Registro de seguros de vida ¿qué es y cómo funciona?

Registro seguro vida

En ocasiones, las personas desconocen si un familiar fallecido contaba con una póliza de seguro de vida o si ellas mismas son beneficiarias del mismo. Para empezar a aclarar estas dudas existe un registro específico que da acceso a este tipo de información. Te invitamos a conocer al detalle de qué se trata el Registro de seguros de vida.

¿Qué es el Registro de seguros de vida?

El Registro de seguros de vida, también llamado Registro de contratos de seguros con cobertura de fallecimiento o, coloquialmente, Registro único de seguros de vida, se trata de un registro de carácter público, que depende del Ministerio de Justicia y que se encarga de recoger y salvaguardar los datos relacionados con este tipo de pólizas. De esta manera, y hasta 5 años después de que el tomador fallezca, sus familiares pueden acudir a este registro nacional de seguros de vida para comprobar los detalles del mismo.

La creación del Registro es relativamente reciente. Se aprobó por la Ley 20/2005, de 14 de noviembre, sobre la creación del Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento. Más tarde, se presentó y aprobó el Real Decreto 398/2007, de 23 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 20/2005, de 14 de noviembre, sobre la creación del Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento.

¿Qué datos posee el registro único de seguros de vida?

Siendo más concretos, los datos que recoge esta herramienta administrativa son, por un lado, los datos identificativos de la persona asegurada (nombre, apellidos, DNI, NIF…).

Por el otro, los datos correspondientes a la entidad aseguradora de la póliza (denominación social, domicilio, clave administrativa y CIF).

Por último, también guarda datos concretos del contrato del seguro (n.º de contrato o, en su caso, la referencia al Reglamento de Prestación de la Mutualidad de Previsión Social y el tipo de cobertura). Aquí te contamos más sobre el contrato del seguro de vida.

Tipos de seguro que se recogen en el Registro nacional de seguros de vida

En el Registro nacional de seguros de vida se recogen dos tipos de contratos de seguros:

  • Los seguros de vida con cobertura de fallecimiento.
  • Los seguros de accidentes en lo que esté cubierta la contingencia del fallecimiento del asegurado, bien sea una póliza individual o colectiva.

Por su parte, quedan excluidos del ámbito de este fichero:

  • Aquellos seguros en los que se denota que, en caso de muerte del asegurado, coinciden tomador y beneficiario.
  • Pólizas que instrumentan responsabilidades por pensiones de organizaciones con trabajadores y beneficiarios que se encuentren regulados en el Real Decreto 1588/1999, de 15 de octubre.
  • Aquellos contratos que estén registrados por mutualidades de previsión social que funcionen como herramienta de previsión social empresarial, mutualidades cuyo único fin sea dar prestaciones de docencia o educación y mutualidades de profesionales colegiados.

Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento ¿Para qué sirve?

Entre los detalles que se pueden consultar en el Registro se encontrará la confirmación o no de la contratación de un seguro de vida por parte del fallecido y, en caso de ser afirmativo, la entidad aseguradora.

Esto les permitirá a los posibles beneficiarios acudir a dicha aseguradora con el fin comprobar si figuran realmente como beneficiarios de la póliza y poder así reclamar la prestación económica que derivase del contrato.

Por ello, las principales respuestas que da el Registro de seguros de vida son:

  • Saber si un familiar fallecido tiene seguro de vida.
  • Saber si soy beneficiario de un seguro de vida.

¿Cómo puedo saber si soy beneficiario de un seguro de vida?

Se puede ser titular de un seguro de vida sin saberlo. Prueba de ello son las miles de consultas que recibe el Registro de seguros de vida cada año.

No tener conocimiento sobre este asunto es más normal de lo que parece, pues hay muchas pólizas que se contratan junto con otros servicios que tenían más relevancia en este momento (por ejemplo, productos financieros o tarjetas de créditos), quedando los seguros relegados a un segundo plano y olvidados.

Por ello, si una persona desea conocer si es beneficiaria de un seguro de vida, deberá solicitar el Certificado del Contrato de Seguro por Fallecimiento.

Con Life5, al dejarnos los datos del Beneficiario, nosotros le avisaremos en el caso de que deba cobrar la indemnización del seguro.

La importancia de contar con un registro de seguros de vida

Hasta hace unos años, la única manera de saber si una persona contaba con un seguro de vida era que dicha persona lo comunicase a sus familiares y beneficiarios para que, llegado su fallecimiento, reclamase la indemnización correspondiente.

Si no se informaba, ese seguro se quedaba sin cobrar, ya que nadie lo reclamaba y la aseguradora no estaba obligada legalmente a avisar a los familiares de la existencia de dicha póliza.

Ahora, por suerte, al contar con un Registro de Seguros de vida en España, cualquier posible beneficiario podrá constatar la existencia de dicho seguro y solicitar las prestaciones incluidas.

¿Cómo saber los seguros que tiene una persona?

Para conocer los seguros que tiene una persona, concretamente, el seguro de vida, existe el acceso al Registro único de seguros de vida.

El Registro único de seguros de vida que, como ya sabemos, se encarga del registro de contratos de seguros de vida, es público. Por ello, puede tener acceso a él cualquier persona que se encuentre interesada en obtener información sobre si una persona ya fallecida contaba con una póliza de seguro que cubriese su fallecimiento y la entidad con la que tuviese dicho contrato.

Para acceder al mismo, deben haber transcurrido 15 días desde la defunción, acreditando esa circunstancia y hasta 5 años después como máximo, pues ese es el periodo total que dura un registro de seguros de vida.

Aun así, dichos datos serán cancelados del Registro nacional de seguros de vida cuando se hayan satisfecho las prestaciones del contrato, en el momento en el que el órgano responsable de su gestión sea informado de ese hecho por la entidad aseguradora.

¿Cómo saber si una persona fallecida tenía seguro de vida?

Para saber si una persona fallecida contaba con un seguro de vida, deberás acudir al Registro de Seguros de vida y solicitar esa información, es decir, el certificado de contratos de seguros de vida. Solo se es posible obtener un certificado de este tipo para aquellos seguros de vida con cobertura de fallecimiento y/o seguros de accidentes en los que se contemple la muerte de la persona asegurada.

Si al solicitar el Certificado del Contrato de Seguro de Fallecimiento se constata que el fallecido no figura como asegurado en ningún contrato, esto también aparecerá expresamente indicado en dicho documento.

¿Qué es el Certificado del Contrato de Seguro de cobertura de Fallecimiento?

Si se tiene la duda de poder ser beneficiario de una póliza de seguro de vida de un familiar que haya fallecido, se puede recurrir al Registro de seguros de vida con el fin de solicitar un certificado de la póliza del difunto.

De esta manera, el Certificado de contratos de seguros de vida se define como el documento oficial que acredita aquellos contratos vigentes en los que figura como asegurada la persona que ha fallecido y con qué entidad aseguradora en concreto. Dichos datos se encontrarán disponibles en el Registro durante un plazo de 5 años desde el momento del fallecimiento

Cómo solicitar el Certificado del Contrato de Seguro de Fallecimiento

La solicitud del Certificado del Contrato de Seguro de Fallecimiento se puede realizar mediante tramitación electrónica si se cuenta con firma electrónica, desde la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

En caso de querer realizar la solicitud de manera presencial o por correo postal, se deben cumplir ciertos requisitos.

  • Cumplimentación y presentación del Modelo 790, descargable o solicitable en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o, en Madrid, en la Oficina Central de Atención al Ciudadano (con cita previa).
  • Original o fotocopia compulsada del Certificado Literal de Defunción, el expide el Registro Civil de la localidad donde la persona haya fallecido.
  • Además de esto, habrá que abonar el pago de una tasa de 3,82€

Nota informativa de los seguros de vida

La nota informativa de tu seguro de vida es un documento que recibe y debe aceptar el tomador del seguro a la hora de contratar su póliza. En él se indica que el seguro de vida contratado aparece a su nombre en el Registro de Contratos de Seguros con Cobertura de fallecimiento. Esto se debe a que el domador podrá ejercer su derecho al acceso de datos que se estipula en la Ley Orgánica 15/99 de Protección de datos de carácter personal.

Así, en cualquier momento podrás acudir al Registro de seguros de vida y solicitar la nota informativa de tu póliza de forma gratuita. Para ello es imprescindible acreditarse primero. Si los datos que hay en el registro no son los correctos, será la compañía de seguros quien deba corregir esos datos, ya que es la responsable de su tratamiento.

Cómo solicitar la nota informativa de tu póliza de vida

Para su solicitud, podrá realizarse de forma presencial en la Calle Bolsa, 8 de Madrid, o a cualquiera de las 22 Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia. Es necesaria la cita previa. Pero la nota informativa será entregada en ese mismo momento.

También existe la posibilidad de solicitarla por correo, con una carta de solicitud, firmada por el asegurado y legalizada por Notario. Deberá enviarse al Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento, en la Plaza Jacinto Benavente, 3 28012- Madrid. La nota informativa deberás recibirla en un plazo máximo de un mes.

¿Cómo saber si tengo algún seguro a mi nombre?

Para saber si cuentas con algún seguro de vida a tu nombre, lo primero que debes revisar son los cobros a tu cuenta. Recuerda que si no pagas las cuotas de tu seguro, es muy probable que la póliza sea cancelada.

Otra opción es llamar a la Dirección General de Seguros, el teléfono es el 902 19 11 11. Aquí te podrán informar de si cuentas con un seguro de vida a tu nombre. Sin embargo, no podrán informarte de la compañía de seguros con la que tienes el contrato.

Por último y la más eficaz, es acudir al Registro único de seguros de vida y solicitar la nota informativa de tu póliza. Al presentar tu documento acreditativo, te darán el documento en ese mismo momento.

Reclamar la indemnización del seguro de vida a la entidad aseguradora

El Certificado del Contrato de Seguro de Fallecimiento no determina quiénes son los beneficiarios de la póliza. Por ello, tras obtener dicho documento confirmando la existencia de un seguro de vida del fallecido, se debe acudir a la aseguradora para que esta le confirme si son beneficiarios o no.

Se pueden dar varios casos:

  • Que en la póliza no esté designado un beneficiario: los herederos legales serían quienes obtuviesen la indemnización.
  • Si el beneficiario no es el familiar: la entidad aseguradora no está obligada a revelar la identidad de la persona que puede cobrar la indemnización.

Para cobrar la indemnización del seguro, los beneficiarios deberán presentar cierta documentación:

  • Certificado médico de defunción.
  • Acta de nacimiento y de defunción del asegurado.
  • Original de la póliza, siempre que sea posible y los datos del seguro de vida.
  • Identificación de los beneficiarios.
  • Si el beneficiario es el/la cónyuge de la persona fallecida, el certificado de matrimonio.

¿Deben las aseguradoras darse de alta en el Registro de contratos de seguros de vida?

Aquellas entidades aseguradoras que realicen o hayan realizado contratos de seguros relacionados con seguros de vida con cobertura de fallecimiento y seguros de accidentes en los que esté cubierta la contingencia del fallecimiento del asegurado, deben darse de alta en este registro para enviar de manera periódica información de los contratos.

Esto supone una obligación, tanto para entidades aseguradoras españolas como para las que se encuentran domiciliadas en un país que pertenece al Espacio Económico Europeo, pero ejercen su actividad en España.

Calcular mi seguro de vidaCalcular mi seguro de vida