¿Qué pasa si fallece el tomador del seguro?

Qué pasa si fallece el tomador del seguro

A lo largo de nuestra vida deberemos contratar productos aseguradores por diferentes motivos. Todos los productos deben tener un tomador, ya que, junto a la empresa aseguradora, es una de las dos partes que firma el contrato. La figura del tomador del seguro, en cualquier tipo de póliza, es una de las más importantes.

Por eso, en caso de que este fallezca, es fundamental conocer cómo debemos actuar. Así que sigue leyendo, porque te lo explicamos.

Extinción del contrato de seguro por fallecimiento, ¿qué pasa?

Cuando el tomador del seguro fallece, se puede considerar que la póliza deja de tener efecto, ya que una de las partes firmantes del contrato, deja de existir. Generalmente, se procede a la cancelación de la póliza, pero también es posible que se recurra a otras acciones, como el cambio de tomador, en el caso de que se siga necesitando ese producto y este lo permita.

¿Quién es y qué responsabilidad tiene el tomador de un seguro?

El tomador del seguro es la persona física o jurídica que contrata una póliza y que firma el acuerdo con la aseguradora correspondiente para la obtención del seguro.

Se trata de la persona encargada de realizar el pago de las primas, lo que mantendrá el producto activo. Además, tendrá otro tipo de responsabilidades, como la de escoger al asegurado y los beneficiarios, declarar la agravación del riesgo, comunicar sus circunstancias a la compañía aseguradora, efectuar cambios en la póliza, declarar un siniestro o cambios en las circunstancias y cancelar la póliza cuando lo considere necesario.

Adicionalmente de esas responsabilidades, tendrá derechos como el de decidir la no renovación, pedir toda la información a la empresa aseguradora, pedir recibos, entre otras cosas.

¿Se puede tener un seguro a nombre de un fallecido?

Esta situación no es posible, ya que al fallecer el tomador del seguro, una de las partes firmantes del contrato, el seguro pasaría a no tener validez.

Debemos ser conscientes de que siempre hay que comunicar a la empresa de seguros los nuevos cambios que se den en las circunstancias que puedan afectar a la póliza, y esta es una de ellas. Según marca la legislación:

“El tomador del seguro o el asegurado deberán, durante la vigencia del contrato, comunicar al asegurador tan pronto como le sea posible, la alteración de los factores y las circunstancias declaradas en el cuestionario previsto en el artículo anterior que agraven el riesgo y sean de tal naturaleza que si hubieran sido conocidas por este en el momento de la perfección del contrato no lo habría celebrado o lo habría concluido en condiciones más gravosas”. Ley de contrato de Seguro


¿Qué hacer en caso de fallecimiento del tomador de una póliza?

Cuando fallece el tomador de un seguro no hay muchas opciones de actuación. Eso sí, uno de los trámites a seguir tras la muerte del familiar está en avisar a la aseguradora sobre este suceso, para que te informen sobre cómo proceder. Dependiendo del tipo de producto contratado se podrá proceder de una manera u otra diferente:

  • En los seguros de auto o coche, el cambio de tomador no es posible. Esto se debe a que las pólizas para vehículos tienen una serie de características y precios dependiendo de algunas características del conductor. De esta manera, si se es el nuevo propietario del vehículo, se deberá cancelar la póliza y contratar otra nueva con los datos del nuevo tomador.
  • Para los seguros de vida, la situación es muy diferente, ya que** el tomador suele ser el asegurado de la póliza** y esto provoca que los beneficiarios soliciten la indemnización que deberá pagar la compañía de seguros. Al cobrar el capital asegurado, la póliza se cancela.
  • En los seguros de decesos, como en las pólizas de vida, si el tomador es el asegurado, la póliza también finalizará y se prestarán los servicios contratados.
  • Sí que se podrá realizar un cambio de tomador en el caso de los seguros de hogar. Este tipo de pólizas dependen de las características del inmueble y no del tomador, así, si por ejemplo hay otro titular de la vivienda, o lo reciben los herederos, se podrá llevar a cabo el cambio a una de esas personas.
  • En los seguros de salud el cambio de tomador tampoco es posible. Esto se debe, que al igual que en otros productos, el precio y características de la póliza dependen de las circunstancias de la persona asegurada.

Recuerda que en los productos que no se puede proceder a un cambio de tomador, se debe a que el tomador y el asegurado son la misma persona. Si el asegurado es diferente al tomador, cabe la posibilidad de llevar a cabo el cambio, ya que las circunstancias que afectan a la póliza no cambian.

Cambio tomador seguro por fallecimiento

Que el tomador fallezca no significa que el contrato deba cancelarse de forma automática, sino que se puede efectuar un cambio de tomador. Por ejemplo, en un seguro de hogar, el tomador puede pasar a ser la persona que se queda con ese bien como titular.

  • En el caso de que el tomador del seguro fuese una persona física, solo se podrá realizar el cambio de tomador a otra persona que también estuviese reflejada en el seguro, por ejemplo, en un seguro de hogar, otro propietario. En el caso de las casas heredadas, los herederos también podrán ser los nuevos tomadores del seguro si lo desean.

  • Cuando se trata de una persona jurídica pueden ocurrir dos sucesos diferentes. Que otra entidad sea la sustituta para la realización de los pagos tras el cese de actividad de la empresa o que la persona que conste como asegurado adquiera la titularidad. En los seguros de hogar, el cambio de tomador es lo más recomendable. Para ello debes avisar a la aseguradora sobre lo sucedido entregando el certificado de fallecimiento. Después. Se deben entregar los documentos y datos personales del nuevo tomador, así como los nuevos datos para la facturación.

Al hacer un cambio de tomador, estos datos son los únicos que deben cambiar. Comprueba que las características del producto no han cambiado, ni las coberturas, ni el precio. Si esto no es así, podrás reclamarlo a la entidad.

Dar de baja un seguro por fallecimiento del titular

Otra de las opciones es la cancelación del seguro. Se debe informar a la aseguradora de lo ocurrido y dependiendo del producto o la compañía se deberá proceder rellenando un formulario o enviando una carta de cancelación, para notificar el deseo de cancelación de la póliza.

Recuerda que el cambio de tomador solo se podrá realizar si la nueva persona responsable aparecía en el contrato de seguro. De esta manera, si otra persona quiere pasar a ser el nuevo tomador, pero no constaba en ninguna parte del documento, se cancelará la póliza y se podrá proceder al contrato de otro seguro.

Seguros a nombre de un fallecido, ¿qué ocurre con la prima no consumida?

Esto depende del tipo de seguro. En los seguros de hogar, si se produce el cambio de tomador, no habrá problema. Esto se debe a que la prima se guardará como depósito y se utilizará para el próximo contrato.

En el resto de pólizas, cuando el seguro queda cancelado, normalmente la prima no consumida se pierde. Es decir, la compañía de seguros no devuelve el dinero.

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