Diferencia entre discapacidad y minusvalía
En 1980, la Organización Mundial de la Salud creó la Clasificación Internacional de Deficiencias, Discapacidades y Minusvalías. En esta clasificación existía una diferencia entre discapacidad y minusvalía en lo que a definición se refiere.
- Según la OMS, discapacidad era la restricción o ausencia, debido a una deficiencia, de la capacidad para ejecutar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para las personas.
- Por minusvalía se entendía como una situación desventajosa para un individuo, como consecuencia de una deficiencia o discapacidad que le limita o impide el desempeño de un rol que sería normal en su caso, según sus características (edad, sexo, factores culturales y sociales).
A pesar de existir ciertas diferencias en la definición, siempre ha sido muy habitual usar ambos términos indistintamente, pero especialmente el de minusvalía solía conllevar un matiz despectivo.
Sin embargo, una revisión de esta clasificación por parte de la OMS en 2001, así como el establecimiento de la Ley de Dependencia (Ley 39/2006) en España, hizo que se produjese un cambio de términos, abandonando el sentido peyorativo de la palabra “minusvalía” y sustituyéndolo por el de discapacidad.
Además, la Ley General de Discapacidad (Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre) fue la clave para terminar de consolidar este cambio, reforzando el uso de la palabra discapacidad frente al de minusvalía.
4 diferencia entre incapacidad y discapacidad
Entendidos bien los conceptos de incapacidad y discapacidad, así como su diferencia con otros términos que también pueden dar lugar a confusión, pasemos a ver con mayor concreción cuáles son las 4 principales diferencias entre discapacidad e incapacidad.
1. Entorno
Aunque pueden ser compatibles y darse en una misma persona, no es lo mismo incapacidad que discapacidad, y una de sus principales diferencias la encontramos en el entorno en el cual surgen los términos.
- Una incapacidad hace referencia al entorno laboral.
- Mientras que la discapacidad es un concepto más amplio, que influye también en el ámbito personal y social de los individuos.
Por tanto, mientras que la incapacidad es un reconocimiento exclusivo para trabajadores, el reconocimiento de discapacidad puede ser solicitado por cualquier persona que cumpla las condiciones exigidas para ello.
2. Medición
Otra diferencia entre incapacidad y discapacidad es la forma de medir estas condiciones. Mientras que la incapacidad se mide por grados (temporal, permanente, parcial, total, permanente, absoluta o gran invalidez), la discapacidad se engloba en porcentajes.
3. Reconocimiento
La forma de reconocer estas condiciones es otra de las principales diferencias.
- La situación de discapacidad debe ser reconocida por el IMSERSO o los órganos competentes en materia de asuntos sociales de cada Comunidad Autónoma. En esos casos, se expide un certificado que recoge el porcentaje concreto de discapacidad que tiene la persona.
- Los casos de reconocimiento de incapacidad corresponden al Instituto Nacional de la Seguridad Social, cuando considera que afecta de manera definitiva a la capacidad para trabajar.
Por lo tanto, se podría decir que una diferencia entre discapacidad e incapacidad es que una la regula cada región y la otra el Estado. Esto implica que los procedimientos y plazos sean distintos.
4. Ayudas y beneficios fiscales
El reconocimiento de discapacidad puede conllevar ventajas sociales, laborales y fiscales. Por ejemplo:
- A nivel fiscal se aplican reducciones en diferentes impuestos, como en el IRPF, en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones o en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
- En lo laboral, las empresas tienen derecho a deducciones cuando se contratan a personas con discapacidad y estas, al acceder a ciertas oposiciones, siempre tienen una serie de plazas garantizadas.
- Las ventajas sociales para quienes tienen reconocida una discapacidad se reflejan, por ejemplo, en algunos descuentos y derechos prioritarios.
Sin embargo, la discapacidad no supone el cobro de una pensión, salvo cuando el porcentaje es superior al 65%. En esos casos, se puede percibir una pensión no contributiva por invalidez, pero si no supera, por otras vías, un límite de ingresos establecido.
Por su parte, la condición de incapacidad permanente puede conllevar el cobro de una prestación económica o pensión:
- Para la incapacidad permanente parcial, 24 mensualidades de la base reguladora.
- Cuando es una incapacidad permanente total, el 55% de la base reguladora cada mes.
- Para la incapacidad permanente absoluta, el 100% de la base reguladora al mes.
- En los casos de gran invalidez, será el 100% de la base reguladora, más el 45% de la mínima.
Compatibilidad
Aunque esto no es una diferencia entre incapacidad y discapacidad, es importante recalcar que una misma persona puede tener una discapacidad y no tener una incapacidad, y al revés también.
Además, puede suceder que se reconozca, a la vez, una incapacidad permanente absoluta y una discapacidad, pero no necesariamente ambas situaciones van parejas, ni son fruto de la misma causa.