Exclusiones del seguro de vida ¿Qué no cubre mi póliza?

Exclusiones seguros vida

Los seguros de vida se contratan con el objetivo de proteger a nuestros seres queridos, asegurándonos que estarán bien cuando nosotros ya no estemos para cuidarlos. Una póliza de vida garantiza que tu familia tenga un apoyo económico si tú falleces. Además de tu fallecimiento, puedes añadir otras garantías, para una mayor protección. Debes saber que existen algunas situaciones que no son cubiertas por este tipo de pólizas. Son las conocidas exclusiones del seguro de vida.

Exclusiones en un seguro de vida ¿Qué son?

Cuando el asegurado de un seguro de vida fallece, los beneficiarios reciben una indemnización. Esa cantidad de dinero está predeterminada en el contrato del seguro de vida y es lo que se conoce como capital asegurado.

Sin embargo, existe la posibilidad de que el beneficiario no tenga derecho a cobrar ese capital, si el fallecimiento se da por unas situaciones concretas.

Estas situaciones son las conocidas como exclusiones del seguro de vida, que en caso de producirse no están cubiertas por el seguro. Es decir, que si el fallecimiento del asegurado se da por una de estas circunstancias, el beneficiario no podrá cobrar la indemnización acordada. Las exclusiones deben aparecer siempre como cláusulas del seguro de vida en el contrato firmado por el tomador y la aseguradora.

Te contamos todo lo que necesitas saber sobre el contrato del seguro de vida.

Qué no cubre el seguro de vida

La cantidad de exclusiones de un seguro de vida por fallecimiento dependen de la aseguradora con la que contrates tu póliza. Sin embargo, existen algunas circunstancias comunes de este tipo de pólizas que no suelen cubrirse en ninguna entidad.

¿Cubren los seguros de vida el suicidio?

Depende del momento en el que este hecho se produzca. El suicidio en los primeros años de la póliza es una de las exclusiones más comunes de los seguros de vida.


De hecho, el artículo 93 de la Ley del Contrato de Seguro no deja cubrir este supuesto en el primer año del contrato. Se entiende por suicidio el fallecimiento del asegurado que él mismo ha causado de forma voluntaria y consciente.


Existen algunos seguros de vida que no cubren la defunción por suicidio en ningún momento, aunque en la mayoría de los casos, esta situación quedará cubierta después de un periodo de carencia establecido (normalmente después del primer año que se establece en la ley).

Esta exclusión del seguro de vida es añadida por las aseguradoras con el fin de evitar que una persona contrate el seguro de vida cuando ya tiene pensado suicidarse, para dejarle a sus familiares un apoyo económico. Si al contratar esta póliza el asegurado comete suicidio inmediatamente después, es considerado como un engaño a la aseguradora.

¿Y si rehabilito mi contrato?

En el caso de la rehabilitación de la póliza, es decir, la reactivación de un seguro de vida que estaba cancelado, sucederá lo mismo que con las nuevas pólizas. El asegurado no tendrá cubierta el fallecimiento por suicidio en el primer año tras su reactivación.

¿Qué pasa si aumento mi capital?

Cuando una persona decide aumentar su capital para cubrir mejor a sus familiares, el cambio debe ser aceptado por la aseguradora. Y en este caso, si el fallecimiento se produce por suicidio en el primer año después del aumento de capital, la indemnización que se dará a los beneficiarios será el capital escogido al principio.

Para que lo entiendas mejor, te lo contamos con un ejemplo:

Si al momento de contratar tu seguro de vida decides asegurar un capital de 150.000 €, pero por cambios en tu situación familiar (por ejemplo si has tenido un hijo) decides aumentar tu capital a 200.000 €, la aseguradora solo debería pagar como indemnización a tus beneficiarios 150.000 € si el fallecimiento es a causa de suicidio en el primer año tras la modificación del capital.

Fallecimiento causado por el beneficiario

La defunción del asegurado causada por el beneficiario de forma intencionada también es una de las exclusiones más comunes de los seguros de vida. Esto trata de evitar que el beneficiario del seguro de vida acabe con la vida del asegurado para cobrar la indemnización.

Si este caso se diera, y existen otros beneficiarios que no tienen responsabilidad sobre el fallecimiento del asegurado, serían ellos quien cobrasen el capital asegurado. Si no existiese otro beneficiario, la cantidad de capital se añadiría al patrimonio del tomador del seguro.

Fallecimiento por actos imprudentes

Las aseguradoras ponen ciertos límites para pagar la indemnización de los seguros de vida. Uno de ellos tiene que ver con las acciones imprudentes del asegurado. Es decir, que si el asegurado fallece realizando actividades peligrosas delictivas de gran riesgo los beneficiarios no tendrán derecho al cobro del capital.

Actos delictivos

En este caso, la defunción producida a causa de un acto negligente grave o de una imprudencia temeraria no será cubierto por el seguro de vida. Si por ejemplo, el asegurado estuviera cometiendo un robo.

Una persona tampoco quedará cubierta por la póliza si el fallecimiento se da a causa de riñas o peleas, a no ser que sea en legítima defensa.

Alcohol y drogas

Dentro de las exclusiones del seguro de vida, se suele encontrar los siniestros ocurridos como consecuencia del consumo de sustancias nocivas como son las bebidas alcohólicas y los efectos de cualquier tipo de droga (sin prescripción médica).

Accidente de tráfico por conducción temeraria

El fallecimiento en un accidente de tráfico no quedará cubierta si la causa del accidente y las circunstancias en las que ha ocurrido han sido provocadas por el asegurado o el beneficiario de forma consciente y voluntaria. Al igual que tampoco quedará cubierto si condujera bajo los efectos de las drogas o el alcohol.

¿Me cubre el seguro de vida si soy motorista?

Esto depende mucho de la aseguradora y el producto contratado. Existen algunos seguros donde se excluye el fallecimiento si este se produce con una moto de gran calibre superior a 125 cc. Aunque también puedes encontrar productos donde cualquier motorista está cubierto, e incluso productos especialmente diseñados para motoristas.

En Life5 cubrimos a moteros sea cual sea la cilindrada de su moto, aunque siempre quedarán excluidos los accidentes de moto en competiciones profesionales o amateurs. Descubre más sobre el seguro de vida para moteros de Life5.

Fallecimiento durante la práctica de deportes de riesgo

Otra exclusión muy común en los seguros de vida es el fallecimiento o invalidez producido durante la realización de actividades deportivas consideradas de alto riesgo.

Algunas de estas son la escalada, las carreras de motos y coches, el alpinismo, el toreo, rafting, ala delta o paracaidismo. Es cierto que cada aseguradora puede decidir qué deportes no cubrir, por lo que dependiendo del producto que escojas habrá más o menos actividades excluidas.

Al igual que para los motoristas, existen productos específicos para personas que realizan este tipo de actividades deportivas, donde sí quedarán cubiertos.

Además, debes tener en cuenta que la realización de estos deportes no significa que no puedas contratar un seguro de vida, sino que tu póliza no cubrirá tu fallecimiento si este se produce por la realización de este tipo de prácticas.

¿Cubre el seguro de vida el fallecimiento en accidente aéreo?

El fallecimiento del asegurado si estará cubierto si viajaba como pasajero en vuelos comerciales regulares o vuelos charter (contratación y uso privado de un avión, como puede ser un jet privado). Además, si por razones de seguridad se exige el salto en paracaídas desde el avión y el asegurado fallece durante este suceso, el seguro de vida también cubrirá el fallecimiento.

Es importante tener en cuenta que para que el fallecimiento sea cubierto, la aeronave debe estar pilotada por una persona que posea el título oficial para ello.

Sin embargo, hay algunas circunstancias que no se cubren cuando sucede un accidente aéreo. Normalmente, todos los seguros de vida excluyen el fallecimiento o invalidez del asegurado provocado en un accidente aéreo en un medio no autorizado para el transporte de viajeros, ya seas tripulante o pasajero.

Riesgos cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros

Existen algunas situaciones que pueden provocar el fallecimiento o la invalidez del asegurado que no cubre la póliza de vida, pero que sí están cubiertas por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Si se producen estas circunstancias, será el CCS el que pague la indemnización a los beneficiarios. Estas circunstancias son considerados siniestros extraordinarios y son:

  • Siniestros producidos por catástrofes naturales, como pueden ser los terremotos, maremotos, inundaciones, caídas de cuerpos siderales, huracanes, etc.
  • Siniestros provocados por hechos violentos como puede ser la rebelión popular, un conflicto o guerra de tipos social o político, el terrorismo, un motín o la sedición.
  • Fallecimiento producido por la actuación de las fuerzas armadas y cuerpos de seguridad en momentos en los que no existe ningún conflicto, es decir en tiempos de paz.

¿Qué personas quedan excluidas en un seguro de vida?

El seguro de vida, a diferencia de otro tipo de seguros como puede ser el de hogar o el del coche, es una póliza voluntaria. Sin embargo para que puedas contratarla debes cumplir unos requisitos concretos.

Personas mayores de 65 años

La edad es un dato importante a la hora de contratar un seguro de vida. De hecho, cuanto más mayor eres, más cara será tu póliza. La mayoría de las aseguradoras no suelen querer asumir grandes riesgos y no dejan contratar el seguro de vida a término si eres mayor de 65 años.

En el caso del seguro de vida para mayores de Life5, la edad máxima para contratar tu póliza son 74 años. Y la cobertura será hasta los 80.

Menores de edad

La contratación de un seguro de vida por menores de edad** está prohibida por la Ley del Contrato del Seguro**. Sin embargo, algunas entidades permiten asegurar a adolescentes a partir de los 14 años. En esta situación, el tomador debe ser otra persona mayor de edad y siempre con el consentimiento de sus padres.

Personas con profesiones de alto riesgo

Al igual que las actividades deportivas, existen profesiones de alto riesgo que no se incluyen en el seguro de vida. Normalmente, las pólizas no suelen cubrir a personas que trabajan en oficios como pilotos o tripulantes de un avión, motoristas, buzos, etc. Es posible contratar seguros especializados y pólizas que se adapten al tipo de trabajo.

En Life5 queremos proteger a la mayor cantidad de personas y hogares posibles, por lo que contamos con productos específicos que protegen a personas con determinados trabajos de riesgo.

Personas con enfermedades graves

Si padeces una enfermedad grave y quieres contratar el seguro de vida, lo más seguro es que la aseguradora no te deje contratar la póliza. Entonces ¿puedo contratar una póliza teniendo cáncer? Lo más posible es que no. (Lee más sobre la aprobación del Derecho al olvido oncológico)

En muchas ocasiones las aseguradoras te piden pasar un reconocimiento médico para comprobar tu estado de salud. Este no es el caso de Life5, ya que es un producto innovador que podrás contratar 100% online sin pasar un reconocimiento. Solo es necesario contestar un breve cuestionario.

En el caso de que la enfermedad se desarrolle después de la contratación de la póliza, el fallecimiento por enfermedad si estará cubierto.

Recuerda que debes ser siempre sincero con tu aseguradora, puesto que si descubren que realmente padecías la enfermedad con anterioridad a tu seguro, pueden negarse a pagar la indemnización.


Personas con incapacidad o invalidez

La contratación de un seguro de vida por parte de una persona con incapacidad e invalidez está prohibida por la Ley del Contrato de Seguros.

No residentes en España

Ser residente en España es un requisito imprescindible a la hora de contratar un seguro de vida en nuestro país. No es necesario que la persona asegurada sea de nacionalidad española, pero sí tiene que tener su residencia fiscal dentro del territorio nacional y que hayan vivido en España más de 6 meses.

El seguro de vida riesgo que te protege

Contratar el seguro de vida adecuado no es una tarea fácil. Debes tener en cuenta tu situación antes de elegir el producto que necesitas y fijarte bien en las clausulas del seguro de vida. E

l seguro de vida de Life5 es un producto renovado y flexible 100% online que se adapta a las necesidades de cada persona. Una póliza que podrás contratar y gestionar en tan solo unos minutos completamente online en tan solo unos minutos.

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