Los seguros de vida sirven de gran ayuda en momentos muy difíciles. Funcionan como apoyo económico en determinadas circunstancias. A pesar de esto, debes saber que habrá que pagar impuestos a la hora de cobrar la indemnización, y que la cantidad que se deberá abonar dependerá de si la reciben los beneficiarios de la póliza o el propio tomador. Te contamos todo lo que necesitas saber sobre la fiscalidad en los seguros de vida.
Fiscalidad de los seguros de vida riesgo
Nos vamos a centrar en la tributación de los seguros de vida riesgo, dejando a un lado los de ahorro. La fiscalidad en las pólizas de vida riesgo será diferente dependiendo del tipo de contingencia sucedida. En caso de fallecimiento, quienes reciben el dinero del seguro son los beneficiarios, mientras que en el caso de incapacidad permanente es el mismo asegurado. De esta manera, los impuestos que se deben pagar son diferentes para ambos supuestos y se deben tener en cuenta algunos factores determinantes, como la cantidad de capital asegurado.
Impuestos al cobrar un seguro de vida
Los impuestos sobre seguros de vida que se deben pagar pueden ser varios dependiendo de quien reciba el dinero.
- Impuesto de sucesiones y Donaciones (ISD): Este impuesto grava la transmisión de bienes entre personas físicas. Por tanto, esto solo se paga en los seguros de vida en caso de fallecimiento, ya que quien cobra el dinero es el beneficiario del seguro.
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Concretamente, es por los rendimientos de capital mobiliario, que son los procedentes de operaciones de capitalización, de contratos de seguro de vida o invalidez. Este es el característico de los seguros de vida e invalidez.