Subida de las pensiones no contributivas
Como hemos comentado, las pensiones no contributivas son las que se abonan a personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad sin recursos. En este caso, el gobierno ha establecido una subida mayor para estas pensiones (jubilación, incapacidad e Ingreso Mínimo Vital), tratando de ayudar lo máximo posible a quienes las reciben.
La revalorización para estas pensiones es del 15% con respecto a comienzos del año 2022. Ya que realmente, es una subida que se conserva, pues se lleva aplicando desde julio del 2022 como medida extraordinaria. Por tanto, las personas que reciban pensiones no contributivas, no verán una diferencia de ingresos en enero respecto al mes de diciembre.
La cuantía básica para las pensiones no contributivas para 2023:
Cuantía | Anual | Mensual |
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Íntegra | 6.784,54 € | 484,61 € |
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Mínima 25% | 1.696,14 € | 121,15 € |
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En el caso de que hubiese más de un beneficiario de una pensión no contributiva, la cuantía que cada uno recibiría sería:
NºBeneficiarios | Anual | Mensual |
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2 | 5.766,86 € | 411,92 € |
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3 | 5.427,63 € | 387,69 € |
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Pensiones mínimas de viudedad, incapacidad y orfandad
Dentro de las pensiones, vamos a destacar también los cambios que se producen las mínimas de viudedad e incapacidad.
Pensiones mínimas de viudedad
- Titulares con cargas familiares: 12.682,13 €/año (905,86 €/mes).
- Mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 65%: 10.962,62 €/año (783,04 €/mes).
- Titulares de entre 60 y 64 años: 10.256,29 €/año (732,59 €/mes).
- Menores de 60 años sin cargas: 8.305,89 €/año (593,27 €/mes).
Pensiones mínimas por incapacidad permanente
Incapacidad absoluta o total con 65 años o más>:
- Con cónyuge a cargo: 13.526,70 €/año (966,19 €/mes).
- Sin cónyuge: 10.962,62 €/año (783,04 €/mes).
- Con cónyuge no a cargo: 10.405,15 €/año (743,22 €/mes).
Incapacidad total para titulares de entre 60 y 64 años:
- Con cónyuge a cargo: 12.682,13 €/año (905,86 €/mes).
- Sin cónyuge: 10.256,29 €/año (732,59 €/mes).
- Con cónyuge no a cargo: 9.694,26 €/año (692,44 €/mes).
Incapacidad total derivada de una enfermedad común para menores de 60 años:
- Con cónyuge a cargo: 8.081,08 €/año (577,22 €/mes).
- Sin cónyuge: 8.081,08 €/año (577,22 €/mes).
- Con cónyuge no a cargo: 8.011,21 €/año (572,22 €/mes).
Gran invalidez (mínimos también aplicables a Jubilación con 65 años procedente de gran invalidez):
- Con cónyuge a cargo: 20.290,80 €/año (1.449,34 €/mes).
- Sin cónyuge: 16.444,69 €/año (1.174,62 €/mes).
- Con cónyuge no a cargo: 15.607,73 €/año (1.114,83 €/mes).
Pensión mínima por orfandad
- La pensión por orfandad será de 3.352 € por beneficiario y de 6.592 € por beneficiario con discapacidad menor de 18 años o con discapacidad de 65%.
- Para la prestación especial de orfandad, el beneficiario recibirá 10.261 € y si hay varios, se repartirán 17.297 € entre el número de beneficiarios que haya.
Con el cambio de año y la situación actual, para tratar de ayudar a los ciudadanos, se han propuesto distintas medidas desde el Gobierno. Bajadas del IRPF, cambios en los tramos de cotización, etc. Además, tratando de ayudar en el presente, pero también pensando en el futuro, se han tomado algunas medidas que tratan de sostener el sistema de pensiones.
Subida de la edad de jubilación y más tiempo para cobrar el 100%
Con la reforma de 2011, ya se estableció que se trataría de ir subiendo la edad de jubilación, ya que se considera que un trabajador puede estar más años en su puesto de trabajo debido a la esperanza de vida, además de que ayudará a que no haya un número de jubilados tan elevado.
- En 2023, la edad ordinaria de jubilación será de 36 años y 4 meses para quienes no lleguen a 37 años y 9 meses cotizados.
- Un trabajador seguirá pudiendo jubilarse a los 65 años si cumple con el tiempo cotizado establecido.
Además, para llegar a cobrar el 100% de la base reguladora en la pensión de jubilación, lo cual depende de los años cotizados, se establecen los siguientes porcentajes:
- El 50% de la base reguladora son otorgados por los 15 años obligatorios de cotización. Esto es lo único mantiene con respecto al año anterior.
- Por cada uno de los siguientes 49 meses se concede un 0,21% extra.
- Por cada uno de los siguientes 209 meses cotizados un 0,19%.
Así, para poder llegar al 100% de la base reguladora será necesario cotizar medio año más: 36 años y seis meses.
Aumento en las cotizaciones de los trabajadores
Con el objetivo de mantener un sistema de pensiones sostenibles, desde este año, subirá en un 0,6% la cotización por contingencias comunes (0,5 empresarial y 0,1 el trabajador). La recaudación irá destinada a la “hucha de pensiones”. Con esta subida, se podrá mantener el sistema de pensiones actual para pagar a la generación “baby boom” que está a punto de jubilarse.
Nuevo sistema de cotizaciones de los autónomos
Otra de las reformas que se ha tratado de establecer también es en relación al sistema de cotización de autónomos, tratando de cambiarlo a uno por tramos de los ingresos que el trabajador declara. Se trata de un cambio de carácter progresivo que comienza este 2023 y se extenderá hasta 2025.
El objetivo de esto es que disminuya la cantidad de trabajadores autónomos que cotizan por la base mínima (actualmente son alrededor del 85%). Esta medida causará un efecto en la recaudación por cotizaciones.
Pensión contributiva para médicos de familia y pediatras
Una de las medidas que el Gobierno ha aprobado para las pensiones, se ha centrado en la atención primaria, tanto en los médicos de familia como en los pediatras. Esta pensión podrá ser compatibilizada con empleo parcial o total. Esta tendrá una vigencia de 3 años.
Esta ha sido una de las formas de solucionar lo que estos profesionales demandan: Más facultativos de estas especialidades. El número actual es muy reducido debido al gran número de jubilaciones de estos profesionales.