Si tienes varios tipos de seguros contratados y estás haciendo tu declaración de la renta, aquí vamos a contarte qué seguros puedes desgravarte en tu declaración y que te salga a devolver o tengas que pagar menos. ¡Muy atento!
¿Qué seguros desgravan en la declaración de la renta?
Si años atrás no te has enterado qué seguros desgravaban en la declaración de la renta de 2019 o 2020, este año no te pillará por sorpresa. Puede que tengas gastos deducibles en tu declaración al pagar varias pólizas de seguro al año. Aquí te dejamos un listado con los tipos de seguro y las condiciones necesarias para poder desgravarlo en tu declaración.
Desgravar seguros vinculados a la hipoteca
Si compraste una vivienda y formalizaste tu hipoteca antes del 1 de enero de 2013, podrás desgravar los seguros vinculados a dicha hipoteca, seguros de vida, de hogar o de protección de pagos, siempre y cuando tenga relación con la vivienda.
Podrás desgravar en tu declaración de la renta los seguros de vida u hogar y otros como el de la protección de pagos, en los que el beneficiario de la póliza es la entidad financiera con la que has contratado la hipoteca. Podrás desgravarte hasta un máximo de 9.040 euros, umbral máximo sobre el que Hacienda reducirá un 15%.
Seguros de autónomos, cómo desgravan en la declaración de la renta
Si eres autónomo, ten en cuenta que podrás desgravarte varios seguros en tu declaración de la renta. Por ejemplo, el de baja laboral o el de enfermedades graves o el seguro médico desgravan si los suscribes como alternativa al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Podrá deducirse el importe de las primas de la póliza de salud, vida o enfermedad para el propio autónomo y para su cónyuge e hijas menores de 25 años que vivan con él. Hay un límite de 500 euros a deducir por persona. En caso de haber algún discapacitado el límite es de 1.500 euros.
Además, en caso de que seas autónomo y contrates un seguro de salud para tus empleados, estos también son deducibles en la declaración de la renta.
Los trabajadores autónomos también pueden desgravarse de la declaración de la renta los seguros relacionados con el desarrollo de su actividad, por ejemplo, el seguro de responsabilidad civil, los seguros de robo o protección de mercancías e incluso el seguro de vida.
En cuanto a los seguros de vehículos, como norma general no pueden desgravarse, salvo que sean vehículos que se utilicen solo para la realización de la actividad laboral. Deberás probar ante Hacienda que lo utilizas exclusivamente para desempeñar tu labor profesional. Estos son los vehículos que la ley del IRPF considera que afectan 100% a la actividad del autónomo:
- Vehículos mixtos destinados al transporte de mercancías.
- Automóviles que transportan pasajeros mediante contraprestación.
- Los destinados a la enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación.
- Vehículos destinados al desplazamiento de comerciales o representantes.
- Los destinados a ser cedidos y usados habitualmente que ocasionen un gasto.