¿Hay que pagar IRPF en caso de indemnización de un seguro colectivo por incapacidad permanente?
Por lo tanto, y puestos ya un poco en contexto con todo lo explicado anteriormente, en caso de que recibas una indemnización de un seguro colectivo por incapacidad permanente tendrás que pagar IRPF.
En este caso, se considera rendimiento de trabajo sujeto la diferencia entre la prestación que recibe el empleado y la prima que ha pagado la empresa. No hay derecho a reducciones y se retendrá el porcentaje correspondiente.
Sin embargo, en marzo de 2020, el Tribunal Supremo cambió el criterio que mantenía la Dirección General de Tributos y estableció que las prestaciones en forma de capital derivadas de una incapacidad permanente que tuvieran lugar a partir de enero de 2007 y estuvieran cubiertas por seguros colectivos de vida contratados antes de enero de 2006, tenían derecho a una reducción del 40% sobre la cuantía pagada como IRPF. Con la condición de que fuesen seguros de renovación anual.
Indemnización por un seguro de convenio ¿está exenta de IRPF?
Si la indemnización está destinada a cubrir una enfermedad derivada de un riesgo en el trabajo o la muerte producida por un accidente laboral, estarán exentos de IRPF.
Cuando la retribución obtenida sea por cuestiones diferentes a las mencionadas, será considerado renta en especie para el trabajador, como hemos visto anteriormente.
Si por desgracia, el trabajador asegurado ha fallecido, los beneficiarios tributan por Impuesto de Sucesiones, con las reducciones correspondientes por parentesco con el asegurado según cada comunidad autónoma.
El tema de la tributación del IRPF en caso de obtener una retribución por un seguro colectivo es un asunto que puede resultar complicado a la hora de obtener la indemnización. En caso de duda, nuestra recomendación siempre es consultar con un experto que resuelva todas tus preguntas y pueda aconsejarte de manera conveniente.