Fiscalidad de los seguros de vida riesgo
Dejando de lado las pólizas de vida ahorro, la fiscalidad en las pólizas de vida riesgo será diferente dependiendo del tipo de contingencia sucedida.
En caso de fallecimiento, quienes reciben el dinero del seguro son los beneficiarios, mientras que en el caso de incapacidad permanente es el mismo asegurado.
De esta manera, los impuestos que se deben pagar son diferentes para ambos supuestos. Además, se deben tener en cuenta algunos factores, siendo la cantidad de capital asegurado uno de los más determinantes.
Impuestos al cobrar un seguro de vida
Dependiendo de quién reciba el dinero, los impuestos que se deberán pagar sobre la indemnización de un seguro de vida variarán, siendo:
- El impuesto de sucesiones y Donaciones (ISD): grava la transmisión de bienes entre personas físicas. Por tanto, este solo se paga en los seguros de vida en caso de fallecimiento, ya que quien cobra el dinero es el beneficiario del seguro.
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Concretamente, es por los rendimientos de capital mobiliario, que son los procedentes de operaciones de capitalización, de contratos de seguro de vida o invalidez. Este es el característico de los seguros de vida e invalidez.
Cómo tributa un seguro de vida en caso de fallecimiento
Cuando se da el fallecimiento del asegurado, son los beneficiarios de la póliza los que reciben el dinero del capital contratado. De esta manera, el tributo que se debe pagar es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Este impuesto, a pesar de regirse por una ley estatal, es recaudado por las comunidades autónomas. Por lo tanto, la cantidad a pagar depende de la Comunidad Autónoma en la que residía el fallecido, existiendo en España hasta 17 formas diferentes de recaudar este impuesto.
Cabe destacar que hay bastante diferencia entre las CC.AA, pues existen bonificaciones y reducciones en las que se llegan a pagar cantidades mínimas, incluso reduciéndose hasta un 99% como es el caso de Baleares o Asturias.
Así pues, la cantidad de impuestos a pagar va a depender de:
- La comunidad autónoma en la que reside el asegurado
- La cantidad de capital que se recibe. Cuánto mayor sea la indemnización que se cobra, mayor será el impuesto a pagar.
- El grado de parentesco de la persona fallecida y si este tiene o no un grado de minusvalía.
Cómo tributa el beneficiario de un seguro de vida
¿Pero cuánto te quita Hacienda al cobrar un seguro de vida? La cantidad a pagar al estado varía por diferentes motivos, entre ellos la comunidad autónoma del fallecido, de la edad del beneficiario, su relación de parentesco y si existe alguna minusvalía.
- Si los beneficiarios son hijos menores de 21 años, se aplicará una reducción máxima de 47.858,59 €, contando también con una reducción adicional en la base imponible del 100% del dinero que se recibe. Aquí se marca un límite de 9.195,49 €.
- Si los hijos son mayores de 21, al igual que los cónyuges o ascendientes (padres) su base imponible podrá reducirse hasta en 15.956,87 €. Y al igual que los hijos menores, podrán tener la reducción adicional del 100% hasta 9.195,49 €.
En el caso de que el beneficiario tenga una minusvalía, también se pueden hacer algunas diferenciaciones:
- Si la minusvalía del beneficiario es de entre 33 y 65%, podrá tener adicionalmente una reducción de 47.858, 59 €.
- Si el beneficiario tiene una minusvalía que supera el 65% la reducción máxima será de 150.253,03 €.
Tributación de un seguro de vida para la hipoteca
En el caso de que tengas contratado un seguro de vida para la hipoteca, hay que diferenciar entre el capital decreciente o constante de la póliza, pues no tributan igual:
- En el caso de capital decreciente, los familiares se evitarán tener que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, ya que ellos no son quienes reciben el dinero. De esta manera, tampoco tributa en el IRPF, por lo que no será necesario pagar ningún impuesto.
- En cambio, si tienes una póliza de vida de capital constante, como la de Life5, debes tener en cuenta que el beneficiario, al recibir una parte de la indemnización, deberá pagar el ISD correspondiente a dicha parte. Destacar que no se incluirá el dinero que recibe el banco para saldar la deuda pendiente).