Certificado de últimas voluntades y seguro de vida

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Para confirmar que un fallecido ha otorgado un testamento ante notario es necesario tener el certificado de últimas voluntades. Además, si el fallecido tenía un seguro de vida el cual no había notificado a los familiares también será necesario el certificado de seguro de vida. En este artículo te contamos para qué sirve cada uno y cómo solicitarlo.

¿Qué es el certificado de últimas voluntades y seguros de vida?

El certificado de últimas voluntades es una acreditación que confirma que una persona ha otorgado su testamento ante notario. Así, los herederos sabrán a quién dirigirse a la hora de obtener el testamento. Este certificado se requiere para cualquier acto posterior.

Por otro lado, el certificado de seguros de vida es otro documento que verifica que el fallecido tiene seguro de vida y en qué entidad ha contratado dicho seguro. De esta manera, los familiares puedan reclamar dicho seguro en caso de que tuviese cobertura de fallecimiento o cubrir accidentes que protejan del fallecimiento.

Todos los seguros de vida deben de estar notificados ante el Registro de Últimas Voluntades.


¿Cómo solicitar el certificado de últimas voluntades y seguros de vida?

Ambos documentos se solicitan en el Ministerio de Justicia. La petición del certificado la puede realizar cualquier persona, ya que los datos son públicos, siempre y cuando se acredite que el titular del testamento o beneficiario del seguro ha fallecido.

Para solicitar el certificado de últimas voluntades y seguros de vida tienen que haber pasado 15 días hábiles después del día de la muerte.


Presentar la solicitud

  • Rellenar el modelo 790, que se puede descargar de forma gratuita desde la web de Ministerio de Justicia o pedirlo de forma presencial en las Gerencias Territoriales del Ministerio o en la oficina central de Atención al Ciudadano en Madrid.
  • Pagar las tasas del certificado en cualquier banco o entidad colaboradora. El coste es de 3,86 euros. No olvides presentar el modelo 790.
  • También será necesario tener el Certificado Literal de Defunción que genera el Registro Civil de la localidad del fallecido/a. Es válido el documento oficial o una copia compulsada.
  • Tienes un plazo de 10 días hábiles desde que recibes los documentos hasta su presentación. Si lo realizas de manera telemática tienes un plazo de 5 días.

Este proceso se puede llevar a cabo de manera telemática desde la web del Ministerio de Justicia con el DNI electrónico. Si lo haces de modo presencial, en algunos sitios pueden tardar hasta 7 días en entregarte el certificado de últimas voluntades y seguros de vida y en otros lugares te lo darán el acto.

Para los que hagan el trámite de manera telemática, el certificado puede tardar entre 24 y 48 horas.


¿Quién puede solicitar el certificado de últimas voluntades y seguros de vida?

A la hora de solicitar el certificado de últimas voluntades y seguros de vida, cualquier persona con los documentos necesarios puede hacerlo. Sin embargo, serán los herederos quienes necesiten presentar estos documentos en caso de que quieran recuperar el testamento o solicitar una copia del seguro de vida.

Gracias al certificado de últimas voluntades y seguros de vida se podrá cobrar el seguro del fallecido por parte de los beneficiarios, evitando que se pierda dicho dinero.

Por ejemplo, la Ley del Contrato de Seguro estipula que, si al fallecer el asegurado del seguro vida no hay un beneficiario estipulado, el capital del seguro formará parte del patrimonio del tomador.

En caso de que no se especifique ningún beneficiario de la póliza, la indemnización del seguro de vida pasa a los herederos legales. En esta circunstancia, el testamento sería clave para repartir el seguro de vida y para ello sería necesario el certificado de últimas voluntades y seguros de vida.

¿Cómo puedo saber que mi seguro de vida está en el Registro de Últimas Voluntades?

Aunque el alta del seguro de vida en el Registro de Últimas Voluntades depende de el asegurado, en caso de que quieras confirmar que tu seguro está inscrito, deberás de personarte en el Ministerio de Justicia y solicitar el estado de tu seguro.

Si algo estuviese incorrecto, tendrás que contactar con tu compañía de seguros, aunque, como ya hemos especificado, estos trámites tienen que realizarlos la empresa aseguradora.

¿Y si al tener el certificado de últimas voluntades no hay testamento?

Si una vez que has solicitado el certificado de últimas voluntades, el fallecido no ha dejado testamento ante notario, los familiares tendrán que proceder de otra forma.

En estos casos, se debe de tramitar una declaración de herederos abintestato ante notario, para determinar quiénes son los herederos legales y quién puede optar a la herencia.

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