¿Cuánto paga un autónomo en España?

Nuevo sistema de cotización autonomos

Si te estás planteando darte de alta como autónomo en España, debes tener en cuenta que la cuota de autónomos es un pago que tendrás que abonar de manera mensual. Tanto si vas a iniciarte en ello ahora como si ya estás dado de alta, te invitamos a descubrir cuánto paga un autónomo actualmente, ya que la cotización de autónomos ha cambiado en 2023. Este año se ha establecido un nuevo sistema de cotización que se basa en los ingresos reales y que cambia la manera de calcular la cuota, con más razón te pueden surgir dudas. Por ello, vamos a aclararlas.

¿Qué es la cuota de autónomos?

La cuota de autónomos es un pago mensual que se hace a la Seguridad Social y que es de obligado cumplimiento para todo profesional por cuenta propia, con el fin de acceder a ciertas prestaciones sociales.

Antes de empezar tu actividad como autónomo, debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).


Este es el primer paso, pues desde el día que te das de alta, empezarás a pagar tus cuotas. Es decir, no importará si facturas o no, si tienes gastos o no los tienes. La cuota la pagarás sin excepciones.

Dicho pago va a variar en función de tu base de cotización. Ahora, con la nueva cuota, esto dependerá de tus ingresos reales.

Eso sí, tanto el mes que te das de alta, como el que te pudieras dar de baja, lo que pagarás de cuota será la parte proporcional a los días que hayas estado dado de alta, sin tener que abonar la totalidad si no has estado todo el mes.

¿Por qué se paga la cuota de autónomos?

El pago de esta cuota responde a la responsabilidad del trabajador por cuenta propia frente a la Seguridad Social, con el fin de obtener el derecho a recibir ciertas prestaciones.

Es decir, que estas cotizaciones permiten cubrir diversas situaciones como son:

  • La asistencia sanitaria.
  • Baja por maternidad y paternidad.
  • La baja laboral.
  • Incapacidad temporal.

Además de que establecen la cuantía de las pensiones de jubilación.

Cambios en las cuotas

Por medio del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, quedó establecido un nuevo sistema de cotización para los autónomos. Dicho sistema entró en vigor el 1 de enero de 2023, quedando desde ese momento la cuota determinada por un sistema en función de los ingresos reales, también para 2024.

De esta manera, el sistema de cotización de los autónomos se convierte en un modelo progresivo de cuotas, desplegado durante 3 años (2023, 2024 y 2025). Con ello, los autónomos con menos ingresos ven rebajada su cuota y aquellos que más ganan la ven incrementada.

Antes explicar los tramos de cotización para autónomos, aclaramos que este sistema novedoso establece los siguientes pagos mensuales:

  • Para el año 2023, la cuota mínima era de 230 euros y la máxima de 500 euros.
  • En 2024, la cuota mínima quedará establecida en 225 euros y la máxima en 530 euros.
  • En el año 2025, la cuota mínima bajará a los 200 euros y la máxima alcanzará los 590 euros.

Estos ejemplos de cuotas se corresponden con la base de cotización mínima dentro de cada tramo, que se usa como marco de referencia.

Además, hay que tener en cuenta que la cuota de cada autónomo se calcula al aplicar un tipo de cotización del 31,3% en la base de cotización que elija de entre la mínima y la máxima en su tramo.

Tablas de cotización para autónomos en 2024

Ahora sí, veamos con más detenimiento cuánto paga un autónomo en España con el nuevo sistema. Dicho sistema determina 15 tramos de cotización en los que cada trabajador por cuenta propia tiene que encuadrarse basándose en una previsión de sus ingresos.

Como se puede observar, mientras que los primeros tramos reflejan una rebaja de la cuota, con respecto a la base mínima anterior, para los tramos más elevados, esta aumenta.

TramosBase de Cotización mínima 2024Cuota 2024

Hasta 670 €

735,29

230

Entre 670 y 900 €

816,99

255,72

Entre 900 y 1667,70 €

872,55

273,11

Entre 1166,70 y 1300 €

950,98

297,66

Entre 1300 y 1700 €

960,78

300,72

Entre 1700 € y 1850 €

1045,75

327,32

Entre 1850 y 2030 €

1062,09

332,43

Entre 2030 y 2330 €

1078,43

337,55

Entre 2330 y 2760 €

1111,11

347,78

Entre 2760 y 3190 €

1176,47

368,24

Entre 3190 y 3620 €

1241,83

388,69

Entre 3620 y 4050 €

1307,19

409,15

Entre 4050 y 6000 €

1454,25

455,18

6.000 € o más

1732,03

542,13

Como explicábamos antes, cada autónomo debe ubicarse en uno de los tramos teniendo en cuenta la previsión de sus ingresos. 

Precisamente, al basarse en una previsión, al finalizar cada año, el trabajador por cuenta propia tendrá que regularizar sus cotizaciones a la Administración

Es decir, tendrá que devolver o reclamar las cuotas si el tramo de rendimientos netos definitivos está por debajo o por encima del señalado basándose en sus previsiones durante el año.

¿Cuánto pagaba un trabajador por cuenta propia en España hasta 2022?

Previa a la entrada del sistema de cotización de autónomos la cuota venía experimentando un crecimiento anual. Esto se debía, especialmente, al aumento de las bases de cotización, sobre todo la mínima, que se estaba aprobando cada año dentro de los Presupuestos Generales del Estado.

De esa manera, en los últimos 5 años hasta 2022, esto es lo que pagaba un autónomo en España:

  • 2018: 277,94 euros.
  • 2019: 283,32 euros.
  • 2020: 286,15 euros.
  • 2021: 288,98 euros.
  • 2022: 294 euros.

Cómo calcular los ingresos reales para la base de cotización

Visto cuánto paga un autónomo en España de cuota, veamos, grosso modo, cómo se calculan los ingresos reales de los autónomos.

Esto es importante tenerlo presente, puesto que el nuevo sistema de cotización de autónomos 2024 se sustenta en los ingresos reales de los mismos, los cuales se conocen como rendimientos netos.

Autónomos persona fija en estimación directa

Con el fin de calcular los ingresos reales en este caso, se tendrán en cuenta:

  • Los rendimientos netos obtenidos por todas las actividades profesionales o económicas dentro de cada año natural.
  • A ello se le restan los gastos deducibles según lo previsto en las normas del IRPF.
  • Se suma la cuota de autónomos.
  • Se le resta un 7% como concepto por gastos genéricos.

Autónomos persona fija, en estimación objetiva (módulos)

Con el fin de obtener los ingresos reales:

  • Se considerará el rendimiento neto previo minorado en el caso de actividades forestales, agrícolas y ganaderas.
  • En el resto de supuestos, se tendrá en consideración el rendimiento neto previo.
  • Al resultado se le descontará un 7% extra por los gastos genéricos.

Autónomos societarios

En este caso:

  • Se tienen en cuenta los rendimientos de trabajo derivados de la actividad empresarial, los rendimientos dinerarios o en especie que deriven de su sociedad y los rendimientos que pudiera obtener de su propia actividad económica.
  • También se suma el total de los rendimientos íntegros de trabajo o capital mobiliario que se deriven de su condición de socios.
  • Se suma la cuota de autónomos.
  • Se resta un 3% por gastos genéricos.

Cambios del sistema de cotización

Además de los cambios en lo que a cuánto paga un autónomo se refiere,otras novedades introducidas por este nuevo sistema de cotización basado en ingresos reales, son:

  • Una acción protectora por cese de actividad parcial. Queda establecida una prestación del 50% de la base reguladora por cese de actividad parcial, debida a reducción de actividad. Por ella, se puede cobrar de 4 meses a 2 años, sin necesidad de darse de baja en el RETA y sin ser necesario el cierre.
  • Tarifa plana de 80 €. La tarifa plana será de 80 euros los 12 primeros meses de actividad, sin importar los ingresos. Podrá seguir pagando 80 euros los siguientes 12 meses si sus ingresos netos están por debajo del SMI.
  • Deducciones. Como se ha mencionado, queda incorporada una deducción de gastos genéricos del 7% para los autónomos individuales. Será del 3% para los autónomos societarios.
  • Desgravación de los planes de pensiones. Los autónomos podrán desgravarse un 10% de las aportaciones al plan de pensiones en el IRPF.
  • No hay tope de cotizaciones para los mayores de 47 años. Antes de este sistema de cuotas, los autónomos con más de 47 años que querían cotizar más para mejorar su futura pensión, pudiendo hacerlo porque sus rendimientos lo posibilitaba, tenían un límite de 2.055 euros mensuales en su base de cotización. Ahora, ese tope deja de existir
  • Cambios de tramo bimensuales. El autónomo puede cambiar su base de cotización cada 2 meses (hasta 6 veces al año), basándose en su previsión al alza o a la baja del comportamiento de su actividad.
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