Consorcio de compensación de seguros

Consorcio compensacion seguros

Cuando contratas un seguro, no todos los riesgos están cubiertos por la entidad aseguradora. Existen algunas situaciones extraordinarias que quedan cubiertas por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Te contamos qué es, cómo funciona y todo lo que necesitas saber sobre el consorcio de compensación de seguros.

¿Qué es el consorcio de compensación de seguros?

El consorcio de compensación de seguros es una entidad pública empresarial que depende del ministerio de Economía y Competitividad y tiene personalidad jurídica propia. Esto quiere decir que pertenece al estado español y cuenta con unas funciones específicas que están concretadas en la Ley.

Se trata de una aseguradora a la que el resto de entidades aseguradoras pagan una parte del dinero que ingresan de las primas. Se hace para que pueda cubrir algunos riesgos provocados por situaciones extraordinarias como puede ser una catástrofe natural.

¿Qué riesgos cubre el consorcio de compensación de seguros?

Como ya hemos comentado, los riesgos que cubre el consorcio son riesgos provocados por situaciones extraordinarias, que no pueden cubrir las aseguradoras privadas, debido a la gran cantidad de dinero que deberían aportar en indemnizaciones.

Además de esos riegos extraordinarios producidos, por ejemplo, por fenómenos naturales o de los derivados de la incidencia política o social de las personas suscritas a un seguro, también asume la cobertura de seguros de automóvil no cubiertas por las aseguradoras privadas, o las indemnizaciones provocadas por automóviles sin el seguro, robados o desconocidos.

Además, el Consorcio de Compensación de Seguros también protege a los beneficiarios, asegurados y a las terceras personas perjudicadas de la liquidación o insolvencia de la aseguradora con la que debe pagar la indemnización. Es decir, que si tu aseguradora ha sido declarada en concurso o está sujeta a un proceso de liquidación, la indemnización es asumida por el Consorcio de Compensación de Seguros.

Coberturas del consorcio de compensación de seguros

Cuando hablamos de las coberturas del consorcio de compensación de seguros, nos referimos a esas situaciones extraordinarias en las que el organismo debe pagar una indemnización a las personas que tengan suscrito un seguro que, además, no se encuentran cubiertas por su póliza. Estas situaciones son:

  • Fenómenos naturales, en particular, los terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, inundaciones extraordinarias, caídas de meteoritos, tempestad ciclónica atípica, vientos cuyas ráfagas sean superiores a 120 Km/h y tornados. (No estarán cubiertos otros fenómenos de la naturaleza no nombrados anteriormente). Un ejemplo de ello es lo ocurrido recientemente con el Volcán de la Palma o Filomena.
  • Siniestros provocados por hechos violentos como son los actos de terrorismo, sedición, motín, rebelión o tumulto popular. (No entrarán en este punto los siniestros producidos por conflictos armados, aunque no exista declaración de guerra o los causados por actuaciones de tumulto durante reuniones, manifestaciones o huelgas legales, a no ser que sean calificadas como acontecimiento extraordinario.)
  • Siniestros debidos a hechos o actuaciones de las fuerzas armadas y cuerpos de seguridad durante tiempo de paz.

Ten en cuenta que para estar cubierto en estas situaciones, para la mayoría de las ramas de seguros es imprescindible tener suscrito un seguro. Es decir, en el caso de las pólizas de vida, si una persona falleciera debido a un maremoto, sus familiares solo recibirán la indemnización de este organismo, si el fallecido contaba con un seguro de vida para protegerlo.

Es importante además tener en cuenta que no estarán cubiertos por el CCS los siniestros que se producen antes del pago de la primera prima, o cuando el contrato se encuentre suspendido o cancelado debido al impago de las primas.

¿Cómo funciona el consorcio de seguros?

Pues como hemos explicado, su funcionamiento es muy sencillo. El consorcio consigue la financiación a través de una tasa que se le cobra a las personas suscritas a un seguro no considerado de riesgo extraordinario, que pagan cuando realizan el abono de su prima. Con la cantidad de dinero reunida por la tasa pagada, se crea un fondo de dinero, que solo es utilizado para cubrir las indemnizaciones de las situaciones cubiertas por esta entidad.

Es, por tanto, un apoyo para las aseguradoras privadas, que no podrían pagar tanto dinero si se produjese algún hecho extraordinario que afecta a un gran número de asegurados.

¿Cuánto capital asegura el Consorcio de Compensación?

Aunque va a depender de cada año y de las situaciones ocurridas, el capital que asegura el consorcio se ordena según el tipo de ramo del producto. Generalmente, esta es la cantidad de dinero con la que cuentan para destinar a los pagos:

  • Viviendas y Comunidades de propietarios: 3 billones de euros
  • Oficinas: 94.000 millones €
  • Comercios y otros riesgos sencillos: 454.000 millones €
  • Industriales: 1 billón €
  • Obras civiles: 7.000 millones €
  • Personas: 9 billones €

Problemas con el fraude

Este sistema de aportaciones permite que se cubran algunas situaciones excepcionales a unos pocos, como el terremoto de Lorca, el volcán de la Palma, etc. Sin embargo, el fraude con este caso también puede afectar a todos. Aunque actualmente el porcentaje de estas situaciones no es alto, es algo que está en continua revisión.

Un intento de fraude puede suponer un coste de millones de euros. Por ejemplo, en el año 2015, donde 306.000 fraudes dieron lugar a un coste de 550 millones de €. Generalmente, el ramo donde más fraudes ocurren es el de coche.

Este dinero, quien deberá finalmente pagarlo el cliente, ya que de forma general, las aseguradores, encargadas de este gasto, subirán el precio de las primas a sus clientes, para poder recuperar el dinero perdido.

¿Cómo paga el consorcio de seguros?

El pago de la indemnización por parte del Consorcio de Compensación de Seguros se realiza a través de transferencia bancaria, según explica esta entidad. La indemnización solo será pagada a los beneficiarios del seguro. No se pagará a nadie que no conste como beneficiario, asegurado o tomador, aunque este lo solicite.

¿Cuánto tarda en pagar el Consorcio de Compensación de Seguros?

Según lo que se establece en la Ley de Contrato de Seguros en el artículo 20.9, el Consorcio de Compensación de seguros debe realizar el pago de la indemnización en un plazo de hasta 3 meses después de la fecha de reclamación de la misma.

¿Cómo reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros?

Cuando quieres reclamar la indemnización, esta es una duda que seguramente te surja. ¿Cómo lo solicito? ¿Cómo comunico el siniestro al Consorcio? Según la información que facilita la entidad, se puede hacer la reclamación de la indemnización por vía telefónica y de forma online.

Para hacer la reclamación, deberá ponerse en contacto con el CCS el beneficiario, el asegurado, el tomador o sus representantes legales.

Solicitar la indemnización por teléfono

Para comunicar un siniestro al consorcio de compensación de seguros por vía telefónica deberás llamar al teléfono 900 222 665, disponible de lunes a viernes de 9:00 h a 18:00 h. Además, será imprescindible que facilites determinados datos:

  • Los datos personales del asegurado, como son su nombre, apellidos, DNI, dirección, etc.
  • El número de la póliza y la aseguradora con la que se contrató el seguro.
  • Los datos bancarios de la persona que recibirá la indemnización para que el pago pueda ser efectuado correctamente.

Después de la llamada, te enviarán el número de la solicitud a través de un mensaje o por correo electrónico, que podrás utilizar como referencia para cualquier consulta o duda sobre ello.

Solicitar la indemnización de forma online

Si prefieres realizar este trámite de forma online, podrás hacerlo a través de la web del consorcio en el momento que quieras. Al igual que por vía telefónica deberás dar los datos personales del asegurado, los datos de la póliza y los datos bancarios de la persona que recibirá la indemnización (el beneficiario).

Si escoges esta opción debes tener en cuenta que necesitas tener el certificado o DNI electrónico.

Cuando ya te hayas identificado con tus claves, solo deberás seguir los pasos que te van marcando las pantallas que van saliendo. Cuando el proceso esté terminado te aparecerá el número de tu solicitud (que también recibirás por correo electrónico) y que como hemos comentado en el punto anterior, podrás utilizar para realizar cualquier consulta.

¿Cómo comunicar un siniestro al Consorcio?

Para comunicar el siniestro y reclamar la indemnización, el CCS recomienda ponerse en contacto con ellos en la mayor brevedad posible. Esto le permite al consorcio de seguros valorar los daños provocados y agilizar el proceso para tramitar el pago de la indemnización. Podrá hacerse por vía telefónica o de forma online en su página web.

El plazo recomendable es en los 7 días posteriores a haberse producido el siniestro, aunque según lo establecido en la Ley de Contrato de Seguro, el consorcio debe aceptar las solicitudes presentadas después de ese plazo.

¿Cómo se financia el Consorcio de Compensación de Seguros?

Como ya hemos comentado en puntos anteriores, el Consorcio de Compensación de seguros recibe parte de las primas que pagan los clientes a su aseguradora. Es decir que cada vez que pagas tu seguro, ya sea de hogar, coche, vida u otro no considerado de riesgo extraordinario, una parte va a parar a financiar esta entidad. De hecho, si ves el desglose en alguna de las facturas de tu seguro, aparecerá el porcentaje que va dirigido al CCS. Este es conocido como Recargo en el Seguro de Riesgos Extraordinarios Daños Directos, sobre las personas y bienes y pérdida de beneficios. Aquí te contamos más sobre impuestos y recargos en la prima de tu seguro.

Se podría decir que cuando suscribes una póliza de seguro, se están realizando dos contratos, uno con la entidad aseguradora y otro con el Consorcio. Así, toda persona asegurada está pagando una pequeña tasa para financiar a esta entidad. Así, se reunirá el dinero en un fondo, para después utilizarlo para pagar las indemnizaciones que cubre este organismo.

Relación entre los seguros de vida y el CCS

El Consorcio de Compensación de Seguros fue creado en el año 1954 en España como proyecto permanente, sin embargo, ya había antecedentes. El primero surgió en 1941 con el Consorcio de Compensación de Riesgos de Motín, para apoyar a las aseguradoras tras la Guerra Civil.

Sin embargo, los seguros de vida no estaban incluidos, ya que se pensaba que este tipo de seguros no estaban tan expuestos a riesgos extraordinarios.


Tras algunos atentados terroristas ocurridos como el del 11S, se produjo un cambio en este aspecto. Y en el Real decreto 1365/2006 se modifica el Reglamento de seguros extraordinarios del Real decreto anterior, para añadir que los seguros de vida deberán pagar la Tasa a Consorcio de seguros y así poder estar cubiertos por este organismo.

La tasa a pagar en los seguros de vida y accidentes es del 0,03 por mil generalmente, exceptuando casos especiales.

¿Te ha resultado útil esta información?

4.6/5

3 votos

Calcular mi precio con ofertaCalcular mi precio con oferta