¿Qué pasa si mi padre tiene una deuda y fallece?
Una vez conozcas la situación financiera en la que estaba tu progenitor fallecido, en caso de que haya deudas, ya podrás elegir una de las siguientes alternativas para hacer frente a la herencia:
Aceptar la herencia
Puedes aceptar la herencia, incluyendo las deudas. Estas tendrás que pagarlas, ya sea con el patrimonio que has heredado o con el tuyo propio. La aceptación de una herencia puede hacer a través de un documento público o privado o mediante algún acto que implique la voluntad de aceptar.
En caso de que haya deudas con la administración pública y se acepte una herencia, ese heredero asume la figura tributaria del fallecido y, por lo tanto, se le reclamarán sus obligaciones. La Ley General Tributaria dicta que las deudas se pasan a los sucesores, pero no las sanciones en caso de demora u otras cuestiones.
Renunciar a la herencia
También está la opción de repudiar la herencia. Esto es aconsejable en caso de que el dinero a pagar sea mucho mayor que la herencia. En este caso, no pagues el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Ten en cuenta que tienes un plazo establecido para renunciar a la herencia, ya que, en caso contrario, Hacienda pasará la herencia como una donación al resto de herederos y, por tanto, también las deudas.
Herencia a beneficio de inventario
Una alternativa que te permite recibir la herencia, pero no las deudas, se trata de aceptar la herencia a beneficio de inventario. Es decir, se realiza un inventario del patrimonio completo de la persona fallecida, incluyendo las deudas.
Una vez efectuado, estas se pagan con el patrimonio del propio fallecido, sin que intervenga el de los herederos y, si sobre algo, se entrega. Hay que tener en cuenta que este trámite es algo complejo y que requiere cumplir con varios plazos, hacerse ante notario o judicialmente. Normalmente, se recomienda seguir la vía judicial para que se puedan convocar a todos los posibles acreedores.