Gran invalidez e incapacidad permanente absoluta: ¿En qué se diferencian?

Gran invalidez incapacidad permanente

Cuando hablamos de incapacidades permanentes nos referimos a aquellos casos en los que una persona trabajadora no puede seguir desempeñando el trabajo que venía realizando de forma habitual debido a una enfermedad, lesión o trastorno por el cual presenta limitaciones físicas graves. Hay diferentes tipos de incapacidades permanentes y entre ellas se encuentran la incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez, que, como veremos a continuación, tienen características diferentes.

¿En qué se diferencia una gran invalidez de una incapacidad permanente absoluta?

Como hemos indicado al comienzo de este artículo, no es lo mismo tener una incapacidad permanente absoluta que tener reconocida una gran invalidez.

  • En el caso de la incapacidad permanente absoluta, esta inhabilita al trabajador o trabajadora por completo para desempeñar cualquier tipo de profesión u oficio. Tiene derecho a una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora.
  • Si hablamos de gran invalidez, nos referimos a la inhabilitación de una persona trabajadora por completo, que además precisa de asistencia de otra persona para su vida diaria. Le conceden una pensión del 100% para toda la vida más un complemento.

De manera general, para poder acceder a la prestación por alguna de estas incapacidades se exige afiliación y alta a la seguridad social o situación asimilada al alta.

En el caso de la incapacidad permanente absoluta, se podrán beneficiar de este derecho los trabajadores que acrediten 15 años de cotización en total, siempre que 3 hayas sido cotizados en los últimos 10 años.


En estos casos especiales, también se establece una forma especial de calcular la base reguladora de la prestación.

Diferencias entre los tipos de incapacidad permanente

Todas las incapacidades permanentes no son iguales, y que están sujetas a diferentes grados, y de ello también dependerá el tipo de pensión que le quede al trabajador. Las incapacidades permanentes pueden ser: parcial, total, absoluta y gran invalidez.

  • La incapacidad permanente parcial supone una disminución superior al 33% del rendimiento del trabajador y tiene una indemnización de 24 mensualidades.
  • Por otro lado, la incapacidad permanente total inhabilita al trabajador para poder seguir desempeñando su profesión habitual, pero si puede dedicarse a empleos de otro tipo. Además, tiene derecho a una pensión vitalicia del 55% o del 75% de su base reguladora.
  • Y como hemos visto, en la absoluta y la gran invalidez, la pensión es del 100%, pero el trabajador no podrá volver a desempeñar ningún oficio.

Para recibir la indemnización de tu Seguro de Vida, si lo tienes contratado, deberás entregar la acreditación de incapacidad de la Seguridad Social. De esta manera, cobraras un dinero extra. Recuerda que es necesario que tengas contratada la garantía específica. Es decir para cobrar la indemnización por Incapacidad Permanente y Absoluta, deberán haberte acreditado ese nivel de incapacidad.

¿Qué es la incapacidad permanente absoluta o IPA?

Con una incapacidad permanente absoluta o IPA, como hemos comentado, el trabajador no puede volver a realizar ningún tipo de actividad laboral y, por lo tanto, recibe el 100% de la base reguladora de por vida, es decir, un sueldo para siempre, aunque no trabaje.

Si la incapacidad permanente absoluta es como causa de un accidente laboral y la responsabilidad recae sobre la empresa, la pensión puede incrementarse de un 30% a un 50%. En este caso, el pagador no sería la Seguridad Social, sino la mutua de accidente de trabajo y enfermedades profesionales.


La indemnización que te proporciona la Seguridad Social, en muchas ocasiones no es suficiente para mantener tu nivel de vida y además pagar las nuevas necesidades que se generan con la nueva condición. Si cuentas con un Seguro de Vida, contarás además con un apoyo económico extra.

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¿Qué se considera gran invalidez?

Al hablar de gran invalidez, el trabajador no puede ejercer un oficio nunca más y, además, necesitará de forma permanente ayuda de una tercera persona en su día a día para poder hacer actividades normales como vestirse, comer o desplazarse.

Por todo eso, como hemos comentado, a la pensión por gran invalidez se le añade un complemento que es el total de la suma del 45% de la base mínima de cotización vigente en el régimen general más el 30% de la última base reguladora que tuvo el incapacitado.

¿Cómo pasar de incapacidad permanente absoluta a gran invalidez?

Puede que, con el paso del tiempo, un trabajador al que se le haya declarado una incapacidad permanente absoluta siga afectado y de manera progresiva vaya empeorando hasta tener una gran invalidez.

Si se pasa de una discapacidad absoluta a una gran invalidez, se debe modificar la compensación económica que se recibe. Hay que tener en cuenta que debe ser el trabajador o un representante el que modifique su situación y notifique su evolución para poder también modificar su pensión. Para ello, se tienen que cumplir una serie de requisitos estipulados por la Seguridad Social.

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