Desheredar: ¿Qué significa?
Cuando se habla de desheredación, puede parecer que nos estamos refiriendo a la privación de que una persona reciba la herencia de un fallecido. Sin embargo, este término se refiere a la privación de la legítima, una de las partes por las que está formada una herencia en España. Para eso es importante diferenciar dos conceptos:
- Herencia: es el conjunto de bienes y derechos de una persona fallecida que pasan a ser de otra u otras personas tras su defunción.
- Legítima: es la parte de la herencia que irá dirigida por obligación a los herederos forzosos (familiares que, según marca la ley, heredarán de forma obligatoria una parte de los bienes). Aquí se incluye la indispensable y la de mejora.
Esto es así, porque además de los herederos forzosos, en las herencias con testamento, existen los herederos voluntarios, que para que reciban parte de una herencia deberán ser nombrados por el testador de forma expresa (para que no hereden bastará con no incluirles en el testamento).
Desheredación justa o injusta
El juez debe decretar si la desheredación es válida o no. Por ello se diferencian dos tipos diferentes de desheredación:
- Se considera desheredación justa la que se lleva a cabo habiendo cumplido todos los requisitos legales establecidos.
- La desheredación es injusta cuando la causa legal para la privación de la legítima a un heredero forzoso no ha sido expresada, cuando al ser reflejada en el testamento no puede probarse o si no se considera causa legal en la ley.
Recuerda que para que la desheredación sea posible, si esta se impugna, el juez tiene que declararla justa, si, por el contrario, se decreta como injusta, esta será anulada y el heredero podrá acceder a la parte de la legítima que le corresponde.
El plazo para impugnar una desheredación injusta es de 4 años desde que se conoce el contenido del testamento tras el fallecimiento del testador.
Cómo desheredar a un hijo: requisitos
Según se expresa en el código civil, este proceso de desheredación de un heredero forzosos solo es posible:
- A través del testamento
- Indicando de forma expresa la desheredación y la causa legal por la que se realiza. Es necesario especificar bien y con claridad al forzoso que se quiere desheredar.
- La causa legal debe ser una de las que aparece en el código civil y tiene que ser cierta. En caso de que no sea así, el desheredado podrá negarla e impugnarla para ser considerada como injusta. El resto de herederos forzosos, si los hubiera, podrán probar que la causa es cierta.
Si la causa no se expresa correctamente, no está dentro de la ley o es incierta, el heredero quedará protegido y se anulará la desheredación.
De esta manera, para desheredar a un hijo totalmente, el fallecido deberá haber hecho testamento siendo mayor de 14 años, de forma voluntaria, en perfecto estado de salud mental y cumpliendo los requisitos anteriores. Sin embargo, hay que tener en cuenta el tipo de testamento utilizado, ya que en el ológrafo será necesario que el testador sea mayor de edad.
Recuerda que si no quieres que otra persona diferente a los forzosos reciba parte de la herencia, bastará con no nombrarle en la parte de libre disposición.
Causas legales para desheredar en España
Cuándo quieres desheredar a un hijo, es imprescindible que en el testamento reflejes la causa legal por la que se efectúa. Las causas por las que se puede realizar esta práctica están reflejadas en el Código Civil, en los artículos 852 a 855. No será posible que se lleve a cabo la desheredación por una causa distinta a estas.
En primer lugar, debemos saber que hay dos tipos de causas, las genéricas y las específicas. Dentro de las específicas, también veremos las señaladas para desheredar a los padres o al cónyuge.
Causas genéricas
Las causas generales señaladas para desheredar a un legitimario (hijo, padre o cónyuge) son:
- Que el legitimario haya sido condenado con sentencia firme por atentar contra la vida, causar lesiones o ejercer violencia de forma habitual, sea física o psíquica, al testador, en el ámbito familiar del testador, a su cónyuge o pareja o a sus descendientes o ascendientes.
- Si el legitimario ha sido condenado con sentencia firme por delitos contra la libertad, integridad moral y la libertad e indemnidad sexual, cuando quien la sufre, cualquiera de las personas mencionadas en el punto anterior.
- En caso de que el legitimario acuse al testador de delito para el que la ley señale pena grave, si es condenado por denuncia falsa.
- Obligar por medio de amenazas, fraude o violencia al testador para que este haga o realice cambios en su testamento.
- Impedir a otro por amenazas, fraude o violencia a hacer o revocar su testamento o suplantar, ocultar o alterar otro testamento posterior.
Causas específicas para desheredar a los hijos y descendientes
Además de las causas generales que se pueden expresar, existen 2 causas específicas para los hijos o descendientes:
- Negar sin motivo legítimo al padre o ascendiente (el testador) alimentos.
- Cuando el hijo o descendiente ha maltratado de obra o injuriado de forma grave al testador, en este caso su padre o ascendiente.
Causas específicas para desheredar a los padres y ascendientes
Los padres o ascendientes pueden ser herederos forzosos cuando no hay hijos o descendientes. En este caso, podrán ser desheredados por varios motivos legales:
- Si el padre pierde la patria potestad por el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
- Cuando el padre o ascendiente niega, sin motivo legítimo, alimentos a los hijos o descendientes.
- En caso de que uno de los padres atente contra la vida del otro y no haya habido reconciliación entre ellos.
Causas específicas para desheredar al cónyuge
Finalmente, el cónyuge también podría ser desheredado si es heredero forzoso cuando no hay ni descendientes ni ascendientes. Las causas específicas para desheredar en este caso serían:
- Incumplir de forma grave o reiterada los deberes conyugales.
- Perder de la patria potestad por el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
- La negación de alimentos a los hijos o al otro cónyuge.
- Atentar contra la vida del cónyuge testador y no se haya producido la reconciliación.
¿Qué efectos tiene la desheredación?
Cuando se deshereda a un hijo, la pérdida del derecho a recibir la legítima no será el único efecto que esto conlleve. De esta manera, cuando un padre deshereda a un hijo, se producen las siguientes consecuencias:
- La ya nombrada pérdida del derecho a la legítima.
- De forma general, este hecho no afecta a las donaciones en vida. Sin embargo, en caso de que el hecho que ha provocado la desheredación sea causa de la anulación de las donaciones en vida realizadas por el testador al desheredado, estas podrán ser revocadas.
- La parte correspondiente de la legítima del desheredado pasará a los hijos o descendientes de este en caso de tenerlos, de esta manera recibirán la parte de la herencia que correspondía a su padre.
- Si el desheredado no tuviese hijos, su parte se repartiría entre el resto de los forzosos, obteniendo así una mayor cantidad.
- En caso de no existir más herederos forzosos, pasará la los herederos nombrados según la sucesión intestada.
- La desheredación podrá quedar sin efecto en caso de reconciliación.
Se puede deshacer la desheredación
Así es, cuando el testador y el heredero se reconcilian, la desheredación queda anulada y, por tanto, el heredero forzoso tendrá el derecho a recibir su parte de la legítima tras el fallecimiento del testador.
Además, si el desheredado impugna la desheredación, entabla acciones judiciales y el juez declara desheredación injusta, esta quedará anulada.