4. Gestionar la herencia
Una vez pasado el funeral y el sepelio, otro de los trámites después de la muerte de un familiar que debes afrontar es la gestión de la herencia. Debe realizarse en 15 días hábiles después del fallecimiento, por lo que no es necesario encargarse de ello en la primera etapa del duelo.
Si el difunto contaba con un seguro de vida, se debe comunicar a la compañía de seguros antes de los 7 días para agilizar el cobro del seguro durante la herencia.
Los trámites relacionados con la herencia pueden llevarse a cabo por la familia, una gestoría contratada de forma privada o un servicio de gestoría incluido en el seguro de vida del fallecido.
5. Solicitar el certificado de últimas voluntades
A los 15 días hábiles del fallecimiento se debe solicitar el certificado de últimas voluntades, un documento que acredita si existe testamento y en qué notaría se encuentra. Por lo tanto, se trata de uno de los trámites imprescindibles tras la muerte de un familiar que necesitarás para tramitar la herencia.
Para solicitar este certificado es necesario presentar el Modelo 790 de forma presencial o telemática, con certificado digital y se debe abonar la tasa correspondiente.
En el caso de que exista un testamento, los herederos deben acudir al notario correspondiente para conocer la voluntad del difunto. En caso de que no haya testamento, se realizará una declaración de herederos y el reparto de la herencia, según lo que establece la Ley frente a un notario o un juez.
6. Aceptar o renunciar a la herencia
Una vez que se conocen los herederos y se reparte el legado, es momento de decidir si se acepta o se rechaza la herencia. Es importante recordar que en España, la aceptación de una herencia conlleva el pago de impuestos, así como la responsabilidad de hacer frente a las deudas del fallecido.
Ante cualquier duda sobre ello, siempre es recomendable buscar asesoramiento legal de abogados especialistas.
7. Gestionar las obligaciones fiscales de la herencia
Si se decide aceptar la herencia, hay una serie de obligaciones fiscales que los herederos deben cumplir en tiempo y forma para evitar sanciones de Hacienda. Concretamente, se debe proceder a la liquidación de los impuestos asociados.
Los herederos tienen un plazo de 6 meses después del fallecimiento para pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que depende de cada Comunidad Autónoma.
En el caso de que se hereden bienes inmuebles o vehículos, también es necesario liquidar la Plusvalía Municipal (Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) y realizar la inscripción en el Registro de la Propiedad con los nuevos titulares.
Otra de las obligaciones fiscales es la de presentar la declaración de IRPF de la persona fallecida en el período correspondiente, si tuviera obligación de hacerlo.
8. Dar de baja al fallecido en la Seguridad Social
Dentro de los 30 días desde el fallecimiento se debe realizar la baja del fallecido en la Seguridad Social, para así poder tramitar prestaciones públicas, como son las pensiones.
Para realizarlo es necesario presentar el certificado de defunción en cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
9. Solicitar pensiones
Si se cumplen los requisitos, los familiares del fallecido pueden solicitar pensiones de viudedad u orfandad. Concretamente, los posibles beneficiarios de una pensión pública después del fallecimiento de una persona son:
- Cónyuge del viudo.
- Pareja de hecho.
- Hijos hasta 21 años.
- Familiares dependientes.
Este trámite no tiene plazos determinados, pero es recomendable hacerlo cuanto antes para evitar complicaciones.
Para solicitar una pensión de viudedad se debe presentar una solicitud ante la Seguridad Social luego de realizar la baja del fallecido, y deberán responder en un plazo máximo de 90 días.
10. Hacer el cambio de titularidad
Para evitar impagos y sanciones, es muy importante cambiar la titularidad de ciertos suministros del hogar y otros contratos, como son la luz, el agua, la línea de teléfono, el internet, etc.
Asimismo, es importante encargarse de los trámites bancarios, pues requiere la liberación de las cuentas del fallecido para disponer del dinero. Recuerda que, al notificarse la muerte de una persona, los bancos suelen bloquear la cuenta hasta que los herederos acrediten su derecho a este dinero por la herencia.