¿Cuándo empieza la declaración de la renta 2023?

Cuándo empieza la declaración de la renta

Ya es oficial: el 3 de abril de 2024 comienza la campaña de la declaración de la Renta para los ejercicios fiscales del 2023. Por lo que, si tienes que presentar tu borrador con la declaración, es importante que te marques una serie de fechas en el calendario.

Es por ello que en este post te facilitamos todas las fechas, así como las vías para presentar tu declaración de la renta. Toma nota.

Fechas para hacer la declaración de la renta 2023

Como hemos mencionado, la campaña de la renta de este año empieza el 3 de abril y termina el 1 de julio. Sin embargo, este plazo es para la presentación de las declaraciones de la renta y patrimonios de 2023 presentadas a través de internet.

Por ello, si necesitas consultar tus datos fiscales y comprobar que están correctos, puedes hacerlo a través de la web de la Agencia Tributaria. Para ello deberás disponer de un sistema cl@ve o un número de referencia.

Por otro lado, del 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024 podrás hacer la declaración de la renta 2023 por teléfono, mientras que presencialmente se podrá hacer del 7 de junio al 1 de julio de 2024.

Calendario de la renta 2023

Las fechas señaladas para el comienzo de la presentación del ejercicio de 2023 o para pedir cita previa van a depender de la vía que escojamos para hacer la declaración. Aquí te las indicamos:

  • Miércoles 3 de abril de 2024: Comienza el periodo para la presentación de las declaraciones de la renta y patrimonio de 2023 a través de internet.
  • Lunes 29 de abril de 2024: Ya se puede solicitar cita previa para hacer la declaración por vía telefónica.
  • **Martes 7 de mayo de 2024: Empieza el periodo para la realización de la declaración a través del teléfono.
  • Miércoles 29 de mayo de 2024: A partir de esta fecha puede solicitarse la cita previa para presentar la declaración en oficina de forma presencial.
  • Lunes 3 de junio de 2024: Ya se puede acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la Renta 2023.
  • Viernes 28 de junio de 2024: Finaliza el plazo para pedir cita previa para las declaraciones por vía telefónica o presencial.
  • Lunes 1 de junio de 2024: Último día para presentar las declaraciones de renta y patrimonio por cualquier vía. Teniendo en cuenta que el resultado sea a devolver, renuncia a la devolución o resultado negativo y a ingresar sin domiciliación.

Estas fechas no se aplican para los contribuyentes de las Comunidades Autónomas del País Vasco y Navarra, que se rigen por una fiscalidad propia.

Hasta cuando se puede presentar la declaración de la renta en 2024

La fecha marcada como límite por la Agencia Tributaria es el 1 de julio de 2024, sin importar que se haga a través de internet, de forma presencial o por vía telefónica. Por el contrario, si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta, es posible que la fecha límite sea unos días antes.

De esta manera, los contribuyentes cuentan con un plazo de dos meses para la autoliquidación del IRPF.

Teléfonos de la Agencia Tributaria para hacer la declaración de la Renta

La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes teléfonos para solicitar cita previa para las presentaciones en oficina o por vía telefónica:

  • 901 12 12 24 / 91 535 73 26 - Teléfonos automáticos
  • 901 22 33 44 / 91 553 00 71 - Atención personalizada de lunes a viernes de 9:00 h a 19:00 h.

Sin embargo, esta cita previa también podrá ser solicitada a través de internet.

¿Quién tiene que hacer la declaración de la renta?

El ejercicio de la declaración de la renta no es obligatorio en todos los casos. Si deberán presentar sus ejercicios los contribuyentes que:

  • Cuyos rendimientos íntegros de trabajo anuales superen los 22.000 € (de un solo pagador).
  • Las personas cuyos ingresos anualessuperan los 15.000 € procedentes de más de un pagador, siempre que los rendimientos del segundo pagador y los siguientes sumen más de 1.500 € anuales. (Las pensiones de jubilación, prestaciones por desempleo, ERTE, pensiones compensatorias o pagos por bajas médicas también se incluyen).
  • Para los rendimientos íntegros de capital inmobiliario y ganancias patrimoniales, estarán obligados a realizar la presentación del ejercicio, quienes hayan obtenido rendimientos superiores a 1.600 € anuales.

Por otro lado, un contribuyente deberá presentar la declaración en caso de que perciba solo rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros de capital mobiliario que no estén sujetos a retención de Letras del Tesoro y subvenciones para la compra de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales debidas de ayudas públicas no superen los 1.000 euros anuales en su conjunto.

Novedades en la declaración de la Renta 2023

Para la campaña de este año hay nuevas deducciones, siendo las más relevantes

  • Vehículos eléctricos comprados después del 30 de junio de 2023, con una deducción del 15% de la compra del vehículo. La base no puede exceder de 20.000€.
  • Instalación de punto de carga para vehículos eléctricos en el domicilio, con una deducción del 15%.
  • Autónomos con trabajadores a cargo, pudiéndose deducir de las declaraciones trimestrales del calendario fiscal hasta un 10% de las contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial.

Por otro lado, las deducciones que amplían son las relacionadas con la rehabilitación de la vivienda, contribuciones a ONG’s, partidos políticos, sindicatos o colegios profesionales, y la deducción por maternidad.

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