En nuestro país, la apropiación indebida de una herencia, sobre todo en lo que respecta a las cuentas bancarias, es un asunto grave y sujeto a regulaciones legales estrictas.

Se entiende por apropiación indebida de una herencia cuando alguien toma posesión o control de los bienes que pertenecen a la masa hereditaria de una persona fallecida, sin tener el derecho legal para hacerlo.


En el caso específico de las cuentas del banco, esto significa retirar fondos de la cuenta del difunto sin la adecuada autorización legal.

Por esa razón, es importante conocer qué dice la legislación española sobre sacar dinero de la cuenta de un fallecido, para no incurrir en un delito.

  • Por un lado, el artículo 252 del Código Penal establece que se procederá a castigar a aquellos que teniendo la facultad para administrar un patrimonio que no es propio (bien por ley, delegación de la autoridad o asumida por un negocio jurídico), se excedan en el ejercicio de dicha facultad, causando perjuicio al patrimonio administrado.
  • Además, la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su artículo 798, determina que en caso de fallecimiento, los herederos tienen que aceptar la herencia si quieren disponer de los bienes del fallecido. Mientras no se produzca tal aceptación, la herencia se mantendrá en situación “yacente”. Eso significa que los bienes no pueden ser transferidos, ni tampoco vendidos. Por tanto, no se puede tocar el dinero de la cuenta hasta entonces.

Una apropiación indebida de herencia, lo cual incluye también la retirada no autorizada de fondos de cuentas bancarias, puede tener consecuencias legales serias.

Sanciones por sacar dinero de la cuenta de un fallecido

Conocer bien los trámites a realizar en el banco después de un fallecimiento ayuda a actuar bajo la legalidad, evitándonos muchos problemas.

Según el Código Penal, apropiarse de manera indebida de los fondos de una persona que ha fallecido puede suponer diferentes sanciones. Estas pueden ser desde multas, hasta penas de prisión de entre 6 meses y 3 años, dependiendo del dinero sustraído.


Por otro lado, emplear métodos engañosos para sacar el dinero de la cuenta del fallecido (mentir a las autoridades, falsificar documentos, etc.), podría ser considerado fraude. Todo ello puede suponer sanciones similares a las de la apropiación indebida.

Siendo más concretos, la manipulación de documentos con el fin de retirar dinero, implica un delito de falsificación de documentos recogido en el Código Penal, en los artículos 392 a 399. Este delito también puede acarrear multas y penas de prisión.

Además, si se retirase el dinero sin haber pagado el Impuesto de Sucesiones, el responsable podría enfrentarse a tener que abonar entre un 5% y un 20% más de cuota, en función de la demora del pago.

Por último, la Ley de Enjuiciamiento Civil determina que incumplir con la situación de herencia yacente, puede llegar a generar la nulidad de las disposiciones testamentarias, así como la pérdida de los derechos sucesorios.


Eso significa que sacar dinero de la cuenta de un fallecido sin la apropiada autorización, no solo derivará en consecuencias legales, sino que te puede dejar sin dinero o bien alguno. Es importante resaltar que las sanciones por retirar ese dinero pueden variar según las circunstancias particulares de cada caso y la cantidad económica involucrada.

Además de las sanciones penales, es posible que los responsables también tengan que reponer los fondos retirados de manera ilegal y pagar daños y perjuicios a los herederos legales.

¿Se puede usar el dinero de la cuenta de un fallecido para pagar el entierro?

El precio medio de un entierro en España puede superar los 3.700 €.

Por esa razón, si la persona que ha fallecido no contaba con un seguro y sus herederos deben financiar el sepelio, es normal que se pregunten si pueden usar el dinero que esta tenía en el banco para tal fin.

La respuesta es afirmativa. Se puede emplear el dinero de la cuenta bancaria del fallecido para pagar su funeral y entierro, incluso antes de realizar los trámites pertinentes para recibir la herencia.


Además de este, hay otro caso en el que los herederos pueden utilizar el dinero que el causante tuviese en el banco, de forma anticipada. Dicho supuesto es hacer frente a los trámites fiscales que supone aceptar la propia herencia. Es decir, se podría sacar dinero de esa cuenta para abonar el Impuesto de Sucesiones, por ejemplo.

Sin embargo, para evitar complicaciones a nuestros seres queridos, lo mejor es siempre contar con un seguro que garantice que estos no van a cargar con el coste económico del entierro.

Para ello existen los seguros de decesos, pero debes saber que hay seguros de vida que dan anticipos de capital para el entierro. Es el caso de los seguros de vida Life5, que ofrecen un anticipo de hasta 9.000 € (máximo un 10% del capital total) para los gastos de sepelio.

Cómo sacar dinero después de una defunción

Aquellas personas que tengan potestad legal para obtener el dinero de la cuenta del banco tras una defunción, podrán hacerlo presentando en la entidad bancaria:

  • El certificado de defunción del titular de la cuenta.
  • Registro de Actos de Última Voluntad.
  • Copia del testamento.
  • El documento que atestigüe la autorización requerida.
  • La identificación personal.

Los pasos a seguir, resumidamente, serían:

  1. Pagar el Impuesto de Sucesiones.
  2. Presentar la documentación necesaria, así como el comprobante de pago del ISD, la relación de bienes declarados y el cuaderno particional.
  3. Tras esto, el banco emitirá un informe donde quede expresada la repartición de todos los bienes. Los herederos tendrán que firmarlo para dar su conformidad.
  4. Por último, la entidad bancaria procederá a traspasar las cuantías correspondientes a los herederos a cada una de sus cuentas.

¿Quién puede cerrar una cuenta bancaria de un fallecido?

Si te preguntas quién puede cerrar una cuenta bancaria de un fallecido, la respuesta es la misma que para quién puede retirar los fondos de dicha cuenta. Solo podrán gestionarla y tomar decisiones sobre ella, como cerrarla, los herederos, los cotitulares o las personas autorizadas para ello.

Para poder cerrar la cuenta del fallecido se deben seguir una serie de pasos:

  1. Informar al banco del fallecimiento.
  2. Entregar la documentación oportuna. Esta es:
    • Certificado de defunción.
    • Certificado de Actos de Última Voluntad.
    • Copia del testamento autorizada o acta de notoriedad.
    • Justificante de adjudicación de los bienes de la herencia.
    • Justificante del pago del Impuesto de Sucesiones.
  3. Tramitar la solicitud de baja de la cuenta o de baja de titularidad en la cuenta compartida.
  4. Si la cuenta se va a cancelar del todo porque solo había un titular, esta debe quedarse a saldo cero y cancelar los productos financieros que estuvieran asociados a ella.
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