Residencia en el país donde se contrata la póliza
Por supuesto, deberás aportar cierta información personal más allá de tu nombre, edad, sexo, dirección o teléfono.
- Es necesario demostrar que el país de residencia del asegurado es el mismo donde se va a firmar la póliza. Uno de los requisitos para contratar un seguro de vida es que la residencia fiscal del mismo se encuentre en España. En caso de ser extranjero, la persona debe haber vivido 6 meses como mínimo en este país y poder probarlo.
- También deberás hablar sobre tu profesión, ya que esta es relevante en la contratación de los seguros de vida. Esto es así porque existen profesiones consideradas de alto riesgo frente a los seguros de vida, como la de piloto o bombero. Debido a ello, muchas aseguradoras no permiten la contratación de los mismos a estas personas, o al menos no con una póliza de vida estándar.
Responder a un cuestionario de salud o pasar exámenes médicos
Es bastante probable que la aseguradora someta al potencial asegurado a una evaluación médica que será necesaria aprobar para poder proceder a la contratación.
Dicha evaluación puede realizarse de forma física o escrita, en forma de cuestionario. Esto es una manera que tienen las aseguradoras de determinar el riesgo que corren al asegurar a esa persona, evaluando su estado de salud y sus posibilidades de fallecimiento prematuro.
Este requisito viene recogido en la Ley de Contrato de Seguro y se le llama “cuestionario de salud”. En él van incluidas algunas preguntas sobre enfermedades, dolencias, operaciones, malos hábitos o estilo de vida.
La información recogida en este cuestionario es, en parte, lo que determina si la aseguradora te concede la posibilidad de contratar el seguro de vida, así como la prima del seguro, la cual se encarece a medida que el riesgo de fallecimiento incrementa.
Hay diferentes opciones:
- Una revisión médica quizás más profunda también puede ser requerida en seguros de vida con un capital superior a los 100.000 euros, así como para personas que sean mayores de 58 años o con problemas de salud crónicos.
- Pruebas médicas pertinentes en caso de que sean solicitadas (puede pedirse un análisis de sangre, de orina, el peso y la altura)
- Informes previos de tu médico
- Responder al cuestionario de salud de la compañía.
Veracidad y legitimidad de las respuestas e informes
En lo que respecta a la contestación del cuestionario de salud, es fundamental que se respondan a todas las preguntas de manera veraz.
Si se demuestra algún error o mentira en las respuestas, la aseguradora se reserva el derecho de no pagar la indemnización.
Además, la motivación para contratar un seguro de vida no debe ser fraudulenta, pues si se encuentran indicios de contratación poco legítima, la compañía aseguradora podrá no pagar la indemnización ni devolver el dinero pagado. Esto se considera dolo o estafa.
Determinar el capital asegurado que reciben los beneficiarios
Otro de los requisitos para contratar un seguro de vida es elegir el capital que se desea asegurar. Dicho capital será la cantidad con la que el beneficiario del seguro será indemnizado en caso del fallecimiento del asegurado, o la cantidad que cobrará dicho asegurado si sufre una invalidez.
Cuanto mayor sea la cantidad asegurada, más alta será la prima del seguro. Por ello, también se deberá incluir alguna prueba que determine que el tomador es una persona confiable en relación con los pagos.
Declarar beneficiarios
Otro de los requisitos es proporcionar información básica sobre los beneficiarios en caso de fallecimiento. Por ejemplo, nombre y documentación para demostrar vinculación con el asegurado.
Es importante que los beneficiarios de un seguro de vida tengan conocimiento de ello, aunque existe la posibilidad de que obtengan esa información tras el fallecimiento del asegurado.
Para eso existe el Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Este es un registro público que tiene como fin aportar la información necesaria a los interesados para saber si una persona fallecida tenía contratado un seguro de vida, así como la entidad con la que firmó la póliza.
De esa manera, los interesados podrían dirigirse a la misma para constatar si figuran como beneficiarios. Por esta razón es tan relevante que se tengan los datos de los mismos.
Aun así, aunque no es habitual, puede suceder que no se nombre a ningún beneficiario. En esos casos, según la Ley del Contrato del Seguro, el capital lo cobrarían, por orden de prioridad, los descendientes, ascendientes, cónyuge o hermanos de la persona asegurada.
Documentación a entregar y trámites
Además de los requisitos mencionados, como es lógico, hay que entregar cierta documentación para contratar una póliza de vida.
- Entre esa documentación estará la fotocopia del DNI.
- Los informes médicos que sean solicitados por la compañía (en caso de tener que enviarlos).
- Los resultados de la revisión (si se pide) se plasmarán en un documento que se tendrá que entregar a la aseguradora, aunque en ocasiones es el propio centro médico quien lo envía.
La aseguradora también tendrá que hacer entrega de cierta documentación tras comprobarse que se cumplen todos los requisitos. La entidad aportará al asegurado la póliza con las condiciones, las coberturas, las exclusiones, así como las obligaciones por ambas partes.
Es importante que el asegurado y el tomador (si no son la misma persona), lean atentamente la nota legal y la póliza para asegurarse de que están al tanto de todos los detalles del seguro.
La forma de pago
El tomador del seguro debe determinar cómo se quieren pagar las cuotas del seguro (la prima). Puede ser de manera mensual, trimestral o anual.
Es habitual que el pago anual conlleve algún tipo de descuento, pero eso dependerá de las condiciones que ofrezca la aseguradora. El pagar la prima del seguro es una de las obligaciones del tomador.
¿Cuándo no puedo contratar un seguro de vida?
Haciendo un recorrido por los requisitos para la contratación de este tipo de seguros, se podría extraer un resumen de las personas que no pueden acceder a un seguro de vida. Estas serían:
- Las personas mayores de la edad marcada como máxima. Aunque algunas compañías permiten a personas de hasta 74 años, la mayoría de aseguradoras no asumen tanto riesgo.
- Los menores de edad, salvo en excepciones a partir de los 14 años y siempre que el tomador sea otra persona.
- Las personas incapacitadas legalmente. Es decir, aquellas a las que se les ha privado, de manera legal, de sus facultades para actuar por sí mismos.
- Personas con enfermedades muy graves o crónicas a la hora de contratar el seguro.
- Las personas que no sean residentes en España. Independientemente de si cuentan o no con la nacionalidad española, se debe tener residencia fiscal en nuestro país, con un mínimo de 6 meses.
- Personas con profesiones de muy alto riesgo. Las pólizas generales no suelen cubrir a algunos profesionales como acróbatas, buzos, pilotos, bomberos, etc. Sin embargo, muchas entidades ofrecen otras opciones que atienden a las características concretas de esos puestos de trabajo, suelen tener una prima más alta o no cubrir su actividad laboral, pero sí otras circunstancias.
De hecho, en general, pese a haber ciertos requisitos y exclusiones, en el mercado de los seguros se pueden encontrar alternativas muy válidas para aquellas personas que no pueden contratar un seguro.
Beneficios de las pólizas de vida
Además de los pocos requisitos de contratación de este tipo de seguros, sus beneficios no pasan desapercibidos, ya que:
- Ofrecen la tranquilidad económica que necesitarán aquellas personas que asignes como beneficiarios en caso de tu fallecimiento.
- En el supuesto de quedar incapacitado y que no puedas trabajar, con la indemnización podrás mantener tu situación financiera.
- Además, contratarlo tiene sus ventajas fiscales, ya que puedes deducirlo en la declaración de la renta.
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