Cambios en las pensiones de jubilación 2024

Cambios en las pensiones de jubilación

Con el nuevo año, las pensiones y prestaciones proporcionadas por la Seguridad Social se revalorizan. Con ello, se pretende que los pensionistas no pierdan poder adquisitivo con respecto al año anterior.

Asimismo, al igual que en los últimos años, las pensiones aumentan con el objetivo de favorecer a las personas con situaciones más vulnerables y que se ven más afectadas por la situación actual de inflación. Por ello, en este post te traemos las últimas novedades sobre las pensiones en 2024.

¿Cuánto suben las pensiones en 2024?

Para tratar de conseguir que los pensionistas no sufran una pérdida de poder adquisitivo, las pensiones contributivas aumentan un 3,8% en 2024.

Este porcentaje ha sido seleccionado expresamente, ya que se trata del resultado obtenido a partir del índice de precios de consumo (IPC) medio entre finales de 2022 y 2023. Precisamente, el año pasado aumentaron un 8,5%, mientras que en 2022 subieron un 2,5%. Por lo tanto, este es el tercer año que se revalorizan las pensiones de acuerdo con el IPC.

Desde 2018, la pensión media de jubilación se ha incrementado un 29%, lo que supone casi 4.000 euros más.


Por otro lado, las pensiones no contributivas aumentan un 6,9%. Estas son las prestaciones otorgadas a las personas en situaciones de necesidad que no cuentan con los recursos necesarios para vivir. En este grupo se incluyen las pensiones no contributivas de vejez e invalidez (SOVI), las pensiones mínimas, y el Ingreso Mínimo Vital.

Asimismo, las pensiones de viudedad con cargas familiares, aumentan un 14,1%.

¿Cuándo subirán las pensiones?

Como cada año, la subida de las pensiones se realiza a partir de enero. Aunque se supone que estas se cobran a mes vencido, la realidad es que las entidades bancarias suelen adelantarse y pagarlas a finales de cada mes.

De esta manera, si eres pensionista, entre el 22 y el 30 de enero recibirás tu prestación con la nueva subida.

Desaparición de la paga compensatoria

Con el cambio de método para calcular la revaloración de las pensiones en el año 2022, lo que se conoce como "paguilla" de enero o paga compensatoria ya no se recibe.

Esto se debe a que, a la hora de efectuar el cálculo del porcentaje de la subida de las pensiones, se tiene en cuenta el IPC. Por lo que, aunque de primeras puede parecer una pérdida, a medio plazo es compensada e incluso superada, haciendo que los jubilados tengan garantizado un ingreso económico más estable y justo.

¿Cuántas personas se benefician de la subida de las pensiones?

Este año se podrán beneficiar de la subida un total de 11,8 millones de pensionistas o beneficiarios de otras prestaciones. De esta manera, podrán conservar o incluso llegar a aumentar su poder adquisitivo.

¿Se revalorizan todas las pensiones?

No se revalorizarán todas las pensiones. En las medidas tomadas por el gobierno, se señala que las prestaciones que excedan los 3.175,04 € al mes, no podrán beneficiarse de esa subida, salvo algunas excepciones concretas. Además, se declara que el máximo de cuantía anual no podrá ser superior a los 44.450,56 €.

Cuál es la pensión máxima y mínima de jubilación este año

Con la subida de las pensiones este 2024, la pensión media de jubilación pasa de 1.363,8 €/mes a 1.386 €/mes, aumentando 52 euros al mes y 734 euros al año.

No todos los pensionistas cobran lo mismo, por eso es importante diferenciar el aumento de las pensiones mínimas y máximas. Vamos a ver esta subida sobre las pensiones de jubilación contributivas.

Pensión de jubilación máxima

Cumpliendo con la revalorización de las pensiones contributivas aplicada por el Gobierno, la pensión de jubilación máxima en 2024 se sitúa en 3.175 € mensuales en catorce pagas, es decir, 44.450 € anuales.

En cambio, el año pasado era de 3.059 euros de 2023, es decir, 42.823 euros anuales.

Pensión de jubilación mínima

Para comprobar la subida de la pensión contributiva mínima, se diferencia entre las personas que son mayores de 65 y las que son menores de esta edad. Así quedarían los datos:

Edad titularCon cónyuge a cargoSin cónyuge a cargoCon cónyuge no a cargo
65 años o mayor14.466,20 €/año11.552,8 €/año10.966,20 €/año
Menor de 65 años14.466,20 €/año 10.808 €/año10.215,80 €/año

Cómo se han revalorizado las pensiones este año

Cuando se comienza con la revalorización de las pensiones, solemos pensar rápidamente en las pensiones de jubilación. Sin embargo, estas no son las únicas, pues también hay las pensiones de viudedad, las de incapacidad permanente, orfandad

Para el comienzo del nuevo año, la subida, la pensión media del sistema está en 1.200 €, a diferencia del año anterior, que se encontraba en 1.195,1€.

El coste de la revalorización al 3,8%, estimado para el 2024, es de 7.300 millones de euros. Si se añade la subida de las pensiones mínimas, de las no contributivas y del IMV, esta cifra asciende a 8.280 millones de euros.


Subida de las pensiones no contributivas

Como hemos comentado al inicio de este post, la revalorización para estas pensiones es del 6,9%. Ahora bien, el límite de ingresos para el reconocimiento de cuantías mínimas de pensión se establece en:

  • Sin cónyuge a cargo: 8.942,00 euros/año.
  • Con cónyuge a cargo: 10.430,00 euros/año.

Asimismo, las cuantías mínimas de las pensiones de Clases Pasivas se han fijado, en cómputo anual, en los importes siguientes:


Tipo de pensiónCon cónyuge a cargoSin cónyuge a cargoCon cónyuge no a cargo
Pensión de jubilación o retiro14.466,20 €/año11.552,8 €/año10.966,20 €/año
Pensión de viudedad11.552,80 €/año 11.552,80 €/año11.552,80 €/año
Pensión familiar distinta a la de viudedad y diferentes beneficiarios11.261,60/n €/año 11.261,60/n €/año11.261,60/n €/año

Pensiones mínimas de viudedad

  • Titulares con cargas familiares: 14.466,20 €/año (1.033 €/mes).
  • Mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 65%: 11.552,80 €/año.
  • Titulares de entre 60 y 64 años: 10.808,00 €/año.
  • Menores de 60 años sin cargas: 8.752,80 €/año.

Pensiones mínimas por incapacidad permanente

Gran invalidez:

  • Con cónyuge a cargo: 21.698,60 €/año.
  • Sin cónyuge: 17.329,20 €/año.
  • Con cónyuge no a cargo: 16.448,60 €/año.

Absoluta:

  • Con cónyuge a cargo: 14.466,20 €/año.
  • Sin cónyuge: 11.552,80 €/año.
  • Con cónyuge no a cargo: 10.966,20 €/año.

Incapacidad total con 65 años o más:

  • Con cónyuge a cargo: 14.466,20 €/año.
  • Sin cónyuge: 11.552,80 €/año.
  • Con cónyuge no a cargo: 10.966,20 €/año.

Incapacidad total para titulares de entre 60 y 64 años:

  • Con cónyuge a cargo: 14.466,20 €/año.
  • Sin cónyuge: 10.808,00 €/año.
  • Con cónyuge no a cargo: 10.215,80 €/año.

Incapacidad total derivada de una enfermedad común para menores de 60 años:

  • Con cónyuge a cargo: 8.516,20 €/año.
  • Sin cónyuge: 8.516,20 €/año.
  • Con cónyuge no a cargo: 8.443,40 €/año.

Parcial del régimen de accidentes de trabajo con titular de 65 años:

  • Con cónyuge a cargo: 14.466,20 €/año.
  • Sin cónyuge: 11.552,80 €/año.
  • Con cónyuge no a cargo: 10.966,20 €/año.

Pensión mínima por orfandad

  • La pensión por orfandad será de 3.533,60 € por beneficiario y de 6.946,80 € por beneficiario con discapacidad menor de 18 años o con discapacidad de 65%.
  • Para la prestación especial de orfandad, el beneficiario recibirá 10.584 € y si hay varios, se repartirán 17.841,60 € entre el número de beneficiarios que haya.

Cambios y novedades en las pensiones 2024

Para adaptar las pensiones a los cambios económicos y sociales del país, el gobierno propone diferentes medidas, como son las bajadas del IRPF, cambios en los tramos de cotización, etc.

De esta manera, aquí te enumeramos las últimas novedades en materia de pensiones.

Edad de jubilación ordinaria

En 2024, la edad legal de jubilación sube dos meses respecto a la de 2023, situándose en 66 años y 6 meses cuando se cuente con menos de 38 años cotizados.

En caso de disponer de 38 o más años cotizados, será posible jubilarse con 65 años.

Edad de jubilación parcial

La edad mínima con contrato de relevo se establece en 64 años, en el caso de disponer de 33 años o más cotizados, o bien 62 años y 6 meses en caso de disponer 36 años o más cotizados en el momento de acceso.

Asimismo, la edad de jubilación parcial sin contrato de relevo será la misma que la edad de jubilación.

Edad de jubilación anticipada

Este año se retrasa la edad mínima para jubilarse de forma anticipada, pues será posible acceder a ella hasta 2 años (24 meses) antes de la edad legal ordinaria. Esto se traduce en que será necesario haber cumplido 64 años y 6 meses en el caso de disponer de menos de 38 años de cotización. En caso de acumular 38 años o más, será posible acceder a partir de los 63 años.

En el caso de jubilación anticipada involuntaria o forzosa, será posible hasta 48 meses (4 años) antes de la edad ordinaria. Es decir, a partir de los 62 años y 6 meses si se dispone de menos de 38 años cotizados, o a partir de los 61 años si se acumulan 38 años o más de cotizaciones.

Aumento de las cotizaciones a la Seguridad Social

Con el inicio del incremento progresivo del tipo de cotización del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), en 2024 quedará situado en el 0,7%. Este se reparte de la siguiente manera:

Trabajadores por cuenta ajena, en un 0,58% a cargo del empleador 0,12% a cargo del trabajador. Los trabajadores por cuenta propia asumirán íntegramente el 0,7%.

Incremento de la base máxima de cotización a la Seguridad Social

Este año también se actualizan los importes de bases de cotización mínimas y máximas para cada uno de los 15 tramos de rendimientos netos del sistema de cotización de trabajadores autónomos.

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