Los PIAS son uno de los productos de ahorro más populares de los últimos años y muchos ya los ven como los sucesores a los tradicionales planes de ahorro. Pero, ¿sabes realmente qué es un PIAS?
En este artículo vas a conocer más a fondo este producto, como es su fiscalidad, así como sus características principales y beneficios, además de sus posibles desventajas. Quédate leyendo.
¿Qué es un PIAS?
Un Plan Individual de Ahorro Sistemático o PIAS es un producto de ahorro a largo plazo o seguro de vida – ahorro, muy interesantes fiscalmente, como marca la legislación. Depositas tu dinero y esa cantidad es invertida por el gestor del PIAS para generar una mayor rentabilidad.
El titular del PIAS puede retirar el dinero cuando lo vea conveniente o dejarle en ese plan de ahorro hasta que llegue el momento de su jubilación y usarlo como un complemento a la pensión.
Algo que caracteriza a los PIAS son sus ventajas fiscales, que explicaremos más adelante, por encima de otros planes de pensiones.
Fiscalidad de los PIAS
En la fiscalidad de los PIAS hay que tener en cuenta que el rendimiento que se obtenga desde que se paga la prima hasta que se empieza a cobrar están exentos de tributación. Es decir, que hasta que no cobres el dinero no tendrás que pagar nada por las ganancias que estás obteniendo.
Comenzarás a tributar según vayas cobrando la rentabilidad del PIAS y la tributación dependerá del tiempo que haya pasado desde la firma del contrato hasta que se haga el rescate y de la edad en la que se comienza a cobrar.
En caso de que rescates el dinero pasados 5 años, si lo recuperas en forma de renta vitalicia, de los pagos que recibas anualmente solamente tributarás el porcentaje correspondiente a la edad que tengas en el momento del rescate.
Por lo tanto, el porcentaje a pagar en función del rendimiento del capital mobiliario será menor conforme mayor sea el beneficiario:
- Para menores de 40 años, el 40%.
- Entre 40 y 49, 35%.
- De 50 a 59 años, el 28%.
- De 60 a 65, el 24%.
- Si tienes entre 66 y 69, un 20%.
- Desde los 70 años en adelante un 8%.
Si quieres coger el dinero antes de los 5 años, tendrás que tributar todos los intereses generales que al realizar el rescate tenga el rendimiento de capital mobiliario, sin ningún tipo de reducción.