¿Quién paga el impuesto de sucesiones en Asturias?
Este tributo deberá ser abonado por las personas físicas que reciban por herencia, legado o cualquier título sucesorio, los bienes y derechos de un fallecido. Además, también deberán liquidar el impuesto los beneficiarios de un seguro de Vida, siempre y cuando el asegurado y el beneficiario sean personas diferentes. Es decir, en un seguro de Vida solo se deberá pagar el ISD, cuando se recibe la indemnización por fallecimiento, nunca por incapacidad permanente u otras garantías.
Equiparaciones
Existen algunas situaciones que se equiparan a otras.
- Las personas que son pareja de hecho se equiparan a los cónyuges.
- Quienes sean objeto de acogimiento familiar permanente o preadoptivo se igualan a adoptados.
- Quienes lleven a cabo un acogimiento familiar permanente o preadoptivo serán equiparados a adoptantes.
Cuándo y dónde debo presentar el ISD en Asturias
Se deberá presentar el impuesto en esta comunidad en caso de que el causante tuviera domicilio en el Principado de Asturias, en este caso, los trámites deben efectuarse en el Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias.
Si, por el contrario, el causante tuviese domicilio en el extranjero o se tratase de herederos no residentes en España, los trámites se efectuarán ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Tras llevar a cabo el ingreso, el modelo de autoliquidación junto a la documentación necesaria se deberá presentar en la Oficina Nacional de Gestión Tributaria.
Cuál es el plazo para su presentación
El plazo máximo para el pago del impuesto sucesiones es 6 meses. Aunque se puede obtener una prórroga de 6 meses más, siempre y cuando se solicite en los primeros 5 meses del periodo anterior establecido. Recuerda que es probable que si pides esta prórroga debas pagar unos intereses por la demora.
¿Qué necesito para presentar el Impuesto?
Para la presentación del ISD será necesario presentar una documentación determinada, así como los modelos correspondientes con toda la información completa.
Modelos necesarios para la liquidación del Impuesto de Sucesiones en Asturias
Los modelos que deberás tener en cuenta para la presentación del ISD en el Principado de Asturias son:
- Modelo 660 + 650: Declaración y autoliquidación ordinaria del Impuesto sobre Sucesiones
- Modelo 652: Consolidación de dominio. Autoliquidación. Este modelo será necesario cuando el causante se encuentre en el extranjero o su residencia sea fuera de España.
- Modelo 653: Declaración de Hecho Imponible Exento o No sujeto al Impuesto sobre Sucesiones
- Modelo 654: ISD para pólizas de seguros de vida
Documentación a presentar
La documentación obligatoria que se necesita presentar para el Impuesto de Sucesiones en Asturias será:
- Modelo de declaración 660 debidamente cumplimentado.
- Modelo de autoliquidación 650, cumplimentado y abonado.
- Certificado de defunción del fallecido.
- Certificado de últimas voluntades y de posibles seguros concertados por el causante (expedido por el Registro de Actos de Última Voluntad y Registro de Seguros sobre la vida, respectivamente)
- Copia autorizada del testamento o en su defecto, testimonio de la declaración de herederos, expedida por un notario para herederos directos, o declarada por el Juzgado de 1ª Instancia del domicilio del fallecido si los herederos son colaterales.
- Certificado de minusvalía, si alguno de los herederos la padeciera.
- Fotocopia del DNI de los herederos o legatarios.
- Contrato o certificación del seguro de vida en caso de que lo haya
Recuerda que es posible que te soliciten más documentación en el caso de bienes inmuebles, cuentas bancarias y otros bienes como pueden ser vehículos.
¿Cuánto se paga por el impuesto de sucesiones en Asturias?
Para saber cuánto se pagará de impuesto de sucesiones, es necesario tener en cuenta diferentes cosas, como el patrimonio que se hereda y el grado de parentesco.
Grados de parentesco
El grado de parentesco con el fallecido nos permitirá contar con más o menos reducciones y bonificaciones, además de ser clave a la hora de aplicar coeficientes y tarifas para obtener así la cuota tributaria. Estos son los grados de parentesco que se establecen para el Principado de Asturias:
- Grupo I: Descendientes y adoptados menores de 21 años.
- Grupo II: Descendientes y adoptados de 21 o más años, cónyuges, ascendientes y adoptantes.
- Grupo III: Colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad.
- Grupo IV: Grados más distantes y extraños
Pasos para realizar el cálculo del impuesto
Es importante saber, que cuando haces el cálculo del Impuesto de Sucesiones, debes ir siguiendo unos pasos en orden, para conseguir el porcentaje correspondiente. Así debes empezar por conocer la base imponible e ir aplicando las cuotas, tarifas y reducciones pertinentes para cada situación.
Base imponible
En el caso de las herencias se trata del valor neto que tienen los bienes y derechos que cada heredero recibirá, habiendo restado aquí las deudas, cargas y gastos.
Para los seguros de vida, se trata de la cantidad de capital que se encontraba asegurado en dicho producto. Las cantidades que se reciban se incluirán a los bienes y derechos de la masa hereditaria para el pago del impuesto.
Base liquidable
Teniendo ya la base imponible, se aplicarán las reducciones procedentes para conseguir la base liquidable.
Cuota Íntegra
A partir de nuestra base liquidable, pasamos a hacer el cálculo de la cuota íntegra, que se obtendrá al aplicar los siguientes tipos.