Pagar el impuesto de sucesiones con la herencia

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El Impuesto de Sucesiones, ese tributo que se ha de pagar cuando se calcula que el contribuyente ha aumentado su riqueza por haber recibido una herencia. Dependiendo de la Comunidad Autónoma, el importe a pagar puede llegar a ser un problema. En muchos casos, el contribuyente puede verse en una situación complicada y necesitar el propio capital de la herencia para poder aceptarla y pagar el Impuesto de Sucesiones correspondiente. Descubre en este artículo si esto es posible y cuál es el procedimiento.

¿Se puede pagar el impuesto de sucesiones con la herencia?

Existen diferentes situaciones y cada herencia es un mundo. En numerosas ocasiones, el contribuyente o persona heredera no suele esperar a que se vaya a dar esa situación. Y según en la Comunidad Autónoma que se encuentre, la cantidad a pagar puede ser bastante desorbitada o no. Por lo general, no se suele estar preparado para recibir una herencia y mucho menos pagar el Impuesto de Sucesiones por ella. Por ello se permite realizar el pago de esta tasa con parte de la herencia que se va a recibir

Usar la herencia para el pago del impuesto

Para “facilitar” el pago del tributo y la aceptación de las herencias, se permite pagar el Impuesto de Sucesiones con la herencia o parte de ella. De este modo, se realiza un pequeño adelanto de la herencia y así poder tener suficiente liquidez como para asumir el coste del tributo.

Según el artículo 80.3 del Impuesto de Sucesiones, las entidades bancarias pueden enajenar bienes y valores por nombre de la persona causante de la donación y herencia a favor del beneficiario y expedir los talones necesarios para liquidar por el importe exacto del impuesto.

Es decir, que si vas a recibir una herencia determinada y en ese momento, cuando realizáis el Impuesto de Sucesiones y no puedes asumir lo que tienes que pagar, puedes descontar esa cantidad del total que vayas a recibir. Para llevar a cabo esto, hay que tener en cuenta una serie de condiciones:

  • Sin opciones de aplazamiento de un año.
  • No puede fraccionarse en cinco anualidades.
  • El inventario de los bienes tiene que ser inferior al valor de las cuotas a liquidar.

Cómo pagar el impuesto de sucesiones con cargo a la herencia

Para poder pagar el Impuesto de Sucesiones con parte de la herencia y hacer el cargo al causante, desde la web oficial del Banco de España detallan que existe una solicitud destinada a este tipo de operaciones.

  • Hay que acudir al banco donde está la cuenta bancaria de la persona fallecida y realizar la petición formal.
  • La entidad bancaria emite un cheque con el objetivo de pagar el impuesto a cargo de los bienes materiales de la persona causante.
  • Te facilitarán justificante de pago por si hay que facilitarlo a la Agencia Tributaria.
  • En el cheque solo aparecerá la cantidad justa del impuesto a pagar, delimitando el acceso hasta que se den por finalizados los trámites y el banco permita acceder a los fondos y servicios del fallecido.

Qué hacer para pagar el impuesto de sucesiones sin adjudicar la herencia

Si decidimos o necesitamos hacer el pago del Impuesto de Sucesiones con la herencia sin adjudicar, necesitaremos acudir a la entidad bancaria donde el fallecido tiene las cuentas y realizar un procedimiento con una solicitud indicada en el anterior apartado y presentar a su vez cierta documentación que tendremos que tener al día y debidamente completada.

Documentación necesaria para presentar el impuesto de sucesiones

  • Certificado de defunción del causante.
  • Registro de Actos de Últimas Voluntades.
  • Copia autorizada del último testamento.
  • Declaración de herederos.

El motivo de que se soliciten varios documentos es que según la normativa del Impuesto de Sucesiones, la entidad bancaria pasaría a ser la responsable del pago. Por lo tanto, tiene que asegurarse de que se hace entrega de los bienes a las personas correspondientes y que podrán recuperar legalmente esas cantidades monetarias correspondientes.

Toda esta documentación no se suele exigir en todas las entidades bancarias ni en todas las Comunidades Autónomas, pero sí que existe la posibilidad de que se le exija a las personas herederas, sobre todo para liquidar el impuesto y regularizar la situación. Estas recomendaciones las hace, a rasgos generales, el Banco de España.

Como podemos ver, los bancos toman sus medidas para no quedar al descubierto ante determinadas situaciones, sobre todo si no se entrega la documentación correspondiente. Además, desde el Banco de España se les otorga el derecho a bloquear el saldo de la cuenta que equivale al impuesto que se tiene que pagar.

Aplazamiento o fraccionamiento del pago

También puede ocurrir que el contribuyente decida aplazar o fraccionar el pago. En este caso, el banco también podría bloquear la cantidad a pagar para asegurarse la liquidación del mismo.

¿Qué pasa si no puedo pagar el impuesto de sucesiones?

Recibir una herencia puede ser algo beneficiario a largo plazo o suponer un gran dolor de cabeza. Muchas veces el problema reside en que el contribuyente no puede acceder a las cuentas del causante hasta liquidar el impuesto. Y, en la mayoría de situaciones, se requiere el dinero de la cuenta del fallecido para asumir el pago. ¿Y si no puedo pagar el Impuesto de Sucesiones?

Si no puedes asumir el pago del Impuesto por recibir una herencia, tienes diferentes alternativas:

  • Rechazar la adjudicación de la herencia pasando a estar en manos del Estado.
  • Pedir un préstamo al banco con aval de los bienes a cobrar.
  • Solicitar un pago fraccionado o aplazamiento del mismo.

Sea cual sea la opción escogida, te aconsejamos que independientemente de la elección que hagas, te asegures de que has seguido los pasos correctamente y has llevado a cabo una correcta liquidación del Impuesto de Sucesiones y has recogido adecuadamente toda la documentación.

En nuestro blog encontrarás los distintos requerimientos dependiendo de la Comunidad Autónoma, como por ejemplo el Impuesto de Sucesiones en Comunidad Valenciana o en Galicia.

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