Cuántos seguros de vida puedo cobrar

Cuantos seguro vida puedo cobrar

El fin de la contratación de un seguro de vida es garantizar una tranquilidad económica a los beneficiarios del mismo en caso de que el asegurado fallezca. Por ello, es muy normal plantearnos la posibilidad de contratar varios seguros. Pero, ¿es eso posible? Y si es así, ¿cuántos seguros de vida puedo cobrar?

Cobrar varios seguros de vida ¿es posible?

Si eres el beneficiario de varios seguros de vida de un familiar, o incluso de distintas personas, es posible cobrarlos todos. Debes tener en cuenta que esto suele ser tras el familiar de la persona fallecida.

En el caso de los seguros de vida ocurre un poco diferente al resto seguros. Para otro tipo de pólizas, esa doble protección es lo que se conoce como concurrencia de seguros.

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Concurrencia de seguros: ¿qué es?

La concurrencia de seguros es aquella situación que se da cuando un mismo objeto se encuentra protegido por varios seguros del mismo tipo. De esta manera, el asegurado obtendría la posibilidad de recibir, en caso de percance, las indemnizaciones de los seguros contratados.

Sin embargo, dicha compensación podría superar el valor real del objeto asegurado, dando lugar a una situación en la que el asegurado se estaría lucrando. (Esto no es igual para los seguros del ramo vida, lo explicaremos más adelante).

Para que esto no suceda, la concurrencia se encuentra regulada por la ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Esta establece que, en el caso de los seguros de daños, cuando se dé el incidente que suscite el cobro del seguro, cada aseguradora con la que se haya firmado una póliza pagará solamente la parte proporcional que le corresponda.

Esto significa que la suma total de indemnizaciones que desembolsen las aseguradoras, no superará el valor del objeto. De esa forma, el asegurado no se estará enriqueciendo indebidamente por tener contratados varios seguros.

Por ejemplo, imaginemos que tenemos dos seguros de hogar y sufrimos un incendio. En ese caso, cada aseguradora nos pagará una parte proporcional de la indemnización para que no recibamos más dinero de lo que en realidad valdría nuestra casa.


Si se produjese un siniestro, el tomador deberá comunicarlo a cada aseguradora, indicando el nombre del resto de entidades con las que tiene contratado el mismo tipo de seguro. En caso de no hacer esta comunicación y se dé ánimo de lucro, podría suceder que el asegurado no recibiera la indemnización por parte de ninguna de ellas.

Sin embargo, esto no siempre es así. Hay contextos en los que es posible asegurar el mismo riesgo y cobrar por ello en todos los casos. Es lo que sucede con los seguros de vida, accidentes o decesos.

Concurrencia de seguros de vida, accidentes o decesos

El valor de una vida humana es incalculable. Por ese motivo, bajo ninguna circunstancia se puede considerar que el cobro de dos o más seguros de vida o accidentes sean superiores al valor de una persona.

  • Debido a ello, en caso de tener contratados más de un seguro de vida o accidentes, los beneficiarios sí podría cobrar las cantidades totales asegurados, sin límites, de todos los contratos en vigor.
  • El caso de los seguros de decesos también es particular. Al tratarse de un seguro de prestación de servicios, si la persona fallecida dispusiera de más de un seguro de esta modalidad, aquella entidad aseguradora que no hubiese facilitado el servicio funerario previsto en el contrato, tendrá que pagar la cantidad asegurada a los herederos del asegurado.

¿Se pueden tener dos o más seguros de vida?

Sí, de lo dicho anteriormente se desprende que es posible tener varios seguros de vida. Es perfectamente compatible, legal y algo muy importante a considerar.

Tener dos seguros de vida o más simultáneamente supone proporcionar una mejor protección a los beneficiarios de los mismos, cubriendo todos los acontecimientos que pudieran ocurrir.

¿Qué debo hacer para tener varios seguros de vida?

Principalmente, los requisitos para tener (y que los beneficiarios puedan cobrar) varios seguros de vida, son tres:

  • Desear tenerlos. Si consideras que tus seres queridos quedarán más protegidos por contar con varios seguros, puedes contratarlos.
  • Poder pagarlos. Para que los beneficiarios puedan recibir la indemnización en caso de fallecimiento del asegurado, este debe estar al día en términos fiscales, el contrato de seguro de vida debe estar vigente y sus primas abonadas.
  • Contratarlos. Hoy en día, la contratación de un seguro de vida es muy sencilla. En el caso de Life5 se trata de una contratación 100% online, con confirmación inmediata.

¿Se puede cobrar de más de un seguro de vida?

Se pueden cobrar varios seguros de vida, tantos como tengas contratados. Y puedes tener contratada la cantidad de seguros de vida que consideres necesaria.

Según la legislación vigente, no hay un límite para la contratación de seguros de vida ni se restringe el número de seguros de vida que un mismo beneficiario podría cobrar simultáneamente o en momentos diferentes.

Lo que sí es cierto es que no es 100% necesario contratar dos o más pólizas diferentes. Existe la posibilidad de poner en un mismo seguro el total del capital que queramos asegurar y los diferentes beneficiarios, si hubiese más de uno.

Aun así, como decimos, optar por contratar tantos seguros de vida como consideres es una elección muy válida y muy beneficiosa. Y no solo porque los beneficiarios puedan recibir varias indemnizaciones. También es muy valorable cuando:

  • Se tiene un seguro de vida concedido en el trabajo. Es habitual que estos seguros tengan un capital asegurado muy bajo al ser seguros colectivos. Por ello, contar con otro seguro de vida complementario es muy recomendable.
  • Aunque no es obligatorio contratar un seguro de vida con la hipoteca, cuando se tiene uno vinculado a ella, en la mayoría de los casos, esta póliza solo cubre el préstamo del banco. Tu familia no se verá protegida más allá de saldar esa deuda, por lo que tener otro seguro de vida más y que esta lo cobre, cubriría las necesidades de tus seres queridos.

¿Se pueden cobrar varios seguros de vida de diferentes compañías?

Sí, como se ha visto, una persona puede contar con varios seguros de vida de tantas compañías como elija.

Las circunstancias vitales de cada uno cambian a lo largo del tiempo. Por ello, puede que en un momento preciso alguien decidiese** contratar un seguro de vida por un capital determinado o para un beneficiario concreto** y ahora necesite otro aparte para complementar ese o diferenciarlo.

Eso sí, es importante avisar a las aseguradoras cuando se tienen contratados varios seguros de vida para una misma persona. Esto está recogido así, por obligación, en la Ley de Contrato de Seguro.

¿Cuántos seguros de vida puedo cobrar de la misma entidad?

Dado que no hay restricciones en el número de pólizas de vida a contratar con una misma entidad, el número de seguros de vida a cobrar de la misma compañía aseguradora será el que se contrate.

Cómo saber si puedo cobrar varios seguros de vida: Registro

Los seguros de vida están inscritos en el Registro de Seguros de Vida, un organismo que compete al Ministerio de Justicia. En dicho registro quedan guardados todos los datos relacionados con las pólizas de vida activas. Esos mismos datos se almacenan hasta 5 años después del fallecimiento del asegurado.

En caso de que una persona dude de si un familiar tenía contratado un producto de vida y si se es beneficiaria del mismo, podrá obtener respuestas solicitando a este organismo el certificado de seguros de vida. Para pedir esta información deberán haber pasado, al menos, 15 días desde la defunción del asegurado.

Este certificado es un documento oficial que acreditará qué contratos de vida vigentes son los que posee una persona fallecida como asegurada. También reflejará la entidad con la que tiene contratados esos productos.


Sin embargo, en dicho certificado no se especificará quiénes son los beneficiarios del seguro o seguros de vida, así que los interesados deberán acudir a las entidades aseguradoras para confirmarlo.

Cómo puedo cobrar varios seguros de vida

En caso de que, previa acreditación personal y confirmación por parte de la aseguradora, se confirme que somos beneficiarios tanto para uno, como para varios, para cobrar un seguro de vida se deberá presentar cierta documentación:

  • Acta de nacimiento y certificado de defunción del asegurado.
  • Certificado médico del asegurado en el que se encuentre recogido el origen y evolución de la patología o accidente causante del fallecimiento.
  • Si la muerte se produjo por accidente, también es necesario el documento que recoja los testimonios de las diligencias judiciales.
  • Cuando sea posible, original de la póliza y datos del seguro de vida.
  • Datos identificativos de los beneficiarios y su documentación correspondiente.
  • Si el/la cónyuge de la persona fallecida es la beneficiaria, tendrá que presentar el certificado de matrimonio.
  • Si los beneficiarios son los hijos, deberán presentar el libro de familia.
  • Certificado del Registro de Actos de Últimas Voluntades.
  • Copia del último testamento o el Acta Notarial de Declaración de Herederos.
  • Y muy importante: la liquidación y carta de pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones al cobrar seguros

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un tributo que grava la transmisión de bienes y/o derechos que se realiza entre personas físicas a título lucrativo. Es decir, que quien recibe esos bienes o derechos no aporta una contraprestación por ello.

Dentro de las personas que deben pagar este impuesto se encuentran los beneficiarios de un seguro de vida, cuando no se es tomador del mismo. Esto es debido a que al recibir la indemnización de una póliza de vida por fallecimiento del asegurado o por cualquiera de las garantías adscritas (invalidez permanente y absoluta, accidente, etc.), el dinero llega a manos del beneficiario sin haber aportado nada.

El porcentaje que deberá abonar el beneficiario puede variar, puesto que este impuesto se encuentra regulado por cada Comunidad Autónoma y el tipo impositivo dependerá de cada una de ellas.

Dicho esto, debes saber que si vas a cobrar varios seguros de vida, deberás pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones correspondiente por cada uno. Además, se tributará por cada póliza.

La cantidad total a pagar, como hemos dicho, va a depender de lo que imponga en este aspecto la Comunidad Autónoma correspondiente.

Soy beneficiario de varias pólizas, ¿cuánto voy a cobrar?

A la hora de contratar un seguro de vida se establecen las condiciones del mismo. Entre ellas, la cuantía económica a asegurar.

Por lo tanto, no todos los seguros de vida tendrán las mismas condiciones y lo que el beneficiario reciba de ellas va a depender de la cantidad que se hubiese asegurado. Dichas cantidades pueden ser muy diferentes entre las pólizas.

Además, hay que tener en cuenta que el seguro puede tener solo un beneficiario o varios. O que uno de esos seguros solo tenga un beneficiario, pero otro tenga a esta misma persona y a varias más. En ese segundo caso, la indemnización se dividiría entre todos los beneficiarios.

Como ves, se pueden cobrar varios seguros de vida y las ventajas de esta realidad son muchas. Entre ellas, la más importante es una mayor tranquilidad para el asegurado gracias a que sus beneficiarios cuentan con una mayor protección.

Pero, por supuesto, para alcanzar esa tranquilidad lo mejor siempre será hablar con un experto que pueda escuchar y analizar tu caso concreto para encontrar lo que mejor se adapte a ti y a tus circunstancias.

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